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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 230718 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de setiembre de 2002 Que el artículo 68º de la Convención Americana so- bre Derechos Humanos, aprobada por Decreto Ley Nº 22231. del 11 de julio de 1978, precisa que los Es- tados Partes en la Convención se comprometen a cum- plir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes; Que en el numeral 2) del mismo artículo se prevé que la parte del fallo que disponga indemnización compensa- toria se podrá ejecutar en el respectivo país por el proce- dimiento interno vigente para la ejecución de sentencias contra el Estado; Que el artículo 55º de la Constitución Política del Es- tado, señala que los Tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional; Que como resultado de los sucesos de Barrios Altos y Banco de la Nación, existen deudos que son niños en edad escolar a quienes el Ministerio de Educación brin- dará apoyo económico; Que el apoyo económico a que se refiere el considerando constituye una donación; Que el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 804 establece que la donación de bienes entre entidades del Sector Público y de éstas al Sector no Público se autorizará mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector al que corresponda la enti- dad donante; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Legislativo Nº 804 y los Decre- tos Supremos Nº 051-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Educación con cargo al presupuesto 2002, la donación en favor de los deudos de los casos especiales Barrios Altos y Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 36,949.00 (Treinti- séis Mil Novecientos Cuarentinueve y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- Los beneficiarios de la presente dona- ción son mencionados en el anexo adjunto, que forma parte del presente dispositivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación ANEXO CASOS ESPECIALES MONTO 1 BARRIOS ALTOS 17,303 2 BANCO DE LA NACIÓN 19,646 TOTAL 36,949 17361 ENERGÍA Y MINAS Declaran improcedente imposición de sanción a funcionaria procesada por pre- sunta comisión de actos de nepotismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 434-2002-EM/DM Lima, 25 de setiembre de 2002 Visto el Acta Nº 14-2002-CEPAD, de fecha 29 de agosto de 2002, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios referida a la evaluación de la responsabilidad administrativa de la funcionaria Esther Agreda Díaz, mediante la que se aprueba el Informe Final;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 281-2002- EM/DM, de fecha 10 de junio de 2002, se constituyó la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios destinada a evaluar la responsabilidad adminis- trativa de la funcionaria Esther Agreda Díaz; Que, por Resolución Ministerial Nº 320-2002-EM/ DM, de fecha 18 de julio de 2002, se instauró proceso administrativo disciplinario a la funcionaria Esther Agre- da Díaz, porque habría incurrido en la realización de actos de nepotismo, tipificados en la Ley Nº 26771 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM; Que, con fecha 19 de julio de 2002, de conformidad con el artículo 26º del Reglamento del Proceso Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, se notificó a la señora Esther Agreda Díaz de la resolución antes mencionada, con el propósito de que efectúe sus descargos respectivos; Que, con escrito de fecha 26 de julio de 2002, la pro- cesada realizó su descargo escrito, que corre a fojas 106, el mismo que complementa mediante escrito de fecha 2 de agosto de 2002, que corre a fojas 197; Que, con fecha 26 de agosto de 2002, el Dr. Julio César Puntriano Suárez, abogado de la procesada, presentó su Informe Oral, a las 18.00 p.m.; Que, de acuerdo con el Informe Final Nº 01-2002- CEPAD emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios si bien es cierto existen indicios de la comisión de actos de nepotismo, sin em- bargo no existe prueba indubitable que demuestre la in- jerencia de la señora Esther Agreda Díaz en la contra- tación del señor Carlos Alfredo Gómez Díaz como Asis- tente Administrativo para el Programa de Ahorro de Ener- gía (PAE) y del señor Ricardo Agreda Díaz como Técnico Almacenero de la Dirección Ejecutiva de Proyectos; por lo tanto no corresponde sancionar a la señora Esther Agreda Díaz por actos de nepotismo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento del Proceso Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Resolu- ción Ministerial Nº 242-2002-EM/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la improcedencia de imposi- ción de sanción a la funcionaria Esther Agreda Díaz, por la realización de actos de nepotismo por la contra- tación del señor Carlos Alfredo Gómez Díaz como Asis- tente Administrativo para el Programa de Ahorro de Energía (PAE) y del señor Ricardo Agreda Díaz como Técnico Almacenero de la Dirección Ejecutiva de Pro- yectos. Artículo 2º.- Notificar en el plazo de tres (3) días úti- les, contados desde el día siguiente a la expedición de la presente Resolución, a la funcionaria indicada en el artí- culo precedente. Artículo 3º.- Archivar el presente expediente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 17272 Inician proceso disciplinario a miem- bros del CAFAE-MEM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 442-2002-EM/DM Lima, 27 de setiembre de 2002 Visto el Informe Interno Nº 07-2002-EM/IG - "Preci- sión de sanciones que deberían ser aplicables, a las per- sonas que han incurrido en diversas faltas de carácter disciplinario y/o actos de nepotismo", de fecha 14 de fe- brero de 2002, emitido por la Oficina de Inspectoría Ge- neral;