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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de julio de 2001 AÑO XIX - Nº 7680 Pág. 205871REPUBLICADELPERU Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27493 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY DE SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL DE BIENES INMUEBLES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO Artículo único.- Objeto de la ley Hácese extensiva la Ley Nº 26512 a todos los organis- mos e instituciones del sector público. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los once días del mes de junio de dos mil uno. CARLOS FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Segundo Vicepresidente del Congresode la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de junio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 26300AGRICUL TURA Prorrogan reserva de agua proceden- te de los ríos Huancabamba, Tabaco-nas, Manchara, Chotano, Chunchuca y afluentes, a favor del Proyecto "Olmos" DECRETO SUPREMO Nº 039-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 057-88-AG, se prorro- gó por el período de dos (2) años a partir de 27 de mayo de 1988, la reserva de agua hasta un volumen anual de 2,050 millones de metros cúbicos (MMC) al Proyecto "Complejo Hidroenergético y de Irrigación Olmos", in- cluyéndose en la utilización de las aguas del río Huan- cabamba al Proyecto "Mejoramiento y Regulación de Riego del Alto Piura"; Que, por Decreto Supremo Nº 024-96-AG, se prorro- gó hasta el 27 de mayo de 1998 la reserva de agua hasta un volumen anual de 2,050 MMC, al Proyecto "Comple- jo Hidroenergético y de Irrigación Olmos", asignando hasta un volumen anual de 1,680 MMC. al Proyecto "Olmos", y hasta un volumen anual de 370 MMC al Proyecto Especial "Hidroenergético Alto Piura", de las aguas procedentes de la Cuenca Alta del río Huanca- bamba; Que, por Decreto Supremo Nº 012-98-AG, se prorro- gó hasta el 27 de mayo del año 2000, la reserva de agua procedente de los ríos Huancabamba, Tacabonas, Man- chara, Chotano y Chunchuca, así como los afluentes de estos ríos, a favor del Proyecto "Olmos", hasta un volumen anual de 1,715 MMC.; Que, mediante el numeral 1.1 del Artículo 1º de la Ley Nº 27111, se dispuso la transferencia de las funcio- nes de la Comisión de Promoción de Concesiones Priva- das - PROMCEPRI a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI; Que, por Decreto Supremo Nº 017-99-AG y la Ley Nº 27172, modifican la denominación del Proyecto Especial "Olmos" por la de "Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos"; Que, mediante Oficios Nºs. 513-2000-DE-COPRI y 782-2000-DE-COPRI, la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI solicita, la prorróga de la reserva de agua para el Proyecto Especial de "Irrigación e Hidroener- gético Olmos" hasta un volumen anual de 1,715 MMC de las aguas de los ríos Huancambamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchuca, así como los afluen- tes de estos ríos; Que, es necesario efectuar la prórroga de la reserva de agua, garantizando el recurso hídrico para las acti- vidades a ejecutarse posteriormente en el ámbito del referido Proyecto Especial; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 10º del Reglamento de los Títulos I, II y III de la Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, de 12 de diciembre de 1969, las reser- vas de agua que establezca el Estado tendrán vigen-