Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2002 (22/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Nº DE ORDEN DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

NORMAS LEGALES
DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA DE PAGO AUTOEVALUACION DONDE SE INICIA (%UIT) MATICO POSIT. NEG. EL TRAMITE

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2002
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVO RECONSIDEAPELACION RACION

Independientes: Inversionista

Ademas de los consignados en los requisitos generales, presentaran: 5. MORDAZA fotostatica legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del certificado de retencion de rentas. 6. MORDAZA autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de las planillas del personal de la empresa de los ultimos tres meses anteriores a la fecha de MORDAZA del expediente donde se pueda verificar la existencia de los cinco (5) nuevos puestos de trabajo. 7. MORDAZA simple de la MORDAZA emitida por la SUNAT de encontrarse al dia en el pago de los tributos, pago del impuesto a la renta de 5ta. Categoria de sus trabajadores y sus aportes a EsSalud. * Les corresponde una prorroga hasta por un ano. * Para aquellos que obtuvieron la visa temporal como Independiente-Inversionista bajo el MORDAZA del MORDAZA anterior tendran que presentar carta de compromiso de crear cinco (5) puestos de trabajo, salvo que a la fecha ya hayan cumplido con este requisito. Ademas de los consignados en los requisitos generales, presentara: 5. Documento actualizado que acredite la percepcion de renta. * Les corresponde una prorroga hasta por un ano. Ademas de los consignados en los requisitos generales, presentara: 5. MORDAZA fotostatica legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del certificado de retencion de rentas o MORDAZA de pago a la SUNAT. * Les corresponde una prorroga hasta por un ano. Ademas de los consignados en los requisitos generales, presentara: 5. Documento actualizado que acredite la continuidad de la situacion por la cual obtuvo el llamado de familia. GENERALES: 1. Formulario F-007 2. Recibo de pago por derecho de tramite. 3. Comprobante de pago del Banco de la Nacion de la tasa por prorroga de residencia (US$ 50,00). Notas: * Se encuentran exoneradas de la tasa por prorroga de residencia las personas que se encuentran dentro de la clasificacion efectuada en el Articulo 3º del DS Nº 206-83-EFC. * En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Peru con otros Estados u organismos internacionales el pago de tasas, derechos de tramitacion u otras facilidades se sujetaran a lo dispuesto en los mismos. Ademas de los consignados en los requisitos generales, presentara: 4. MORDAZA fotostatica legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del contrato vigente aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con la excepcion de los casos comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 689, su Reglamento y el DS N°0232001-TR y MORDAZA simple de las tres (3) ultimas boletas de pago. Ademas de los consignados en los requisitos generales, presentara: 4 MORDAZA de la empresa donde presta servicios y carta de designacion emitida por la empresa extranjera, legalizada por el Consulado Peruano y Ministeterio de Relaciones Exteriores en caso de haber prorrogado su designacion. Si estuviera en idioma extranjero, debera ser traducida al castellano por traductor colegiado. Ademas de los consignados en los requisitos generales, presentara: 4. MORDAZA literal actualizada de la ficha re-

Rentista

Profesional

Llamado de Familia

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PRORROGA DE RESIDENCIA DS Nº206-83-EFC de 01JUN1983 D Leg N° 689 de 04NOV1991 D Leg Nº 703 de 05NOV1991 DS N°014-92-TR de 21DIC1992 RM Nº0829-95-IN de 04JUL1995 DS N°004-97-IN de 23MAY97 Art. 2° de Reglamento de Nacionalidad

Gratuito 0,77%

X 15 dias

Area de Tramite Documentario de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion o Jefaturas de Migraciones

Director de Inmigraciones o Subdirector de no Inmigrantes Residentes o Jefes de Migraciones

Director de Inmigraciones o Jefes de Migraciones

Director General de Migraciones y Naturalizacion

Trabajador

Trabajador de Empresa Extranjera (no domiciliada)

Independientes: Inversionista

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