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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (17/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 217529 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución ha sido designado para ser nombrado a los Estados Unidos de América, del 18 al 26 de febrero de 2002, a fin de seguir los cursos de Mante- nimiento, Armado y Desarmado de Motores Lycoming en el Pennsylvania College of Technology - Pennsylvania, si- tuación que permitirá elevar su nivel de conocimientos y el del personal Aerotécnico de las diferentes Unidades y De- pendencias FAP; Que, el Grupo Aéreo Nº 51 asumirá el costo de los cur- sos, requiriéndose financiar los gastos de pasajes y viáti- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM del 27 de abril de 2001 y Decreto Supremo Nº 053- 2001-PCM del 8 de mayo de 2001; y, Estando a lo informado por el Comandante de Personal FAP, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General FAP y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión de Estudios a los Es- tados Unidos de América, del 18 al 26 de febrero de 2002, al Personal Militar que a continuación se indica, quienes seguirán los cursos de Mantenimiento, Armado y Desar- mado de Motores Lycoming en el Pennsylvania College of Technology - Pennsylvania; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución: - Técnico de 2da. FAP CHUMPITAZ CÁRDENAS Gerardo Paúl - Suboficial de 1ra. FAP CAMPOS CASTILLA Johnny Félix Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé- rea queda facultado para variar la fecha de inicio y término del nombramiento, así como efectuar el reemplazo corres- pondiente dentro del plazo señalado. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue la presente Reso- lución por viáticos e impuesto de salida, ascendente a la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/ 100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,240.00), serán su- fragados por el Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 220.00 x 9 días x 2 Pers. =US$ 3,960.00 Dólares Gastos de Pasajes (Ida y Vuelta) US$ 1,115.00 x 2 Pers. =US$ 2,230.00 Dólares Impuesto de Salida US$ 25.00 x 2 Pers. =US$ 50.00 Dólares Gasto Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea del Perú =US$ 6,240.00 Dólares Artículo 4º.- El costo de los cursos será asumido por el Grupo Aéreo Nº 51. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 6º.- El referido personal tendrá la responsa- bilidad de rendir cuenta documentada de los gastos efec- tuados de conformidad a lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM de fecha 27 de abril de 2001. Artículo 7º.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 3315 AGRICULTURA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0128-2002-AG Mediante Oficio Nº 464-2002-AG-SEGMA el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Re-solución Ministerial Nº 0128-2002-AG publicada en nues- tra edición del día 12 de febrero de 2002, página 217191. En el Primer Considerando: DICE: (...) Se designó al Ing. Aldo Allan Costa Vega, DEBE DECIR: (...) Se designó al Ing. César Augusto Churango García En el Artículo 1 DICE: (...) la designación del Ing. Aldo Allan Acosta Vega DEBE DECIR: (...) la designación del Ing. César Augusto Churango Gar- cía 3327 Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Instituto Nacio- nal de Recursos Naturales - INRENA DECRETO SUPREMO Nº 013-2002-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura a través de sus órga- nos desconcentrados y proyectos especiales y sus orga- nismos públicos descentralizados presta servicios que califican como procedimientos administrativos y conforme lo establece el Artículo 30º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" cada entidad señala sus procedimientos administrativos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA siguiendo los cri- terios establecidos para su elaboración en la norma indi- cada; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" pre- cisa que las entidades deberán aprobar su TUPA confor- me a las normas de la presente Ley, en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la mis- ma; De conformidad con lo establecido en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM y el Artículo 38º de la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), según el Anexo que forma parte inte- grante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura