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Pág. 223716 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de mayo de 2002 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban disposiciones complementa- rias a la Ordenanza Nº 06-95-MPC y declaran como de tratamiento estratégi- co la zona denominada Pampas de Concón ORDENANZA Nº 026-2002-MPC Cañete, 20 de mayo del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; POR CUANTO: El Concejo Provincial en Sesión Extraordinaria de fe- cha 17 de mayo del 2002 acordó aprobar la siguiente: ORDENANZA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú declara en su Artículo 43º que el Gobierno de la República es unitario, representativo y descentralizado y se organiza según la separación de sus poderes; Que, de acuerdo al Artículo 194º de la Constitución, las Municipalidades tienen autonomía política, económi- ca y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por mandato del Artículo 195º incisos 2) y 6) de la Constitución, las Municipalidades son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circuns- cripciones, así como para ejecutar los planes y progra- mas correspondientes; Que, las Ordenanzas Municipales constituyen verda- dera Ley Municipal dentro de su espacio territorial y en el ámbito de sus competencias son de obligatorio cumpli- miento por la ciudadanía y reconocimiento por todas las autoridades, no pudiendo ser desacatado, ni interferido su cumplimiento y exigibilidad; Que, la Municipalidad Provincial de Cañete dentro del marco que le asigna el Ordenamiento Jurídico Nacional, y en perfecta concordancia y armonía con la política Na- cional, Reactivadora, Descentralista y Promotora del De- sarrollo, propuesta por el Supremo Gobierno, en abierta frontalidad contra los grandes problemas nacionales, como son la extrema pobreza y la falta de empleo; ha elaborado los instrumentos normativos técnicos que cau- telan y garantizan el desarrollo integral de la provincia, siendo conveniente retroalimentarlos permanentemente, renovando su vigencia y utilidad, precisamente para im- pulsar, facilitar y favorecer el crecimiento económico de la provincia; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 043-95-MPC, adoptado en Sesión Ordinaria del 6 de junio de 1995 se aprobó el Plan de Acondicionamiento Territorial de la pro- vincia de Cañete, el Reglamento de Zonificación de Usos de Suelo y el Plano de Zonificación de Usos de Suelo al año 2010, expidiéndose en la misma fecha la Ordenanza Nº 06-95-MPC, la misma que constituye el instrumento legal que objetiviza la aplicación formal de la propuesta técnico normativa dispuesta en el citado Acuerdo, publi- cándose esta última en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27 de julio de 1995; Que, mediante Ordenanza Nº 025-2002 de fecha 10 de mayo del 2002 el Concejo Provincial de Cañete apro- bó el Plan Estratégico de Desarrollo de la provincia de Cañete; Que, requiriéndose complementar y actualizar los ci- tados instrumentos técnicos normativos, adecuándolos y compatibilizándolos con el recientemente aprobado PlanIntegral de Desarrollo de la provincia de Cañete, se dis- puso aprobar la siguiente: ORDENANZA COMPLEMENTARIA Y DE ACTUALIZACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 06-95-MPC Artículo 1º.- Incorporar dentro del Capítulo I - Nor- mas Generales, numeral 3 la clasificación siguiente: Z.T.E. Zona de Tratamiento Estratégico. Artículo 2º.- Incorporar dentro del CAPÍTULO II ZO- NIFICACIÓN GENERAL, la definición de la siguiente cla- sificación: 5.- ZONA DE TRATAMIENTO ESTRATÉGICO.- Todas las áreas que constituyen un recurso de importancia tras- cendental para el desarrollo que garanticen y favorezcan el crecimiento económico y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, mediante el aprovechamiento más racional, sustentable y sostenible de los Recursos Naturales y la Actuación decidida y concertada de los diferentes agentes socioeconómicos, integrados en una alianza estratégica cuyo objetivo común es el desarrollo integral de la provincia. Artículo 3º.- Declarar zona de Tratamiento Estratégi- co la zona denominada Pampas de Concón que se ubica en el distrito de San Vicente, al sur de la provincia de Cañete hasta el límite con la provincia de Chincha (Río Seco Topará), del departamento de Ica. Asimismo las áreas antes clasificadas como UNP (Uso No Programa- do) y UA (Uso Agrícola) contemplada en la Ordenanza Nº 06-95-MPC. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME WONG BARRANCA Alcalde 9436 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA Exoneran de proceso de selección la ad- quisición de kerosene industrial para la culminación de obras de pavimenta- ción de la carretera Cambio Puente ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2002-MPS Chimbote, 20 de mayo del 2002 Que, en Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 17 de mayo del 2002, el Concejo Provincial del Santa trató sobre la Adquisición de Líquido Asfáltico y Kerose- ne Industrial para la Obra: Pavimentación Carretera Cam- bio Puente; Que, con Informe Nº 040-02-DO-MPS del 15 de fe- brero del 2002 y Memorándum Nº 406-02-DO-MPS, el Director de Obras Públicas Ing. Francisco H. Rodríguez Torres, indica que en fecha 28 de diciembre del 2001 se aprobó con Resolución de Alcaldía Nº 875-2001-MPS, el Presupuesto y Expediente Técnico de la Obra: "Pavimen- tación Carretera Cambio Puente" y que siendo el objeto principal de dicha Obra la Pavimentación flexible de la carretera que une la ciudad de Chimbote con la localidad de Cambio Puente, con una longitud de 5,699.50 Ml y con un área de 61,984.65 m2; para lo cual se necesita la cantidad de 134,228 Glns. de Líquido Asfáltico RC-250 y 9,501.72 Glns. de Kerosene Industrial y así cumplir con todas las metas físicas proyectadas según Expediente Técnico;