Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2001 (16/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 16 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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personalisimos previsto en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como la consiguiente exoneracion del Concurso Publico para la contratacion de los servicios profesionales del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA, la misma que debera ser realizada mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de agosto de 1994 la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras CONITE, en representacion del Estado Peruano, suscribio con la Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Sur S.A. (EDELSUR), cuya denominacion fue modificada por Luz del Sur S.A.A., un Convenio de Estabilidad Juridica al MORDAZA de los Decretos Legislativos Nºs. 662 y 757 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 162-92-EF; Que, actualmente CONITE en representacion del Estado Peruano y la Empresa Luz del Sur S.A.A. han sometido a un Tribunal Arbitral una controversia surgida respecto a la interpretacion, aplicacion y cumplimiento del Convenio de Estabilidad Juridica arriba citado; Que, es indispensable la contratacion de un profesional que brinde asesoramiento legal especializado al Estado Peruano, representado por CONITE, dentro del MORDAZA arbitral que se ha iniciado; Que, segun el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contra-

taciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que, los servicios personalisimos son los contratos de locacion se servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, de acuerdo de la evaluacion de las caracteristicas del locador, el doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA es un jurista altamente especializado, con amplia experiencia en el MORDAZA arbitral, siendo por tanto viable su contratacion como servicios personalisimos; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante Oficio Nº 1725-2001-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la mencionada contratacion; Que, asimismo, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM;

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO N° 014-2001-EF/76.01 A LOS GOBIERNOS LOCALES PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE APERTURA ANO FISCAL 2002
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, informa lo siguiente: 1. Mediante Resolucion Directoral N° 033-2001-EF/76.01 se aprobo la Directiva N° 009-2001EF/76.01 "Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2002", publicada en el Diario Oficial El Peruano -en separata especial- el dia martes 2 de octubre de 2001. A fin de complementar la informacion remitida a traves de los Oficios Circulares Nºs. 08 y 09-2001-EF/76.15; y, a efectos que las Municipalidades tomen conocimiento inmediato de los montos correspondientes al Fondo de Compensacion Municipal y al Canon Minero, a ser consignados en los Presupuestos Institucionales de Apertura del Ano Fiscal 2002 de cada Municipalidad del MORDAZA, dicha informacion se ha incorporado en la pagina Web del Ministerio de Economia y Finanzas, a la cual se tendra acceso ingresando a la siguiente direccion : http://www.mef.gob.pe (ruta : Presupuesto Publico ­ Gobiernos Locales ­ Montos a considerar en la Formulacion del Ano Fiscal 2002). MORDAZA, 15 de octubre de 2001

2.

MORDAZA SHACK YALTA Director General DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO
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