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Pág. 234178 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de noviembre de 2002 Nº Código Descripción Estilo Valorización 34 TTA-491(2)/INC-98, 1254 Vasija escultórica fitomorfa Chimú $ 6 35 MF-236B/R/INC-98, 1005 Cántaro esferoidal c/diseños zoomorfos Chimú $ 6 36 D/R-MG-02/INC-99, CORPAC Nº 1537 Botella de cuerpo ovoidal invertido Chimú $ 6 37 D/R-R-01/INC-99, CORPAC Nº 1525 Botella de cuerpo esferoidal y cara gollete Chimú $ 6 38 MVM-354/D/R-INC-98, 1112 Cántaro escultórico antropomorfo Chimú $ 6 39 D/R-ICC/INC-99, CORPAC Nº 1414 Botella de cuerpo esferoidal achatada Chimú $ 6 40 MAM-401/D/R-INC-98, 1160 Botella de cuerpo ovoidal Chimú -Inca $ 6 41 D/R CORPAC 1798/INC-2000 Escultura antropomorfa “Cuchimilco” Chancay $ 8 RÉPLICAS DE PINTURA COLONIAL : (6) Nº Código Título/Objeto Estilo Valorización 1. s/n Arcángel con trompeta $ 15.00 2. s/n Virgen de la Candelaria $ 15.00 3. s/n Virgen de la Leche $ 15.00 4. s/n Sagrada Familia $ 25.00 5. s/n Santiago Matamoros $ 25.00 6. s/n Doble Trinidad $ 25.00 21093 subestación compacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 7666, ubica- da en la Manzana "N" del Sector Leoncio Prado, en la parte adyacente a la esquina conformada por el pa- saje Junín y calle Ucayali, en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, a favor de Luz del Sur S.A.A. con carácter permanen- te, de acuerdo a la documentación técnica y los pla- nos proporcionados por la empresa, conforme al si- guiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre Servidumbre terreno 31135102 Subestación de Distribución Suelo: 7,92 Propiedad Urbano Eléctrica Nº 7666 m2 y aires del Estado (subterránea) (vía Ubicación: distrito de San pública) Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 658 337,1804 287 015,3769 B 8 658 335,9835 287 014,0325 C 8 658 339,2697 287 011,1067 D 8 658 340,4667 287 012,4511 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, que- dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afecta- da por la servidumbre o sobre ella se ejecute cual- quier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 20925ENERGÍA Y MINAS Imponen servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de subestación compacta subterránea de distribución del servicio público de electricidad a favor de Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 510-2002-EM/DM Lima, 6 de noviembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 31135102 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposición de la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación compacta subterrá- nea de distribución para Servicio Público de Electri- cidad Nº 7666; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocu- pación de bienes públicos para la instalación de la sub- estación compacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 7666, ubicada en la Manzana "N" del Sector Leoncio Prado, en la parte ad- yacente a la esquina conformada por el pasaje Junín y calle Ucayali, en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 110º y siguientes del Decre- to Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 093-2002-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la servidumbre de ocu- pación de bienes públicos para la instalación de la