Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2001 (16/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 16 de octubre de 2001

Que, la DIVANDRO-III-RPNP-TRUJILLO, tiene bajo custodia: doscientos once kilogramos con ochocientos gramos (211,800 Kg.) de Acido Sulfurico, diez kilogramos con ochocientos gramos (10,800 Kg.) de Oxido de calcio, ciento veinticuatro kilogramos con setecientos gramos (124,700 Kg.) de Carbonato de sodio, ochocientos gramos (0,800 Kg.) de Kerosene, dos kilogramos (2,000 Kg.) de Hipoclorito de sodio, trescientos gramos (0,300 Kg.) del Acido Clorhidrico, un kilogramo con setecientos gramos (1,700 Kg.) de Anhidrido acetico, trescientos gramos (0,300 Kg.) de Cloruro de amonio, dos kilogramos (2,000 Kg.) de Amoniaco, cinco kilogramos (5,000 Kg.) de Permanganato de potasio, haciendo un total de trescientos cincuenta y nueve kilogramos con cuatrocientos gramos (359,400 Kg.) de insumos quimicos decomisados por trafico ilicito de drogas que se encuentran contaminados hidratados y/o contenidos en envases reciclados, representando un peligro para la salud e integridad del personal que labora en dicha dependencia policial; De conformidad, a lo establecido en los Articulos 66º y 79º Inc. d) del Decreto Ley Nº 22095 - Ley General de Drogas, Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25623 - Ley de Control y Fiscalizacion de Productos e Insumos Quimicos que directa o indirectamente se utilizan en la elaboracion de Pasta Basica de Cocaina y otros; y Articulo 44º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI de 28.MAY.93; y, Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas -OFECOD; y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar de baja trescientos cincuenta y nueve kilogramos con cuatrocientos gramos (359,400 Kg.) de insumos quimicos, que se detallan en la parte considerativa de la presente Resolucion, decomisados por trafico ilicito de drogas; que se encuentran inmovilizados y bajo custodia de la DIVANDRO-IIIRPNP- MORDAZA, procediendose a su Nautralizacion Quimica, Dilucion y/o Eliminacion, Destruccion e Inutilizacion de los envases que contienen los insumos quimicos fiscalizados. Articulo 2º.- En el Acto de Neutralizacion Quimica, Dilucion y/o Eliminacion, Destruccion e Inutilizacion de los envases que contienen los insumos quimicos fiscalizados, estaran presentes el representante del Ministerio Publico, de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), de la Policia Nacional del Peru, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Peritos Quimicos; quienes formularan el Acta respectiva, la que sera debidamente firmada por los representantes mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 32555 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1221-2001-IN/1101 MORDAZA, 10 de octubre del 2001 Visto, el Informe Tecnico Nº 001-2001-IN/1105 del 14.AGO.2001, de la Oficina de Drogas e Insumos Quimicos de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas OFECOD, en el que se recomienda la Neutralizacion, Dilucion y/o Eliminacion, Destruccion e Inutilizacion de los envases que contienen el insumo quimico fiscalizado que se encuentra inmovilizado y bajo custodia de la DIVANDRO-II-RPNP-CHICLAYO.

Que, la Division Antidrogas de la II-RPNP-CHICLAYO, tiene bajo custodia: diecisiete kilogramos con cien gramos (17,100 Kg.) de hidroxido de amonio (amoniaco), insumo quimico fiscalizado, entregado a la DIVANDRO-II-RPNP-CHICLAYO por la Empresa STANSA y puesto a disposicion de OFECOD por encontrarse no apto para el uso industrial, representando un peligro para la salud e integridad del personal que labora en dicha dependencia policial; De conformidad, a lo establecido en los Articulos 66º y 79º Inc. d) del Decreto Ley Nº 22095 - Ley General de Drogas, Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25623 - Ley de Control y Fiscalizacion de Productos e Insumos Quimicos que directa o indirectamente se utilizan en la elaboracion de Pasta Basica de Cocaina y otros; y Articulo 44º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI de 28.MAY.93; y, Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD; y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar de baja diecisiete kilogramos con cien gramos (17,100 Kg.) de hidroxido de amonio (amoniaco), insumo quimico fiscalizado que se encuentra inmovilizado y bajo custodia de la Division Antidrogas II-RPNP-CHICLAYO, procediendose a su Neutralizacion, Dilucion y/o Eliminacion, Destruccion e Inutilizacion de los envases que contienen el insumo quimico fiscalizado. Articulo 2º.- En el Acto de Neutralizacion, Dilucion y/o Eliminacion, Destruccion e Inutilizacion de los envases que contienen el insumo quimico fiscalizado, hidroxido de amonio (amoniaco) estaran presentes el representante del Ministerio Publico, de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), de la Policia Nacional del Peru, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Peritos Quimicos; quienes formularan el Acta respectiva, la que sera debidamente firmada por los representantes mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 32556

JUSTICIA
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio
DECRETO SUPREMO Nº 034-2001-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 004-2001-JUS, se constituyo la Comision de Conmutacion de la Pena, encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica, la concesion de dicha gracia; Que a traves de la Resolucion Suprema Nº 2342001-JUS se establecio la Comision Nacional de Estudio y Aplicacion del Derecho Internacional Humanitario, como organo consultivo de caracter multisectorial del Poder Ejecutivo, con la finalidad de elaborar estudios y formular recomendaciones que promuevan la observancia y desarrollo del Derecho Internacional

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