Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2001 (15/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de enero de 2001

Articulo Segundo.- Los equipos a que se refiere el articulo precedente, por un valor FOB de US$ 27,122.00 dolares americanos, segun Factura (Invoice) Nº 1251 y Factura (Invoice) Nº 1252, de Nautel Maine Inc., llegados al Peru por el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, segun Guia Aerea de MORDAZA Worldwide Nº BGR 586750456-6, con un peso total de 505.8 Kg, seran despachados por la Aduana Aerea del Callao. Articulo Tercero.- La Entidad beneficiaria Asociacion Radio MORDAZA con sede en MORDAZA, presentara a este Ministerio, MORDAZA del Acta de Recepcion de la donacion recibida, debiendo la Oficina General de Presupuesto y Planificacion en coordinacion con la Direccion General de Telecomunicaciones efectuar Inspecciones Tecnicas de verificacion del uso adecuado de la misma; conforme lo establece la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Contraloria General de la Republica, dentro del termino de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 16186

En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la organizacion de la Empresa de Transferencia de Fondos KYODAI ETF S.A., para lo cual se aprueba el proyecto de minuta de constitucion social y estatuto presentado para tal efecto por los organizadores, el que se devuelve debidamente autenticado con sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a escritura publica, debiendo insertarse en esta el Certificado de Autorizacion al que se refiere el tercer numeral de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Para la autorizacion de funcionamiento de la Empresa de Transferencia de Fondos KYODAI ETF S.A. en organizacion, debera realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitucion; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el Art. 11º de la Resolucion SBS Nº 600-98 y ademas, adecuarse a lo dispuesto por la Resolucion Nº 776-98 del 14 de agosto de 1998, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Publica de constitucion social; b) Acreditar el pago de su capital social minimo mediante aportes en efectivo; c) Implementar su estructura organica y remitir un ejemplar del Manual de Organizacion y Funciones de sus diversas areas; d) Remitir la relacion y curriculum vitae de sus directores y funcionarios; e) Remitir MORDAZA certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a cada uno de ellos, incluyendo la delegacion de facultades; f) Remitir informacion referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus oficinas; asi como la cobertura contra los riesgos principales de la actividad a realizar; g) Politicas y procedimientos generales de control interno y auditoria interna; h) Politicas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar; i) Descripcion de sistemas de informacion incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informaticos que la empresa considera implementar; j) Condiciones de seguridad, equipamiento de las oficinas y seguros; k) Cualquier otra informacion complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Articulo Tercero.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Organizacion, el mismo que debera ser publicado en el Diario Oficial, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 16216

SBS
Autorizan la organizacion de Empresa de Transferencia de Fondos KYODAI ETF S.A.
RESOLUCION SBS Nº 941-2000 MORDAZA, 28 de diciembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por los organizadores responsables de la Empresa de Transferencia de Fondos KYODAI ETF S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el organizador responsable ha cumplido con acompanar a su solicitud, el proyecto de minuta de constitucion social y estatuto, el estudio de factibilidad economicofinanciero que sustenta la creacion de la Empresa de Transferencia de Fondos KYODAI ETF S.A., el certificado de deposito de garantia, el curriculum vitae y declaracion jurada de cada uno de los organizadores y accionistas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y la Resolucion SBS Nº 600-98, de fecha 27 de junio de 1998; Que, luego de la publicacion de la solicitud de organizacion respectiva efectuada de conformidad con el Articulo 7º de la Resolucion SBS Nº 600-98, no se ha presentado objecion alguna respecto a la organizacion de la Empresa de Transferencia de Fondos - ETF KYODAI S.A., ni a sus organizadores y accionistas; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, la Gerencia de Estudios Economicos y por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº 597-2000-Leg., Memorandum Nº 038-2000-GEE e Informe Nº DESF "F" 203-2000/OT, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702;

CONASEV
Disponen inscribir modificacion del Reglamento de Participacion del fondo mutuo Wiese Renta Premium FMIV en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 092-2000-EF/94.11 MORDAZA, 30 de noviembre de 2000

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