Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2002 (27/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 27 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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CAPITULO I DIRECCION NACIONAL TECNICA DE DEMARCACION TERRITORIAL
Articulo 8º.- De la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial La Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros esta a cargo de un Jefe con rango de Director General, designado por el Presidente del Consejo de Ministros, mediante Resolucion Ministerial. Para el cumplimiento de sus funciones, el Jefe de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial cuenta con las siguientes Oficinas, cada una de las cuales esta a cargo de un Jefe: - Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales - Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica. Articulo 9º.- De las Funciones del Jefe de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial El Jefe de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial desempena las siguientes funciones: 9.1 Informar al Presidente del Consejo de Ministros, las propuestas de expedientes tecnicos en materia de demarcacion territorial que se generen, asi como los avances en el saneamiento de limites y organizacion del territorio nacional; 9.2 Proponer las iniciativas de oficio sobre temas de demarcacion territorial, asi como brindar asesoramiento respecto a las iniciativas generadas en temas de demarcacion territorial; 9.3 Elaborar la propuesta del Plan Nacional de Demarcacion Territorial; 9.4 Informar y/o proponer al Presidente del Consejo de Ministros lineamientos territoriales y normas tecnico ­ legales reglamentarias, en asuntos de demarcacion territorial; 9.5 Supervisar el cumplimiento de las diversas funciones de cada uno de los organos de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; 9.6 Supervisar el desarrollo del MORDAZA de demarcacion territorial, y la adecuada aplicacion de las normas e instrumentos tecnicos vigentes para el saneamiento de limites, asi como para la organizacion racional del territorio nacional; 9.7 Presentar, coordinar y participar en propuestas de caracter politico-territoriales relacionadas con la integracion nacional y el desarrollo de las circunscripciones politico-administrativas, a efectos de fortalecer los procesos de descentralizacion y regionalizacion; 9.8 Proponer Directivas para el mejor desempeno de sus funciones y para el cumplimiento del objetivo de la Ley Nº 27795; 9.9 Elevar al Presidente del Consejo de Ministros los proyectos de Ley que MORDAZA conformes y otorgar su respectiva conformidad tecnica a los proyectos de Ley que se expidan en cumplimiento de la normatividad vigente y concordantes con temas de demarcacion territorial; y, 9.10 Cumplir con las demas funciones que le asigne el Presidente del Consejo de Ministros.

11.4 Elaborar estudios especializados sobre asuntos vinculados a problematicas en materia de demarcacion territorial; 11.5 Formular y remitir a la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, los correspondientes informes tecnicos relacionados con los expedientes de demarcacion territorial; 11.6 Emitir opinion tecnica en asuntos de su competencia a solicitud de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; 11.7 Coordinar e informar permanentemente a la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial sobre el avance de las actividades programadas; 11.8 Asesorar, supervisar y verificar in situ, los procesos de conciliacion de limites territoriales en zonas de conflicto, por encargo del Jefe de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; 11.9 Orientar e informar a los interesados sobre el tratamiento de las acciones de demarcacion y la situacion de los expedientes tecnicos que se generen; 11.10 Organizar y programar las capacitaciones tecnicas, el asesoramiento tecnico-juridico y los eventos sobre demarcacion territorial; 11.11 Participar a solicitud de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial en las consultas vecinales y/ o populares que se realicen en materia de demarcacion territorial, atendiendo a la normatividad vigente al respecto; y, 11.12 Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial.

CAPITULO III OFICINA DE BASE DE DATOS Y SISTEMAS DE INFORMACION GEOGRAFICA
Articulo 12º.- De la Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica La Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica es un organo de apoyo de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial. Esta a cargo de un Jefe. Articulo 13º.- De las Funciones de la Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica La Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial tiene las funciones siguientes: 13.1 Administrar y actualizar la base de datos estadisticos y cartograficos, asi como de las principales variables fisicas y/o geograficas, referentes al contexto nacional; 13.2 Apoyar en el desarrollo e implementacion de modelos, metodos y tecnicas geograficas que sirvan de apoyo en la evaluacion y diseno de los mapas de zonificacion; 13.3 Mantenimiento y supervision del uso de los equipos y software asignados a la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; 13.4 Proponer lineamientos tecnicos sobre el tratamiento de informacion tematica y cartografica; 13.5 Emitir opinion respecto a los asuntos de su competencia a pedido de la Direccion Nacional Tecnica, asi como sobre los expedientes que se generen en relacion a lo establecido en la Ley Nº 27795; 13.6 Mantener actualizado el Archivo Nacional de Demarcacion Territorial; y, 13.7 Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial.

CAPITULO II OFICINA DE ASUNTOS TECNICOS, GEOGRAFICOS Y TERRITORIALES
Articulo 10º.- De la Oficina de Asuntos Tecnicos , Geograficos y Territoriales La Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales es el organo tecnico de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial. Esta a cargo de un Jefe. Articulo 11º.- De las Funciones de la Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales La Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial tiene las siguientes funciones: 11.1 Organizar y evaluar expedientes en materia de demarcacion territorial que se generen en relacion a lo establecido en la Ley Nº 27795, asi como emitir los respectivos informes tecnicos; 11.2 Orientar y verificar la adecuada aplicacion de los instrumentos tecnicos y normativos; 11.3 Realizar la verificacion y supervision in situ sobre acciones de demarcacion en el territorio nacional, a traves de comisiones con personal capacitado para cumplir con dicha labor;

DISPOSICION FINAL Unica.- La Presidencia del Consejo de Ministros adoptara las medidas que permitan adecuar progresivamente la organizacion aprobada mediante el presente Decreto Supremo, asegurando la continuidad de su funcionamiento teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal asignada para sus funciones.
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EconoAutorizan viaje del Ministro de Econo Finanzas mia y Finanzas para participar en el Foro Economico Peru- Suiza y en la Perueru-Suiza Conferencia Anual de Cooperacion para el Desarrollo
RESOLUCION SUPREMA Nº 375-2002-PCM
MORDAZA, 26 de agosto de 2002

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