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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (03/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 232590 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de noviembre de 2002 Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Pedro Vil- ca Apaza RESOLUCIÓN Nº 723-2002-JNE Exp. Nº 488-2002-VAC Lima, 29 de octubre de 2002 VISTO: El escrito remitido por Antonio Ticona Carcasi, Alcalde del Concejo Distrital de Pedro Vilca Apaza, provincia de San An- tonio de Putina, departamento de Puno, comunicando la de- claración de vacancia de Justino Quispe Maldonado, quien desempeñaba el cargo de Regidor del citado Municipio; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Pedro Vilca Apaza en se- sión ordinaria del 1 de junio del 2002, con voto conforme de 5 de sus miembros, de un total de 6 integrantes, declaró la vacancia del cargo de Regidor que ejercía Justino Quis- pe Maldonado, por cambio de domicilio fuera de la jurisdic- ción de la Municipalidad, conforme aparece a fojas 2 y 3; Que de autos se aprecia los certificados expedidos por el Juez de Paz de Única Nominación del distrito de Pedro Vilca Apaza, corre a fojas 15, y del Teniente Gobernador del Cerca- do de Ayrampuni capital del distrito de Pedro Vilca Apaza, co- rre a fojas 16, mediante los cuales se acredita el cambio de domicilio del señor Justino Quispe Maldonado fuera de la cir- cunscripción del distrito de Pedro Vilca Apaza, radicando en el distrito de San Juan del Oro, provincia de Sandia, desde el primero de abril del 2002 al haber sido nombrado docente en dicho distrito: asimismo, el referido Regidor remitió al Alcalde una carta de fecha 20 de mayo del año en curso, mediante la cual manifiesta que no podrá seguir laborando en el Municipio de Pedro Vilca Apaza, conforme consta a fojas 14. Por tanto, se ha probado que Justino Quispe Maldonado, Regidor del ci- tado Concejo, ha incurrido en la causal de vacancia por cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad, tal como lo establece el numeral 4) del artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2) del artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de Regidores son reemplazados por lo suplentes de sus respectivas listas, y revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial San An- tonio de Putina, corresponde asumir el cargo de Regidor a Mi- guel Maldonado Curro, candidato no proclamado de la organi- zación política "Somos Perú"; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Miguel Maldonado Cu- rro, para que asuma el cargo de Regidor de la Municipalidad Distrital de Pedro Vilca Apaza, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, para completar el perío- do de gobierno municipal 1999-2002, a quien se le otorga- rá la correspondiente credencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 19372ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Establecen disposiciones para la aplica- ción de las preferencias arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Comple- mentación Económica Nº 39 suscrito con Brasil CIRCULAR Nº INTA-CR.75-2002 Callao, 29 de octubre de 2002 Señor Intendente de Aduana Presente.- Asunto :Prórroga de aplicación de las preferencias arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 39 sus- crito con Brasil. Ref. :Procedimiento INTA.PE.01.12 Versión 1 De conformidad con el Decreto Supremo Nº 008-2002- MINCETUR y el Facsímil Nº 229-2002-MINCETUR/VMCE/ DNINCI, sobre la puesta en aplicación del Octavo Protoco- lo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complemen- tación Económica Nº 39 y sus Protocolos Adicionales, sus- crito con Brasil; y estando a la delegación de funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia de Adua- nas Nº 1323 del 16-Dic-99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguien- te: 1. Aplíquese a partir del 1 de octubre y hasta el 30 de noviembre de 2002 las preferencias pactadas en el Acuer- do de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 39 y sus Protocolos Adicionales, bajo el TPI 339. 2. Por lo tanto, procede según corresponda, la de- volución de las fianzas que se hayan presentado con- forme a lo señalado en la Circular Interna Nº INTA-CR- 73-2002 del 15-Oct-2002 o la devolución de los dere- chos liberables cancelados en aplicación de las prefe- rencias arancelarias anteriormente citadas, siempre y cuando las mercancías cumplan con las condiciones establecidas para una importación, se encuentren negociadas, y sean originarias y procedentes de conformidad con lo establecido en el Régimen de Ori- gen del AAP-CE Nº 39. Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 19225 ESSALUD Aprueban inclusión y exclusión de di- versos procesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes correspondiente al año 2002 RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE LOGÍSTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 00892-GCLI-ESSALUD-2002 Lima, 23 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entró en vigencia el Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-