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Pág. 218064 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de febrero de 2002 Artículo 4º.- La Secretaría General e Imagen Institu- cional ingresará la presente Resolución en el Archivo Ge- neral del INDECI, remitiendo copia fedateada a los intere- sados y a la Oficina de Asesoría Jurídica para su sistema- tización correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 3549 SUNARP Constituyen Comisión encargada de proponer proyectos normativos y medi- das para la aplicación de inscripción de contratos de Prenda Industrial regula- da en la Ley Nº 23407 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 061-2002-SUNARP/SN Lima, 18 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos tiene como objeto dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos, así como dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades de los órganos que la conforman; Que, al existir diversos criterios interpretativos en la calificación de los contratos de Prenda Industrial regulada por la Ley General de Industrias Nº 23407 y su alcance, es necesario dictar normas que unifiquen los criterios regis- trales en torno a la constitución de la citada garantía mobi- liaria; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ha considerado conveniente conformar una Co- misión a fin de poder adoptar acuerdos y/o efectuar coordi- naciones que permitan brindar un servicio adecuado y, de ser el caso, proponer las directivas y proyectos normativos que fueran necesarios para la mejor aplicación de dicha disposición; De conformidad con el literal v) del Artículo 7º del Esta- tuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04- 95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir una Comisión que se en- cargará de proponer, en un plazo de 30 días calendario a partir de su conformación, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, los proyectos normativos y de- más medidas que sean necesarias para la mejor aplica- ción de la inscripción de los contratos de Prenda Industrial regulada en la Ley Nº 23407. Artículo Segundo.- La Comisión, a la que se refiere el artículo precedente, estará integrada por: - El Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, quien la presidirá. - Un representante de la Sociedad Nacional de Indus- trias. - Un representante de la Asociación de Bancos del Perú - ASBANC. - El Gerente del Registro de Bienes Muebles de la Ofi- cina Registral de Lima y Callao. - Un abogado de la Gerencia Legal de la SUNARP. - El Registrador Público del Registro de Prendas de la Oficina Registral de Lima y Callao. Artículo Tercero.- La Comisión podrá invitar a represen- tantes de cualquier Oficina Registral en las reuniones de trabajo que sostenga, con fines de facilitar el logro de sus objetivos. Asimismo, podrá contar con los asesores espe- cializados que se requieran para el mejor cumplimiento de las labores encomendadas.Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 3529 SUNAT Designan auxiliar coactivo de la Inten- dencia Regional de Piura INTENDENCIA REGIONAL PIURA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 080-00-0000008 Piura, 11 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que es necesario designar a los Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Piura para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 27038 es- tablece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; Que la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado a los diferentes Intendentes Regiona- les de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Re- solución de Superintendencia y de conformidad con lo dis- puesto en el Artículo 23º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por la Resolución de Superintenden- cia Nº 041-98/SUNAT, modificado por la Resolución de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Piura, al trabajador que se indica a continuación: - Blanco Pancorbo Luis Eduardo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMERO ÁLVAREZ Intendente Intendencia Regional Piura 3659 C T A R Imponen sanción de destitución a ex servidora de Aldea Infantil Virgen de la Candelaria Puno CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL PUNO RESOLUCIÓN EJECUTIVA PRESIDENCIAL Nº 520-2001-PE-CT AR PUNO Puno, 4 de diciembre de 2001