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Pág. 228969Pág. 228969Pág. 228969Pág. 228969Pág. 228969 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, martes 27 de agosto de 2002 CAPÍTULO I DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL Artículo 8º.- De la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial La Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territo- rial de la Presidencia del Consejo de Ministros está a car- go de un Jefe con rango de Director General, designadopor el Presidente del Consejo de Ministros, mediante Re- solución Ministerial. Para el cumplimiento de sus funciones, el Jefe de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial cuenta con las siguientes Oficinas, cada una de las cualesestá a cargo de un Jefe: - Oficina de Asuntos Técnicos, Geográficos y Territo- riales - Oficina de Base de Datos y Sistemas de Información Geográfica. Artículo 9º.- De las Funciones del Jefe de la Direc- ción Nacional Técnica de Demarcación Territorial El Jefe de la Dirección Nacional Técnica de Demarca- ción Territorial desempeña las siguientes funciones: 9.1 Informar al Presidente del Consejo de Ministros, las propuestas de expedientes técnicos en materia de demarca- ción territorial que se generen, así como los avances en elsaneamiento de límites y organización del territorio nacional; 9.2 Proponer las iniciativas de oficio sobre temas de demarcación territorial, así como brindar asesoramiento respecto a las iniciativas generadas en temas de demar- cación territorial; 9.3 Elaborar la propuesta del Plan Nacional de Demar- cación Territorial; 9.4 Informar y/o proponer al Presidente del Consejo de Ministros lineamientos territoriales y normas técnico – lega- les reglamentarias, en asuntos de demarcación territorial; 9.5 Supervisar el cumplimiento de las diversas funcio- nes de cada uno de los órganos de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial; 9.6 Supervisar el desarrollo del proceso de demarcación territorial, y la adecuada aplicación de las normas e instru-mentos técnicos vigentes para el saneamiento de límites, así como para la organización racional del territorio nacional; 9.7 Presentar, coordinar y participar en propuestas de carácter político-territoriales relacionadas con la integra- ción nacional y el desarrollo de las circunscripciones polí-tico-administrativas, a efectos de fortalecer los procesos de descentralización y regionalización; 9.8 Proponer Directivas para el mejor desempeño de sus funciones y para el cumplimiento del objetivo de la Ley Nº 27795; 9.9 Elevar al Presidente del Consejo de Ministros los proyectos de Ley que sean conformes y otorgar su res- pectiva conformidad técnica a los proyectos de Ley que se expidan en cumplimiento de la normatividad vigente y con- cordantes con temas de demarcación territorial; y, 9.10 Cumplir con las demás funciones que le asigne el Presidente del Consejo de Ministros. CAPÍTULO II OFICINA DE ASUNTOS TÉCNICOS, GEOGRÁFICOS Y TERRITORIALES Artículo 10º.- De la Oficina de Asuntos Técnicos , Geográficos y Territoriales La Oficina de Asuntos Técnicos, Geográficos y Territo- riales es el órgano técnico de la Dirección Nacional Técni- ca de Demarcación Territorial. Está a cargo de un Jefe. Artículo 11º.- De las Funciones de la Oficina de Asuntos Técnicos, Geográficos y Territoriales La Oficina de Asuntos Técnicos, Geográficos y Territo- riales de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial tiene las siguientes funciones: 11.1 Organizar y evaluar expedientes en materia de de- marcación territorial que se generen en relación a lo esta-blecido en la Ley Nº 27795, así como emitir los respectivos informes técnicos; 11.2 Orientar y verificar la adecuada aplicación de los instrumentos técnicos y normativos; 11.3 Realizar la verificación y supervisión in situ sobre acciones de demarcación en el territorio nacional, a través de comisiones con personal capacitado para cumplir con dicha labor;11.4 Elaborar estudios especializados sobre asuntos vin- culados a problemáticas en materia de demarcación territorial; 11.5 Formular y remitir a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial, los correspondientes informes técnicos relacionados con los expedientes de demarcación territorial; 11.6 Emitir opinión técnica en asuntos de su compe- tencia a solicitud de la Dirección Nacional Técnica de De- marcación Territorial; 11.7 Coordinar e informar permanentemente a la Di- rección Nacional Técnica de Demarcación Territorial sobreel avance de las actividades programadas; 11.8 Asesorar, supervisar y verificar in situ, los proce- sos de conciliación de límites territoriales en zonas de con- flicto, por encargo del Jefe de la Dirección Nacional Técni- ca de Demarcación Territorial; 11.9 Orientar e informar a los interesados sobre el tra- tamiento de las acciones de demarcación y la situación de los expedientes técnicos que se generen; 11.10 Organizar y programar las capacitaciones técni- cas, el asesoramiento técnico-jurídico y los eventos sobredemarcación territorial; 11.11 Participar a solicitud de la Dirección Nacional Téc- nica de Demarcación Territorial en las consultas vecinales y/ o populares que se realicen en materia de demarcación terri- torial, atendiendo a la normatividad vigente al respecto; y, 11.12 Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial. CAPÍTULO III OFICINA DE BASE DE DATOS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA Artículo 12º.- De la Oficina de Base de Datos y Sis- temas de Información Geográfica La Oficina de Base de Datos y Sistemas de Información Geográfica es un órgano de apoyo de la Dirección NacionalTécnica de Demarcación Territorial. Está a cargo de un Jefe. Artículo 13º.- De las Funciones de la Oficina de Base de Datos y Sistemas de Información Geográfica La Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informa- ción Geográfica de la Dirección Nacional Técnica de De- marcación Territorial tiene las funciones siguientes: 13.1 Administrar y actualizar la base de datos estadís- ticos y cartográficos, así como de las principales variablesfísicas y/o geográficas, referentes al contexto nacional; 13.2 Apoyar en el desarrollo e implementación de mo- delos, métodos y técnicas geográficas que sirvan de apo- yo en la evaluación y diseño de los mapas de zonificación; 13.3 Mantenimiento y supervisión del uso de los equi- pos y software asignados a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial; 13.4 Proponer lineamientos técnicos sobre el tratamien- to de información temática y cartográfica; 13.5 Emitir opinión respecto a los asuntos de su com- petencia a pedido de la Dirección Nacional Técnica, así como sobre los expedientes que se generen en relación a lo establecido en la Ley Nº 27795; 13.6 Mantener actualizado el Archivo Nacional de De- marcación Territorial; y, 13.7 Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial. DISPOSICION FINAL Única.- La Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las medidas que permitan adecuar progresivamente la organi-zación aprobada mediante el presente Decreto Supremo, ase- gurando la continuidad de su funcionamiento teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal asignada para sus funciones. 15277 AAAAAutorizan viaje del Ministro de Econoutorizan viaje del Ministro de Econoutorizan viaje del Ministro de Econoutorizan viaje del Ministro de Econoutorizan viaje del Ministro de Econo ----- mía y Fmía y Fmía y Fmía y Fmía y F inanzas para participar en elinanzas para participar en elinanzas para participar en elinanzas para participar en elinanzas para participar en el FFFFForo Económico Poro Económico Poro Económico Poro Económico Poro Económico P erú-erú-erú-erú-erú-Suiza y en laSuiza y en laSuiza y en laSuiza y en laSuiza y en la Conferencia Anual de Cooperación paraConferencia Anual de Cooperación paraConferencia Anual de Cooperación paraConferencia Anual de Cooperación paraConferencia Anual de Cooperación para el Desarrolloel Desarrolloel Desarrolloel Desarrolloel Desarrollo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 375-2002-PCM Lima, 26 de agosto de 2002