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Pág. 228935Pág. 228935Pág. 228935Pág. 228935Pág. 228935 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 26 de agosto de 2002 08.47 Fotocopia Simple en tamaño A -4 (cada uno) - Comprobante de pago 0.0001613 0.50 documentos institucionales de carácter informativo. 08.48 Fotocopia Autenticada tamaño A -4 (cada uno) - Comprobante de pago 0.003226 10.00 08.49 SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO: FÍSICO, QUÍMICO Requisitos para todos los (por muestra) servicios de análisis: - Adquisición de Carpeta de T rámite. 0.001129 3.50 a) Análisis de Pigmentos (escultura, pintura de Ca- - Comprobante de pago 0.017742 55.00 ballete, mural y otros)b) Análisis de base de prepar ación y medios agluti- 0.017742 55.00 nantes orgánicos e inorgánicos.c) Análisis e identificación de fibras (naturaleza tipo 0.017742 55.00 de torsión), incluye microfotografía. d) Análisis cualitativo de objetos metálicos. 0.017742 55.00 e) Petrografías; por muestra: ligantes, medios y carga. 0.015 45.00f) Microfotografía estratigráfica de policromías. 0.017742 55.00 g) Edafológico y químico de suelos. 0.064516 200.00 h) Análisis cualitativo y cuantitativo de arcillas. 0.01129 35.00i) Determinación de tipos de madera. 0.01129 35.00 j) De metales pesados por espectrometría de 0.014516 45.00 Absorción Atómica (por cada elemento)k) Conservación de elementos textiles 0.017742 55.00 l) Conservación de Osamentas. 0.011290 35.00 m) Determinación de deterioro de metales , madera y piedras 0.024194 75.00 n) Limpieza y Conservación de metales y objetos 0.011290 35.00 Cerámicos.(Previa evaluación de los bienes cultu-rales). Costo mínimoo) Determinación micrográfica para Peritaje Gr afo- 0.016129 50.00 técnico (por cada uno) p) Preparación de preservantes para madera. 0.01129 35.00 Nota: En todos lo casos indicados el costo anotado es el mínimo, pudiendo incrementarse los costos deacuerdo a la complejidad del proceso. 08.50 Uso de las áreas libres del Complejo Arqueoló- - Adquisición de Carpeta de 0.001129 3.50 gico de Sacsahuamán: (El uso es permitido Trámite excepcionalmente para eventos previamente - Las obligaciones y responsabilidades 16. 129032 50,000.00 autorizados, por día) serán fijadas por convenio. Requisitos y trámites ante el Instituto Nacional de Cultura para realizar tomas fotográficas y/o filmaciones en el Parque Arqueológico de Machupicchu ANEXO Nº 01-C Filmaciones y/o fotografías simples con fines culturales y/o comerciales Se considerarán filmaciones y/o fotografías simples con fines culturales y/o comerciales, a nivel nacional, aquellas que usen u na cámara con sus accesorios como equipo técnico y que no incluyan montajes escénicos. El costo de estas operaciones dependerá del uso parcial o total del área arqueológica, museo o lugar bajo responsabilidad del Instituto Nacional de Cultura. En este sentido el costo mínimo que establece la Guía de Servicios es de S/. 750.00 o su equivalente en dólares americanos por dos días, pudiéndose establecer tarifas distintas mediante convenio para tiempos prolongados, fijándose necesariamente las obligaciones y responsabilidades de ambas partes. En todos los casos de filmaciones y/o f otografías simples con fines culturales y/o comerciales, se podrán realizar en las áreas arqueológicas y/o museos, previa aprobación del arqueólogo y/o director responsable y la aplicación de los reglamentos pertinentes. Así mismo, el uso del flash y otros tipos de luces artificiales se permitirán sólo en las áreas y bajo condiciones que autoriz arán los arqueólogos y/o directores responsables. Requisitos considerados en la Guía de Servicios para las Filmaciones y/o Fotografías simples con fines culturales y/o comercial es: -Adquisición de carpeta de trámite con formato de solicitud, el costo es de S/ 3.50 o su equivalente en dólares americanos. -Según sea el caso, presentación del plan de trabajo, guión y los materiales a emplearse con detalle del tipo, peso, tamaño, etc . -Contrato en el que necesariamente se incluirán las responsabilidades y obligaciones de ambas partes. -Si el Instituto Nacional de Cultura lo creyere conveniente se solicitará una carta en que el recurrente asume toda la respons abilidad, comprobada, de daños y perjuicios durante el tiempo empleado en la toma fotográfica, gr abación o filmación, así como el de acatar todas las decisiones que tome el arqueólogo y/o director responsable. -Adicionalmente se deberá abonar la garantía que se determine de acuerdo al Informe Técnico correspondiente. -T odo trámite se deberá realizar en un plazo mínimo de cinco (5) días previa a la fecha requerida. -Comprobante de pago. Anexo Nº 02-C Filmaciones y/o fotografías escénicas con fines culturales y/o comerciales Se considerarán filmaciones y/o fotografías escénicas para cine y/o TV, tanto con fines culturales como comerciales, a nivel na cional, aquellas que contemplen despliegues de paneles de reflexión, luces, actores o modelos y otros elementos técnicos como el uso de globos aerostáticos, av ionetas, alas delta, helicópteros, etc., y que impliquen el uso exclusivo de un sector o de la totalidad del área arqueológica y/o museo, para los fines de la fil mación. El costo de estas operaciones escénicas dependerá del despliegue técnico a emplearse así como del uso parcial o total del área arqueológica, museo o lugar bajo responsabilidad del Instituto Nacional de Cultura.CÓDIGO DENOMINACIÓN DEL SER VICIO REQUISITOS TARIFA UIT. S/.