Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2002 (22/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 226812 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de julio de 2002 Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PETT para el ejer- cicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 088-2002-AG-PETT-DE Lima, 9 de julio del 2002 VISTO: El Memorándum Nº 484-2002-AG-PETT-OA/Log del 28 de junio del presente año, emitido por la Directora de la Oficina de Administración; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Artículo 7º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que cada entidad elaborará y aprobará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se debe prever los bienes, servicios y obras que se adquirirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, el mismo, que pue- de ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas; Que mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 009- 2002-AG-PETT-DE del 18 de enero del año en curso, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, para el ejercicio fiscal 2002, habiendo sido el mismo modificado por Resoluciones Directorales Eje- cutivas Nºs. 043, 044, 063 y 072-2002-AG-PETT-DE del 21 de marzo las dos primeras, y 08 y 30 de mayo del 2002 respectivamente las últimas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 144-2001-EF del 14 de julio del 2001, se aprobó la operación de endeudamiento externo destinada a financiar el Progra- ma de Titulación y Registro de Tierras - Segunda Eta- pa, a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura, con la participación del Proyecto Especial Titulación de Tie- rras y Catastro Rural - PETT y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, en cali- dad de Organismos Subejecutores y con la participa- ción técnica del Instituto Nacional de Recursos Natura- les - INRENA y el Instituto Nacional de Cultura - INC; el cual dio mérito a la suscripción del Contrato de Prés- tamo Nº 1340/OC-PE; Que, mediante el Memorándum del visto, la Oficina de Administración solicita la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PETT, en méri- to al Informe Nº 116-2002-AG-PETT-Log, del 28 de ju- nio del 2002, que sustenta la necesidad de modificar el citado Plan en virtud a que es necesario llevar a cabo nuevos procesos de selección derivados de la ejecución del Contrato de Préstamo mencionado; así como modificar el proceso de selección para útiles de oficina y suministro de cómputo programado como Li- citación Pública el que deberá efectuarse como Adju- dicación Directa Pública, y adicionar el proceso de se- lección para adquisición de mobiliario de oficina, me- diante proceso de Adjudicación Directa Pública, para lo cual se adjunta el anexo con el detalle correspon- diente, el mismo que forma parte de la presente reso- lución; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM e inciso l) del Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 064-2000-AG, Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT; y con las visaciones de las Directoras de la Oficina de Administración y Asesoría Jurídica;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, para el ejercicio fiscal 2002, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 009- 2002-AG-PETT-DE del 18 de enero del año en curso, modificado mediante Resoluciones Directorales Ejecuti- vas Nºs. 043, 044, 063 y 072-2002-PETT-DE, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte integrante de la pre- sente resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones modificado, sea puesto en co- nocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comi- sión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, en el plazo de diez (10) días hábiles, de conformidad con el Artículo 7º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. Regístrese y comuníquese. EDUARDO F. MORÁN BACIGALUPO Director Ejecutivo Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural 12989 Declaran en situación de urgencia la contratación de servicios de suminis- tro de pasajes aéreos nacionales e internacionales para el SENASA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 146-2002-AG-SENASA Lima, 16 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 199-2002-AG-SENASA- OGA/DL del 28 de junio de 2002, la Dirección de Logísti- ca del SENASA solicita se declare en situación de ur- gencia el servicio de suministros de pasajes aéreos na- cionales e internacionales, al haberse declarado mediante Resolución Jefatural Nº 107-2002-AG-SENASA, nulo el acto de otorgamiento de buena pro a favor de la Empresa Delcy Viajes y Turismo S.R.L.; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, regula el caso de las exoneraciones de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa para la adquisición y/o contratación de bienes y servicios por la Entidad, estableciendo en su Artículo 19º inciso c) como una de las causales para ello, cuando se realicen en situación de urgencia declarada de conformidad con dicha ley; Que, la causal de exoneración por situación de ur- gencia se encuentra claramente definida por el Artículo 21º de la norma citada, estableciendo que se considera como tal cuando la ausencia extraordinaria e imprevisi- ble de determinado bien o servicio compromete en for- ma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la En- tidad tiene a su cargo; lo que faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad según sea necesa- rio para llevar a cabo el presente proceso de selección que corresponda; Que, asimismo el Artículo 108º numeral 2) del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM dispone que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción, que determina una acción rápida a fin