Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2002 (17/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS Solicitud dirigida al Jefe del INRENA, segun modelo. Expediente tecnico sustentatorio de establecimiento del Area de Conservacion Municipal y otros requisitos establecidos por el INRENA mediante Resolucion Jefatural sobre inscripcion en el Registro de Areas de Conservacion Municipal. Recibo de pago por derecho de tramite. Solicitud dirigida al Jefe del INRENA, segun modelo. Acreditar personeria juridica y representante legal. Poseer experiencia minima de cinco (5) anos en conservacion y manejo del ambiente en ambitos naturales, y otros requisitos establecidos por el INRENA mediante Resolucion Jefatural. Recibo de pago por derecho de tramite. Solicitud dirigida al Jefe del INRENA, segun modelo. Acreditar una unica representacion legal de los beneficiarios directos, la que debe tener como fin la administracion del conjunto de la Reserva Comunal. Plan de manejo de la Reserva Comunal, segun terminos de referencia. Solicitud dirigida al Jefe del INRENA, segun modelo. Plan de investigacion en idioma espanol, segun formato. Curriculum vitae del investigador responsable. Carta de MORDAZA de institucion u organizacion cientifica patrocinadora; para el caso de extranjeros, con verificacion consular. La institucion que respalda sera responsable por los compromisos adquiridos y estara sujeta a sancion por incumplimiento del investigador. Para el caso de extranjeros, incluir en el desarrollo de su investigacion la participacion de al menos un investigador peruano, adjuntando su respectiva carta de MORDAZA de la institucion cientifica a la que pertenece o de la universidad de procedencia. Contar con la opinion previa de especialistas de universidades nacionales a fin de determinar la importancia, pertinencia y factibilidad del Plan de investigacion (Para el caso de investigaciones antropologicas). Solicitar por escrito la conformidad de las Comunidades Nativas o Campesinas para la visita o permanencia de los investigadores (Para el caso de investigaciones antropologicas). Compromiso de entregar informe final completo, publicaciones, fotografias y otros, segun formato. Recibo de pago por derecho de tramite Solicitud dirigida al Jefe del INRENA, segun modelo. Plan de investigacion en idioma espanol, segun formato. Curriculum vitae del investigador responsable. Carta de MORDAZA de institucion u organizacion cientifica patrocinadora; para el caso de extranjeros, con verificacion consular. La institucion que respalda sera responsable por los compromisos adquiridos y estara sujeta a sancion por incumplimiento del investigador. Para el caso de extranjeros, incluir en el desarrollo de su investigacion la participacion de al menos un investigador peruano, adjuntando su respectiva carta de MORDAZA de la institucion cientifica a la que pertenece o de la universidad de procedencia. Compromiso de entregar informe final completo, publicaciones, fotografias y otros, segun formato. Recibo de pago por derecho de tramite Solicitud dirigida al Jefe del INRENA, segun modelo. Plan de investigacion en idioma espanol, segun formato. Curriculum vitae del investigador responsable. Carta de MORDAZA de institucion u organizacion cientifica patrocinadora; para el caso de extranjeros, con verificacion consular. La institucion que respalda sera responsable por los compromisos adquiridos y estara sujeta a sancion por incumplimiento del investigador. Para el caso de extranjeros, incluir en el desarrollo de su investigacion la participacion de al menos un investigador peruano, adjuntando su respectiva carta de MORDAZA de la institucion cientifica a la que pertenece o de la universidad de procedencia.

99 Registro de Areas de Conservacion Municipal. BASE LEGAL: Ley Nº26834, Art. 8º. (04/07/1997). D.S. Nº010-99-AG. (11/04/1999). D.S. Nº038-2001-AG, Art.5º, 41º, 78º, 79º, 80º y 81º. (26/06/2001). 100 Contrato de Administracion de Areas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) con personas juridicas sin fines de lucro, de derecho privado. BASE LEGAL: Ley Nº26834, Art. 8º. (04/07/1997). D.S. Nº038-2001-AG, Art. 117ºal 124º. (26/06/2001). 101 Contrato de Administracion de Reservas Comunales. BASE LEGAL: Ley Nº26834, Art. 8º. (04/07/1997). D.S. Nº038-2001-AG, Art. 9º, 56º, 117º y 125º. (26/06/2001). 102 Autorizacion de ingreso a un Area Natural Protegida por el Estado para realizar investigacion cientifica, por el periodo de hasta un (a) ano.

DERECHO DE TRAMITE 40% UIT

CALIFICACION EVALUACION AUTOM. POSIT. NEGAT. X

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Ventanilla Unica del INRENA

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE Director General de Areas Naturales Protegidas

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVO Director General de Areas Naturales Protegidas (Reconsideracion) Jefe del INRENA (Apelacion) Jefe del INRENA (Reconsideracion/Apelacion)

40% UIT

X

Ventanilla Unica del INRENA

Jefe del INRENA

Gratuito

X

Ventanilla Unica del INRENA

Jefe del INRENA

Jefe del INRENA (Reconsideracion/Apelacion)

10% UIT

X

Ventanilla Unica del INRENA

Director General de Areas Naturales Protegidas

BASE LEGAL: Ley Nº26834, Art. 29º. (04/07/1997). D.S. Nº038-2001-AG, Art. 163º, 165º, 167º y 169º. (26/06/2001).

Director General de Areas Naturales Protegidas (Reconsideracion) Jefe del INRENA (Apelacion)

NORMAS LEGALES

103 Autorizacion de ingreso a las Areas Naturales Protegidas por el Estado para realizar investigacion cientifica con colecta temporal in situ (para obtener datos biometricos, colocar transmisores o marcaje que no MORDAZA al ejemplar de fauna silvestre) de fauna y/o MORDAZA silvestres, por el periodo de hasta un (1) ano. BASE LEGAL: Ley Nº26834, Art. 29º. (04/07/1997). D.S. Nº038-2001-AG, Art. 163º, 165º y 167º. (26/06/2001).

10% UIT

X

Ventanilla Unica del INRENA

Director General de Areas Naturales Protegidas

Director General de Areas Naturales Protegidas (Reconsideracion) Jefe del INRENA (Apelacion)

MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2002

104 Autorizacion de ingreso a un Area Natural Protegida por el Estado para realizar investigacion cientifica con extraccion o colecta definitiva de fauna y/o MORDAZA silvestres no vedadas, por el periodo de hasta un (1) ano. BASE LEGAL: Ley Nº26834, Art. 29º. (04/07/1997). D.S. Nº038-2001-AG, Art. 163º, 165º y 167º. (26/06/2001).

25% UIT

X

Ventanilla Unica del INRENA

Director General de Areas Naturales Protegidas

Director General de Areas Naturales Protegidas (Reconsideracion) Jefe del INRENA (Apelacion)

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