Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2002 (22/07/2002)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2002

Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PETT para el ejercicio fiscal 2002
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 088-2002-AG-PETT-DE MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 VISTO: El Memorandum Nº 484-2002-AG-PETT-OA/Log del 28 de junio del presente ano, emitido por la Directora de la Oficina de Administracion; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Articulo 7º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que cada entidad elaborara y aprobara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se debe prever los bienes, servicios y obras que se adquiriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, el mismo, que puede ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas propuestas; Que mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 0092002-AG-PETT-DE del 18 de enero del ano en curso, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, para el ejercicio fiscal 2002, habiendo sido el mismo modificado por Resoluciones Directorales Ejecutivas Nºs. 043, 044, 063 y 072-2002-AG-PETT-DE del 21 de marzo las dos primeras, y 08 y 30 de MORDAZA del 2002 respectivamente las ultimas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 144-2001-EF del 14 de MORDAZA del 2001, se aprobo la operacion de endeudamiento externo destinada a financiar el Programa de Titulacion y Registro de Tierras - MORDAZA Etapa, a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura, con la participacion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, en calidad de Organismos Subejecutores y con la participacion tecnica del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y el Instituto Nacional de Cultura - INC; el cual dio merito a la suscripcion del Contrato de Prestamo Nº 1340/OC-PE; Que, mediante el Memorandum del visto, la Oficina de Administracion solicita la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PETT, en merito al Informe Nº 116-2002-AG-PETT-Log, del 28 de junio del 2002, que sustenta la necesidad de modificar el citado Plan en virtud a que es necesario llevar a cabo nuevos procesos de seleccion derivados de la ejecucion del Contrato de Prestamo mencionado; asi como modificar el MORDAZA de seleccion para utiles de oficina y suministro de computo programado como Licitacion Publica el que debera efectuarse como Adjudicacion Directa Publica, y adicionar el MORDAZA de seleccion para adquisicion de mobiliario de oficina, mediante MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, para lo cual se adjunta el anexo con el detalle correspondiente, el mismo que forma parte de la presente resolucion; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 0132001-PCM e inciso l) del Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 064-2000-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT; y con las visaciones de las Directoras de la Oficina de Administracion y Asesoria Juridica;

Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, para el ejercicio fiscal 2002, aprobado por Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 0092002-AG-PETT-DE del 18 de enero del ano en curso, modificado mediante Resoluciones Directorales Ejecutivas Nºs. 043, 044, 063 y 072-2002-PETT-DE, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones modificado, sea puesto en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa PROMPYME, en el plazo de diez (10) dias habiles, de conformidad con el Articulo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese y comuniquese. MORDAZA F. MORDAZA BACIGALUPO Director Ejecutivo Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural 12989

Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicios de suministro de pasajes aereos nacionales e internacionales para el SENASA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 146-2002-AG-SENASA MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 199-2002-AG-SENASAOGA/DL del 28 de junio de 2002, la Direccion de Logistica del SENASA solicita se declare en situacion de urgencia el servicio de suministros de pasajes aereos nacionales e internacionales, al haberse declarado mediante Resolucion Jefatural Nº 107-2002-AG-SENASA, nulo el acto de otorgamiento de buena pro a favor de la Empresa Delcy Viajes y Turismo S.R.L.; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, regula el caso de las exoneraciones de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa para la adquisicion y/o contratacion de bienes y servicios por la Entidad, estableciendo en su Articulo 19º inciso c) como una de las causales para ello, cuando se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con dicha ley; Que, la causal de exoneracion por situacion de urgencia se encuentra claramente definida por el Articulo 21º de la MORDAZA citada, estableciendo que se considera como tal cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; lo que faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea necesario para llevar a cabo el presente MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el Articulo 108º numeral 2) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM dispone que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion, que determina una accion rapida a fin

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