TEXTO PAGINA: 66
Pág. 223712 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de mayo de 2002 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Reglamentan el procedimiento de verifi- cación físico-técnica de obras públicas a incorporarse al patrimonio municipal ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000007 Callao, 27 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 27 de marzo de 2002; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN FÍSICO - TÉCNICA DE LAS OBRAS PÚBLICAS A INCORPORAR AL PATRIMONIO MUNICIPAL I. ALCANCES La presente Ordenanza norma el nivel de verificación físico - técnica, del procedimiento de transferencia e in- corporación al patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao, de las obras públicas ejecutadas dentro de su jurisdicción por organismos públicos y entidades priva- das, indistintamente de su naturaleza jurídica. II. DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento que norma la presente Ordenanza se inicia desde la presentación del correspondiente expe- diente técnico a la Municipalidad. A tal efecto se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Previo a la ejecución de una obra pública, las enti- dades a que se alude en el ítem precedente, están obli- gadas a presentar para su revisión los respectivos expe- dientes técnicos a fin de obtener la autorización munici- pal de ejecución de obra. 2. Los expedientes técnicos que se presenten debe- rán aparejar la respectiva Resolución de aprobación de su entidad de origen. 3. El pago o exoneración de los derechos administrati- vos por concepto de autorización municipal de ejecución de obra, se regirán por las leyes de la materia. III. DOCUMENTOS REFERENTES A LA TRANS- FERENCIA Los documentos que se deberán adjuntar para el pro- ceso de transferencia de obras a la Municipalidad Pro- vincial del Callao serán los siguientes: 1. Ficha técnica de Evaluación y Transferencia. 2. Informe Integral de la Obra. 3. Acta de Verificación de la Obra. 4. Número de la Autorización Municipal o copia sim- ple de la misma. 5. Memoria Descriptiva Valorizada. 6. Planos de Replanteo (si el caso lo amerita). 7. Acta de Recepción de la Obra. 8. Resolución de Aprobación de Liquidación de Obra. 9. Acta de Transferencia de la Obra. 10. Asientos de Traspaso. 11. Ficha Informativa Financiera. 12. Si fuera el caso Declaratoria de Fábrica. IV. DE LA EVALUACIÓN FÍSICO-TÉCNICA La Dirección General de Desarrollo Urbano evaluará los expedientes de transferencia, remitiendo a la Direc- ción General de Administración aquéllos que cuenten con informe favorable.De existir alguna observación, se notificará al organis- mo o entidad para la correspondiente subsanación en un plazo no mayor a 15 días útiles. V. DE LA EVALUACIÓN CONTABLE La Dirección General de Administración a través de la Dirección de Contabilidad, realizará, con arreglo a la nor- matividad vigente sobre la materia, la evaluación conta- ble de las obras públicas que cuenten con informe favo- rable de la Dirección General de Desarrollo Urbano. Culminada la evaluación, de existir informe favorable de la Dirección de Contabilidad, la Dirección General de Administración elevará los expedientes a la Comisión de Transferencia de Obras Públicas e Incorporación al Patri- monio Municipal. VI. DE LA COMISIÓN DE TRANSFERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS E INCORPORACIÓN AL PA- TRIMONIO MUNICIPAL Al inicio de cada año, por Resolución de Alcaldía, se constituirá una Comisión a fin de formalizar, previo cum- plimiento de los niveles físico - técnico y contable, la trans- ferencia de las obras públicas materia de la presente Or- denanza y su correspondiente incorporación al patrimo- nio municipal. La Comisión estará integrada por los Directores Ge- nerales de Desarrollo Urbano, Asesoría Jurídica y Admi- nistración, quienes podrán designar a sus representantes ante la misma. La entidad que transfiere la obra designará un repre- sentante acreditado por Resolución de su titular. Corresponde al Director General de Desarrollo Urba- no o a quien lo represente, la Presidencia de la Comi- sión. VII. DE LA CULMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Con el acta de conformidad de transferencia suscrita por los integrantes de la Comisión, se expedirá la Reso- lución de Alcaldía que disponga la Transferencia de la Obra Pública y su incorporación al Patrimonio Municipal. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las entidades que se encuentren ejecutan- do obras públicas a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza, quedan obligadas a gestionar su correspon- diente autorización municipal de ejecución de obras pú- blicas de conformidad con lo establecido en el ítem II en un plazo de cinco días útiles. En caso de incumplimiento se procederá a disponer a través de la Dirección General de Desarrollo Urbano, la paralización de la obra. A tal efecto la Dirección General de Desarrollo Urba- no contará con el apoyo de la Dirección General de Pro- tección y Seguridad Ciudadana. Segunda.- Los procedimientos de transferencia que se encuentren en trámite y los pendientes de iniciar co- rrespondientes a ejercicios anteriores se adecuarán a lo previsto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 9424 Aprueban Ordenanza que regula el con- trol de la contaminación atmosférica producida por el parque automotor ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000009 Callao, 18 de abril de 2002