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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2001 (02/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 205872 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de julio de 2001 cia durante dos (2) años, renovables, cuando existan razones técnicas o planes específicos que así lo jus- tifiquen; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1º.- Modifícase el texto del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-98-AG, por el siguiente: "Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 27 de mayo del año 2002, la reserva de agua, procedente de los ríos Huan- cabamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchu- ca, así como los afluentes de estos ríos, con excepción del río Paltic afluente del río Chotano, a favor del Proyecto Especial de "Irrigación e Hidroenergético Olmos", has- ta un volumen anual de 1,715 MMC." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Agricultura, de la Presidencia y de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de junio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 26301 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan donaciones efectuadas a fa- vor del Gobierno Peruano y diversasinstituciones y hospitales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 308-2001-EF Lima, 29 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) e instituciones extranjeras han efectuado donaciones, a favor de instituciones privadas sin fines de lucro; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano las donaciones efectuadas a favor de instituciones privadas sin fines de lucro, de acuerdo a las Resoluciones Directorales que a continuación se detallan:- Resolución Directoral Nº 129-99-SA/OFICE Donación efectuada por la Agencia para el Desarro- llo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor de la Asociación Benéfica PRISMA, consistente en 1 400 400 unidades de "Lo-Femenal, Blue Lady (LFMP) Orals" y 50 400 unidades de "Ovrette (OVRP) Orals", según Carta de Donación de fecha 24 de mayo de 1999 con un peso aproximado de 10 009 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº SEAU770285177 de Sea-Land Service, Inc. Donación destinada para las actividades del Programa Nacional de Planificación Familiar del Ministerio de Salud. - Resolución Directoral Nº 170-99-SA/OFICEDonación efectuada por Volunteers For Inter-Ameri- can Development Assistance (VIDA) de Emeryville, California, Estados Unidos de América, a favor de la Asociación VIDA PERU, consistente en sus suplemen- tos médicos y otros bienes, sin valor comercial, según Certificado de Donación de fecha 27 de agosto de 1999. Donación destinada, entre otras instituciones, al Cen- tro de Integración de Menores en Abandono "CIMA", Hogar San Camilo, Instituto de Salud del Niño y PEBAL. - Resolución Directoral Nº 191-99-SA/OFICEDonación efectuada por la Agencia para el Desarro- llo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor de la Asociación Benéfica PRISMA, consistente en 1 900 800 unidades de "Conceptrol Foaming (VFTP) Tablets" y 204 000 unidades de "Lo-Femenal (LFMP) Orals", según Carta de Donación de fecha 4 de octubre de 1999 con un peso aproximado de 5 247 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº SEAU770463607 de Sea-Land Service, Inc. Donación destinada en apoyo a las actividades del Programa Nacional de Planificación Familiar del Ministerio de Salud. - Resolución Directoral Nº 192-99-SA/OFICEDonación efectuada por la Agencia para el Desarro- llo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componente Norte a través del Instituto de Alta Calidad de Atención a la Salud - MAXSALUD, consistente en un regulador de intensidad para lámpa- ra cialítica, marca Genesis Nº 2100650 y otros bienes, con un valor aproximado de US$ 1 033,00 (Mil Treinta y Tres y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Certificado de Donación de fecha 29 de setiembre de 1999 y un peso aproximado de 63 kgs., según Guía Aérea Nº 03480392 de Circle International, Inc. Dona- ción destinada para el desarrollo de las actividades del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) componente Norte a través del Instituto de Alta Calidad de Atención a la Salud - MAXSALUD, benefi- ciando a la población de bajos recursos del departamen- to de Lambayeque. - Resolución Directoral Nº 204-99-SA/OFICEDonación efectuada por International Aid Inc. de Estados Unidos de América, a favor de la Asociación VIDA PERU, consistente en medicinas, equipos médicos y otros bienes, con un valor aproximado de US$ 1 000,00 (Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 6 de octubre de 1999. Donación destinada, entre otras instituciones, al Cen- tro de Integración de Menores en Abandono "CIMA", Hospital Nacional "Arzobispo Loayza", Instituto de Salud del Niño, Hospital Nacional "Daniel Alcides Ca- rrión", Hogar San Camilo, Hospital Nacional Dos de Mayo y PEBAL. - Resolución Directoral Nº 243-99-SA/OFICEDonación efectuada por Volunteers For Inter- American Development Assistance (VIDA) de Emeryville, California, Estados Unidos de América, a favor de la Asociación VIDA PERU, consistente en medicinas y otros bienes, sin valor comercial, según