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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2001 (03/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

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Pág. 196739 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de enero de 2001 Artículo 2º.- Supeditar la expedición del Certifi- cado Fitosanitario mencionado en el artículo prece- dente, a la inspección y verificación del área de producción. Artículo 3º.- Establecer la vigencia de la presente Resolución Jefatural por un período de sesenta días calendario a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- El SENASA verificará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolu- ción, pudiendo solicitar el apoyo de la Policía Nacio- nal, Ministerio Público y demás Autoridades Civi- les y Políticas a efectos de hacer cumplir lo estable- cido. Artículo 5º.- El SENASA, procederá al comiso y destrucción de aquellos cargamentos de arroz que in- frinjan la presente norma legal. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 15313 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan cooperación técnica efectua- da por el Gobierno del Japón, destina- da a financiar parcialmente la prepara- ción del "Programa para la Reducción de la Violencia Familiar" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 328-2000-EF Lima, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Japón, a través del Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, otorgará al Gobier- no de la República del Perú una cooperación técnica no reembolsable hasta por US$ 400 000,00 (CUATRO- CIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar, parcialmente, la preparación del "Programa para la Reducción de la Violencia Familiar"; Que, resulta necesario aceptar la referida coopera- ción técnica no reembolsable, por cuanto constituye una valiosa contribución, así como autorizar la suscripción de la Carta Convenio correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 719 y el Decreto Nº 015-92-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la cooperación técnica no re- embolsable hasta por US$ 400 000,00 (CUATRO- CIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) que otorgará el Gobierno del Japón, a través del Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, al Gobierno de la República del Perú, destinada a financiar, parcialmen- te, la preparación del "Programa para la Reducción de la Violencia Familiar", dentro del marco de las condicio- nes establecidas en la Carta Convenio a ser suscrita. Artículo 2º.- Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien éste designe, a suscribir la Carta Convenio respectiva en representación de la República del Perú, así como al Director General de Crédito Públi- co del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir losdemás documentos que se requieran para implementar la cooperación técnica no reembolsable que se acepta por el artículo precedente. Artículo 3º.- El Organismo Ejecutor de la prepara- ción del "Programa para la Reducción de la Violencia Familiar" será el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarro- llo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 15367 Designan miembro del Directorio de la CONASEV RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2001-EF Lima, 2 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Em- presas y Valores - CONASEV, siendo necesario proce- der a la respectiva designación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y en el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 26126, Texto Único Con- cordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Raul Aza Derteano como miembro del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 15368 ENERGÍA Y MINAS Prorrogan suspensión de admisión de petitorios para concesiones mineras sobre el área correspondiente a la Hoja 29-R Santo Tomás, departamento de Apurímac DECRETO SUPREMO Nº 023-2000-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA