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Pág. 232771 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de noviembre de 2002 Autorizan viaje del Ministro de Relacio- nes Exteriores a Corea para participar en la Segunda Conferencia Ministerial sobre Comunidad de Democracias RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 495-2002-PCM Lima, 7 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que la Segunda Conferencia Ministerial sobre Comuni- dad de Democracias denominada "Democracia: invirtien- do por la paz y prosperidad" se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea, del 10 al 12 de noviembre de 2002; Que es importante la participación del Perú en la men- cionada conferencia ya que se discutirán medidas concre- tas para la protección de la democracia y para la coopera- ción a nivel regional y global en este ámbito; Teniendo en cuenta lo expuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 5324, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Secretario General, de 26 de julio de 2002; De conformidad con el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; la Ley Nº 27619, de 21 de diciembre del 2001 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002, que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto de Urgencia Nº 030- 2002, de 20 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores Embajador Allan Wagner Tizón, para participar en la Segunda Conferencia Ministerial sobre Comunidad de Democracias denominada "invirtiendo por la paz y prosperidad", que se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea, del 10 al 12 de noviembre de 2002. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución por concepto de pasa- jes US$ 6,462.26, viáticos US$ 1,300.00 y tarifa de uso de aeropuerto US$ 25,00, serán cubiertos por el Pliego Pre- supuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debien- do rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19730 Encargan el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 496-2002-PCM Lima, 7 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Allan Wagner Tizón, se ausentará del país del 9 al 13 de noviembre de 2002 para participar en la Segunda Confe- rencia Ministerial sobre Comunidad de Democracias de- nominada "invirtiendo por la paz y prosperidad", que sellevará a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despa- cho del Ministro de Relaciones Exteriores en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Minis- tros, doctor Luis Solari de la Fuente, mientras dure la au- sencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19731 DEFENSA Aprueban contratación de especialistas para trabajos de reparación en avión del Ejército, mediante proceso de adjudica- ción de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1690-DE/EP Lima, 30 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 484 AE/G-4/OAC de fecha 21 de oc- tubre del 2002, de la Comandancia General de la Aviación del Ejército solicitando la contratación de 4 especialistas de la Empresa ROSTVERTOL, a fin de recuperar el Heli- cóptero MI-26T, EP-705 declarado en PANNE en la Región INUYA - UCAYALI. CONSIDERANDO: Que, el Helicóptero MI-26T, EP-705 de la Aviación del Ejército que se encuentra inoperativo en la Región de INU- YA - UCAYALI, al haberse detectado partículas metálicas en el interior de la CTP VR-26 (Caja de transmisión princi- pal); Que, del Informe Nº 018 /AE/CEMAE, del 18 de octu- bre del 2002, del Centro de Mantenimiento Aeronáutico del Ejército (CEMAE) se desprende que a fin de recuperar el Helicóptero MI-26T, EP - 705, es necesario contar con la asesoría técnica de personal especialista de la Empresa ROSTVERTOL, fabricante de dicha aeronave; Que, con Hoja Recomendación Nº 016-2002/SMGE- DPTO MANTO, del 24.Oct.02, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprueba la contratación de cuatro (4) especialistas de la empresa ROSTVERTOL para que ejecuten los trabajos de reparación de la caja de transmisión principal del helicóptero MI-26T EP-705, recomendando que la misma se efectúe bajo los alcances de un proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, de conformidad con lo previsto por el inciso "h" del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y concordado con los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, están exonerados de los procesos de licitación pública, concurso público o adjudicación directa, según sea el caso, las contratacio- nes de servicios personalísimos, procediendo su contrata- ción mediante adjudicación de menor cuantía conforme a lo establecido por el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 111º del Reglamento antes señalado modificado por los Decretos Supremos Nºs. 071 y 128- 2001-PCM, establece las condiciones que deben reunir las contrataciones de servicios personalísimos, señalando que éstos se celebran con personas naturales o jurídicas cuan-