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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 230703 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de setiembre de 2002 Visto el Oficio P.200-1998 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 17 setiembre 2002; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo informado en el documento del visto, se ha determinado que es conveniente nombrar en Comisión del Servicio al Capitán de Fragata Eric Wences SALAZAR Rodríguez, Capitán de Fragata Adolfo Eduar- do TIRADO Paredes y Capitán de Corbeta SGC. Luis Pedro ABAD Gutiérrez, para que viajen a la ciudad de Arica - Chile, a fin que participen en la Ejecución del Ejer- cicio de Búsqueda y Rescate "RESKATAMUY III", a rea- lizarse del 16 al 18 octubre 2002, por cuanto los conoci- mientos y experiencias a adquirir en dicha Reunión, redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, den- tro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 junio 2002, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgen- cia Nº 033-2002 y la Resolución Suprema Nº 141 DE/ SG, de fecha 24 julio 2002, regulan los viajes al exte- rior; Estando a lo propuesto por el Director de Adminis- tración de Personal, a lo recomendado por el Director General del Personal de la Marina y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio al Capitán de Fragata Eric Wences SALAZAR Rodríguez, CIP. 00803261, Capitán de Fragata Adolfo Eduardo TI- RADO Paredes, CIP. 04837265 y Capitán de Corbeta SGC Luis Pedro ABAD Gutiérrez, CIP. 06834565, para que viajen a la ciudad de Arica - Chile, a partir del 15 al 18 octubre 2002, a fin que participen en la Ejecución del Ejercicio de Búsqueda y Rescate "RESKATAMUY III". Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Re- solución, serán sufragados por el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, a través de la Dirección Ge- neral de Capitanías y Guardacostas, de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes: Lima - Arica (Chile) - Lima US$ 210.64 Viáticos: US$ 200.00 x 4 días x 3 Oficiales Superiores Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- Los citados Oficiales Superiores, debe- rán cumplir con lo señalado en los Artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002.Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17270 EDUCACIÓN Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Cultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2002-ED Lima, 27 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 027-2001-ED se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura - INC; Que de acuerdo al considerando anterior, resulta ne- cesario adecuar al marco legal la estructura orgánica y operatividad funcional del Instituto Nacional de Cultura - INC, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para dicha entidad; Que, en este sentido, mediante el artículo 3º del De- creto Supremo Nº 027-2001-ED se autoriza al INC a for- mular su Cuadro de Asignación de Personal - CAP, dis- poniéndose que su aprobación se realice por Resolución Suprema; Que el artículo 31º de la Ley Nº 27573, Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, orde- na que los Cuadros para Asignación de Personal - CAP, se aprueban mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Le- gislativo Nº 560; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Instituto Nacional de Cultura - INC, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolu- ción Suprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación