Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2001 (16/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 16 de octubre de 2001

diano plazo que lo integran, asi como del programa de gira preparatoria; Que resulta necesario autorizar el viaje del senor Ministro de Trabajo y Promocion Social, ingeniero MORDAZA Villaran de la MORDAZA, a fin que asista en Mision Oficial a los eventos senalados en los considerandos precedentes; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Mision Oficial del senor Ministro de Trabajo y Promocion Social, ingeniero MORDAZA Villaran de la MORDAZA, a las ciudades de Ottawa, Canada, los dias 16, 17, 18 y 19 de octubre de 2001, y MORDAZA, Espana, los dias 20, 21, 22 y 23 de octubre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC : : : US$ 1,686.62 US$ 1,880.00 US$ 25.00

De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolucion Ministerial Nº 026-2001-EF/15; SE RESUELVE: Articulo Unico.- A partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Especifico, contenidos en el MORDAZA Apendice III y en el literal B del MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, seran los senalados en los Anexos 1 y 2. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas
ANEXO 1 MORDAZA APENDICE III BIENES AFECTOS AL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO PARTIDAS ARANCELARIAS 2701.11.00.00/ 2701.19.00.00 2710.00.19.00 PRODUCTOS MONTOS EN NUEVOS SOLES S/. 11,46 por tonelada

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuese su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 32741

Hulla, incluso pulverizadas, pero sin aglomerar Gasolina para motores - Hasta 84 Octanos - Mas de 84 hasta 90 Octanos - Mas de 90 hasta 95 Octanos - Mas de 95 Octanos Kerosene Gasoils

S/. 2,16 por Galon S/. 2,83 por Galon S/. 3,12 por Galon S/. 3,43 por Galon S/. 0,50 por Galon S/. 1,77 por Galon

2710.00.41.00 2710.00.50.10/ 2710.00.50.90

ECONOMIA Y FINANZAS
Actualizan montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Especifico del Impuesto Selectivo al Consumo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 309-2001-EF/15 MORDAZA, 10 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 026-2001EF/15 se establecio la metodologia y el procedimiento necesarios para la aplicacion de los factores de actualizacion monetaria de los montos fijos del Sistema Especifico del Impuesto Selectivo al Consumo; Que el Articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial establece que los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Especifico, contenidos en el MORDAZA Apendice III y del literal B del MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, se actualizaran trimestralmente; Que es conveniente actualizar los montos fijos vigentes del Sistema Especifico del Impuesto Selectivo al Consumo;

2711.11.00.00/ 2711.19.00.00

Gas de petroleo licuado

S/. 0,23 por Kilogramo

ANEXO 2 MORDAZA APENDICE IV B.- PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACION DE MONTO FIJO: PARTIDA ARANCELARIA 2203.00.00.00 Cervezas PRODUCTO MONTO EN NUEVOS SOLES S/. 1,45 por litro

32721

Disponen contratacion de asesoramiento legal para el MORDAZA arbitral relativo al convenio de estabilidad juridica suscrito entre CONITE y Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 310-2001-EF/10 MORDAZA, 15 de octubre del 2001 Vistos, los Informes Nºs. 060-2001-EF y 1072-2001EF/60 de la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de servicios

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