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Pág. 228949Pág. 228949Pág. 228949Pág. 228949Pág. 228949 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 26 de agosto de 2002 ANEXO Nº 01 Filmaciones y/o fotografías simples con fines culturales y/o comerciales Se considerarán filmaciones y/o fotografías simples con fines culturales y/o comerciales, a nivel nacional, aquellas que usen u na cámara con sus accesorios como equipo técnico y que no incluyan montajes escénicos. El costo de estas operaciones dependerá del uso parcial o total del área arqueológica, museo o lugar bajo responsabilidad del Instituto Nacional de Cultura. En este sentido el costo mínimo que establece la Guía de Servicios es de S/. 750.00 o su equivalente en dólares americanos por día, pudiéndose establecer tarifas distintas mediante convenio para tiempos prolongados, fijándose necesariamente las obligaciones y responsabilidades de ambas pa rtes. En todos los casos de filmaciones y/o f otografías simples con fines culturales y/o comerciales, se podrán realizar en las áreas arqueológicas y/o museos, previa aprobación del arqueólogo y/o director responsable y la aplicación de los reglamentos pertinentes. Así mismo, el uso del flash y otros tipos de luces artificiales se permitirán sólo en las áreas y bajo condiciones que autoriz arán los arqueólogos y/o directores responsables. Requisitos considerados en la Guía de Servicios para las Filmaciones y/o Fotografías simples con fines culturales y/o comercial es: - Adquisición de carpeta de trámite con formato de solicitud, el costo es de S/. 7.50 o su equivalente en dólares americanos. - Según sea el caso, presentación del plan de trabajo, guión y los materiales a emplearse con detalle del tipo, peso, tamaño, et c. - Contrato en el que necesariamente se incluirán las responsabilidades y obligaciones de ambas partes.- Si el Instituto Nacional de Cultura lo creyere conveniente se solicitará una carta en que el recurrente asume toda la respon sabilidad, comprobada, de daños y perjuicios durante el tiempo empleado en la toma fotográfica, gr abación o filmación, así como el de acatar todas las decisiones que tome el arqueólogo y/o director responsable. - Adicionalmente se deberá abonar la garantía que se determine de acuerdo al Informe Técnico correspondiente.- T odo trámite se deberá realizar en un plazo mínimo de diez (10) días previos a la fecha requerida.- Comprobante de pago. ANEXO Nº 02 Filmaciones y/o fotografías escénicas con fines culturales y/o comerciales Se considerarán filmaciones y/o fotografías escénicas para cine y/o TV, tanto con fines culturales como comerciales, a nivel na cional, aquellas que contemplen despliegues de paneles de reflexión, luces, actores o modelos y otros elementos técnicos como el uso de globos aerostáticos, av ionetas, alas delta, helicópteros, etc., y que impliquen el uso exclusivo de un sector o de la totalidad del área arqueológica y/o museo, para los fines de la fil mación. El costo de estas operaciones escénicas dependerá del despliegue técnico a emplearse así como del uso parcial o total del área arqueológica, museo o lugar bajo responsabilidad del Instituto Nacional de Cultura. En este sentido el costo mínimo que establece la Guía de Servicios es de S/. 3,500.00 o su equivalente en dólares americanos po r día, pudiéndose establecer tarifas distintas mediante convenio, para tiempos prolongados, fijándose necesariamente las obligaciones y responsabilidades de ambas partes. En todos los casos de las filmaciones y/o fotografías escénicas con fines culturales y/o comerciales, se podrán realizar en las áreas arqueológicas y/o museos previa aprobación del arqueólogo y/o director responsable y la aplicación de los reglamentos pertinentes. Así mismo, el uso del flash y otros tipos de luces artificiales se permitirán sólo en las áreas y bajo condiciones que autoriza rán los arqueólogos y/o directores responsables. Requisitos considerados en la Guía de Servicios para las Filmaciones y/o Fotografías escénicas con fines culturales y/o comerci ales: - Adquisición de carpeta de trámite con formato de solicitud, el costo es de S/.7.50 o su equivalente en dólares americanos. - Según sea el caso, presentación del plan de trabajo, guión y los materiales a emplearse con detalle del tipo, peso, tamaño, et c. - Contrato en el que necesariamente se incluirán las responsabilidades y obligaciones de ambas partes.- Si el Instituto Nacional de Cultura lo creyere conveniente se solicitará una carta en que el recurrente asume toda la respon sabilidad, comprobada, de daños y perjuicios durante el tiempo empleado en la toma fotográfica, gr abación o filmación, así como el de acatar todas las decisiones que tome el arqueólogo y/o director responsable. - Adicionalmente se deberá abonar la garantía que se determine de acuerdo al Informe Técnico correspondiente.- T odo trámite se deberá realizar en un plazo mínimo de quince (15) días previos a la fecha requerida.- Comprobante de pago. ANEXO Nº 03 Filmaciones y/o fotografías realizadas por personas consideradas como turistas Pueden filmar y/o realizar tomas fotográficas de características simples, sin costo alguno, en cualquier lugar que se encuentre bajo jurisdicción del Instituto Nacional de Cultura, debiéndose respetar las restricciones específicas. Igualmente son de libre disposición para estas operaciones las calles, plazas públicas, frontis, paisajes y otros ambientes con siderados de uso público. ANEXO Nº 04 Filmaciones y/o fotografías profesionales con fines de investigación, por pieza: Son aquellas tomas profesionales con fines de investigación, que se realizan a piezas específicas en áreas de exposición y depó sitos de museos del Instituto Nacional de Cultura a nivel nacional, siempre que sus reglamentos los permitan. Así mismo, el uso del flash y otros tipos de luces artificiales se permitirán sólo en las áreas y bajo condiciones que autoriz arán los directores y/o personal responsable. El costo por pieza a filmar y/o fotografiar es variable, aplicándose la tarifa que ha determinado cada museo.Requisitos considerados en la Guía de Servicios para las tomas fotográficas por pieza: - Adquisición de carpeta de trámite con formato de solicitud, el costo es de S/. 7.50 o su equivalente en dólares americanos. - Contrato.- Necesariamente se incluirá en el contrato las responsabilidades y obligaciones de ambas partes.- Acreditar la investigación.- Comprobante de pago.