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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2002 (26/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

Pág. 223717 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de mayo de 2002 Que, con Informe Nº 014-92-UA-OA-MPS y Nº 012- 02-UA-OA-MPS, la Unidad de Abastecimientos indica que la exoneración del proceso de selección, resulta por su simplicidad más favorable y ventajosa en com- paración con los precios del mercado, precisando que PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERU oferta un pre- cio (incluido IGV) de S/. 3.2568 x galón y REPSOL YPF DEL PERÚ un precio de S/. 3.2568 (incluido IGV) x galón, el líquido asfáltico y S/. 4.0356 x galón (Incluido IGV), recomendándose la compra por exoneración del proceso de selección a PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERU; Que, el Art. 19º inciso a) del D.S. Nº 012-01-PCM tex- tualiza: "Están exonerados del proceso de Licitación Pú- blica, Concurso Público o Adjudicación Directa; las Ad- quisiciones o Contrataciones que se realicen entre enti- dades del Sector Público, de acuerdo a los criterios de economía según el Reglamento"; El Art. 20º del citado texto normativo prescribe: "Las Adquisiciones o Contrataciones a que se refiere el Art. 19º se realiza mediante un procedimiento de menor cuan- tía y serán aprobados mediante Acuerdo de Concejo Municipal en el caso de gobiernos locales; Que, asimismo el Art. 106º del D.S. Nº 013-2001-PCM prescribe: "Que la exoneración a que se refiere el Inc. a) del Art. 19º de la Ley, debe estar sustentada en un Infor- me Técnico y Económico elaborado por la entidad, que detalle y demuestre cuanto menos: a) Que, la adquisición o contratación resulta más fa- vorable y ventajosa en comparación en los precios del mercado. b) Que, en razón de costos de oportunidad, resulta más eficiente adquirir o contratar con otra entidad del Estado; y, c) Que, la adquisición o contratación resulta técnica- mente idónea y viable. Que, estando a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto en MAYORÍA de los señores Regidores; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Exonerar del Proceso de Selec- ción para la compra de 134,228 Glns. de Líquido Asfálti- co RC-250 y 9,501.72 Glns. de Kerosene Industrial, para la culminación de la Obra: Pavimentación de la Carretera Cambio Puente; y por tratarse de dos enti- dades del Estado conforme a lo estipulado por el Art. 19º inciso a) del D.S. Nº 012-01-PCM y Arts. 105º, 106º, 114º, 115º y 116º del D.S. Nº 013-01-PCM, en conse- cuencia autorícese la compra a PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERU. Artículo Segundo.- Autorícese al Comité Especial nombrado mediante Resolución de Alcaldía Nº 020-02- MPS, la adquisición de 134,228 Glns. de Líquido Asfálti- co y 9,501.72 Glns. de Kerosene Industrial por un valor referencial de S/. 3.7524 Nuevos Soles x galón y S/. 4.661 Nuevos Soles x galón, respectivamente, por un monto total de S/. 503,677.14 Nuevos Soles y S/. 44,287.516 Nuevos Soles, respectivamente; en consecuencia el pro- cedimiento a observar se ceñirá a lo prescrito en el Art. 105º del D.S. Nº 013-2002-PCM. Artículo Tercero.- Remítase copia de los Informes Técnicos y Legales a la Contraloría General de la Repú- blica para su conocimiento y fines. Artículo Cuarto.- Dispóngase la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, en el modo y forma de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JULIO C. VILLANUEVA FERRERO Alcalde 9435MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍO NEGRO Declaran en situación de urgencia la adquisición de leche evaporada para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-02-CM/MDRN Río Negro, 21 de mayo del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍO NEGRO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria Nº 012 de fecha 18 de mayo del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 071-2002- A/MDRN de fecha 26 de febrero del 2002, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Río Negro para el Año Fiscal 2002, el mismo que con- sidera la Adquisición de los Alimentos del Programa de Vaso de Leche en dos etapas, por la Modalidad de Adju- dicación Directa Pública; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 095-02-A/ MDRN de fecha 26 de marzo del 2002, se aprueba las Bases Administrativas de Referencia, para el proceso de selección y adquisición de alimentos del Programa del Vaso de Leche correspondiente al Primer Semestre del Año 2002 - Adjudicación Directa Pública Nº 001-2002- CE/MDRN; Que, el CONSUCODE mediante Oficio Nº 874-2002- (GTN/MON)-CONSUCODE, efectúa la Observación al Proceso de Selección, dando cuenta al Comité el incum- plimiento de los Artículos 85º y 86º del D.S. Nº 013-2001- PCM. Por lo que mediante Resolución de Alcaldía Nº 0106-2002-A/MDRN se Declara Nulo el Proceso de Ad- judicación Directa Nº 001-2002-CE/MDRN; Que, teniendo en cuenta las consideraciones observa- das por el CONSUCODE, el Comité realiza la Reprogra- mación del Calendario del Proceso de Selección, y con- forme a la normatividad efectúa la Segunda Convoca- toria del proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001- 2002-CE/MDRN; Que, mediante Informe Nº 015-2002-CE/MDRN de fe- cha 6 de mayo del 2002, el Comité Especial del progra- ma del Vaso de Leche, da cuenta sobre el resultado del Proceso de selección llevado acabo por segunda vez, siendo el detalle de la siguiente forma: - Ítem I (Leche Evaporada Tarro Mediano): Se Decla- ra Desierto por presentación de un (1) solo postor. - Ítem II (Habas Entera): Se Otorga la Buena Pro a la Empresa Proveedora Peruana de Inversiones. Que, mediante Oficio Nº 001-02-PVL, las delegadas beneficiarias del Comité de Administración del Vaso de Leche, muestran su preocupación por la demora de la Adquisición de los alimentos del Programa el mismo que viene ocasionando malestar y perjuicio a los beneficia- rios de este programa social, exigiendo su adquisición y distribución en el plazo más breve, puesto que los Comi- tés vienen siendo desatendidos desde el mes de enero del 2002; Que, conforme lo establecen los Arts. 19º, 20º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, están exoneradas de los procesos de licitación o concur- so público, aquellas adquisiciones que se realicen en Si- tuación de Urgencia, cuando la ausencia imprevisible de determinado bien, comprometa en forma e inminente la