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Pág. 211280 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de octubre de 2001 diano plazo que lo integran, así como del programa de gira preparatoria; Que resulta necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Trabajo y Promoción Social, ingeniero Fernando Villarán de la Puente, a fin que asista en Misión Oficial a los eventos señalados en los consideran- dos precedentes; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y con lo dispuesto en el Decre- to Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el De- creto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión Oficial del señor Ministro de Trabajo y Promoción Social, ingeniero Fernando Villarán de la Puente, a las ciuda- des de Ottawa, Canadá, los días 16, 17, 18 y 19 de octubre de 2001, y Madrid, España, los días 20, 21, 22 y 23 de octubre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente resolución, serán cubiertos con recur- sos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 1,686.62 Viáticos :US$ 1,880.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduane- ros, cualquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 32741 ECONOMÍA Y FINANZAS Actualizan montos fijos vigentes aplica- bles a bienes sujetos al Sistema Especí- fico del Impuesto Selectivo al Consumo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 309-2001-EF/15 Lima, 10 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 026-2001- EF/15 se estableció la metodología y el procedimiento necesarios para la aplicación de los factores de actualización monetaria de los montos fijos del Siste- ma Específico del Impuesto Selectivo al Consumo; Que el Artículo 2º de la citada Resolución Ministe- rial establece que los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Específico, contenidos en el Nuevo Apéndice III y del literal B del Nuevo Apéndice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, se actualiza- rán trimestralmente; Que es conveniente actualizar los montos fijos vigen- tes del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo;De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15; SE RESUELVE: Artículo Único.- A partir de la fecha de publica- ción de la presente Resolución, los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplica- bles a los bienes sujetos al Sistema Específico, con- tenidos en el Nuevo Apéndice III y en el literal B del nuevo Apéndice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 055-99-EF, serán los señalados en los Anexos 1 y 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 NUEVO APENDICE III BIENES AFECTOS AL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO PARTIDAS PRODUCTOS MONTOS EN ARANCELARIAS NUEVOS SOLES 2701.11.00.00/ Hulla, incluso pulverizadas, pero S/. 11,46 2701.19.00.00 sin aglomerar por tonelada 2710.00.19.00 Gasolina para motores - Hasta 84 Octanos S/. 2,16 por Galón - Más de 84 hasta 90 Octanos S/. 2,83 por Galón - Más de 90 hasta 95 Octanos S/. 3,12 por Galón - Más de 95 Octanos S/. 3,43 por Galón 2710.00.41.00 Kerosene S/. 0,50 por Galón 2710.00.50.10/ Gasoils S/. 1,77 por Galón 2710.00.50.90 2711.11.00.00/ Gas de petróleo licuado S/. 0,23 por Kilogramo 2711.19.00.00 ANEXO 2 NUEVO APENDICE IV B.- PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACION DE MONTO FIJO: PARTIDA PRODUCTO MONTO EN ARANCELARIA NUEVOS SOLES 2203.00.00.00 Cervezas S/. 1,45 por litro 32721 Disponen contratación de asesora- miento legal para el proceso arbitral relativo al convenio de estabilidad jurí- dica suscrito entre CONITE y Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2001-EF/10 Lima, 15 de octubre del 2001 Vistos, los Informes Nºs. 060-2001-EF y 1072-2001- EF/60 de la Comisión Nacional de Inversiones y Tecnologías Extranjeras - CONITE y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, que sustentan la configuración del supuesto de servicios