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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (19/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 231615 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de octubre de 2002 causante; copia certificada expedida por la municipalidad respectiva, máximo 3 meses de antigüedad. En caso de ser hijo adoptivo: 1. Resolución que declare haberse realizado la adopción por el causante; copia certificada expedida por el funcionario correspondiente. 2. Partida de nacimiento con la anotación correspondiente, que se haya dispuesto la adopción del causante; copia expedida por la municipalidad respectiva, máximo 3 meses de antigüedad. En caso de ser hijo incapacitado: Para el caso de que el solicitante sea curador: 1. Adjuntar documento que lo acredite como tal. 2. Partida de nacimiento del hijo incapacitado, copia certificada expedida por la municipalidad respectiva, máximo: 3 meses de antigüedad. 3. Resolución Judicial que declare la incapacidad, copia certificada expedida por el juzgado correspondiente. 4. Resolución Judicial que declare consentida la Resolución de incapacidad, copia certificada expedida por el Juzgado respectivo. En caso de ser hija soltera mayor de edad 1. Partida de nacimiento de la hija soltera mayor de edad, copia certificada expedida por la municipalidad respectiva, máximo: 3 meses de antigüedad. 2. Declaración Jurada de la recurrente indicando si permanece como soltera, si ha formado hogar fuera del matrimonio, si tiene actividad lucrativa, si carece de renta afecta y si se encuentra amparada en algún sistema de seguridad social. 3. Constancia de no inscripción de la hija soltera mayor de edad en el registro de asegurados del seguro social de ESSALUD, expedida por la oficina de registro y cuentas individual Nacional de Empleados y Asegurados (ORCINEA) 07 Solicitud dePensión de Sobrevivientes 1. Solicitud del recurrente o su representante legal, Gratuito Gratuito x Secretaría General Secretario General Recurso de Reconsideración es Ascendientes (D. Ley 20530) dirigida a Secretaría General, requiriendo Pensión de (30 días) (Mesa de Partes) resuelto por el Director General de Orfandad, indicando su dirección domiciliaria. Administración 2. Copia simple legible del documento de identidad Recurso de Apelación es resuelto vigente del solicitante. por el Director Nacional 3. Legajo personal del causante, original o copia fedateada por el funcionario competente de la entidad. 4. Acta de defunción del causante original o copia fedateada por el funcionario competente de la entidad. 5. Partida de Nacimiento del causante, copia certificada expedida por la Municipalidad correspondiente. 6. Declaración Jurada del recurrente indicando si ha dependido económicamente del causante a su fallecimiento si carece de renta afecta, si tiene ingresos superiores al monto de la pensión; además de declarar si conoce la existencia de titulares con derecho a pensión de viudez o de orfandad. Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD COMPETENTE PARA de ( * ) Nuevos %AutomáticoPositivo NegativoDONDE SE INICIA QUE APRUEBA RESOLVER LOS RECURSOS Orden Soles de UIT (**) EL TRÁMITE EL TRÁMITE IMPUGNATIVOS