Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2003 (19/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes : US$ - Viaticos : US$ - Tarifa CORPAC : US$ 1 381,02 1 820,00 28,00

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, seran asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje : US$ - Viaticos : US$ - Tarifa CORPAC : US$ 801,87 530,24 28,00

Articulo 3º.- El mencionado funcionario, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar a la institucion un informe detallado de las actividades realizadas y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 07608

Articulo 3º.- Dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el funcionario designado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, debera presentar a la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje, asi como la rendicion de cuentas documentada por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion alguna o liberacion de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI a Mexico para participar en evento sobre propiedad intelectual y reunion de coordinacion MORDAZA previa a la Reunion del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 124-2003-PCM MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2003 Vista la Carta Nº 152-2003/GEG-INDECOPI del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, del 20 al 23 de MORDAZA de 2003 en la MORDAZA de Puebla, Mexico, se llevara a cabo la XIX Reunion del Grupo de Negociacion sobre Propiedad Intelectual del MORDAZA organizada por la Secretaria del Area de Libre Comercio de las Americas (ALCA) y la Reunion de Coordinacion MORDAZA previa a la Reunion del ALCA; Que, la XIX Reunion del Grupo de Negociacion sobre Propiedad Intelectual constituye la primera ronda de sesiones, correspondiente a la tercera fase del MORDAZA de negociacion; Que, en la Reunion de Coordinacion MORDAZA previa a la Reunion del MORDAZA, se efectuaran las coordinaciones correspondientes entre los representantes y expertos de los cinco paises miembros, a fin de enfrentar el MORDAZA de negociacion de la mejor manera y dentro del MORDAZA de integracion de los paises andinos; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI es la autoridad encargada de velar por el respeto y proteccion de la propiedad intelectual en el Peru; Que, en tal sentido es conveniente autorizar la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz-Najar, Presidente de la Sala de Propiedad Intelectual del INDECOPI, en su condicion de vocero de la Comunidad MORDAZA en el MORDAZA de negociacion que se ha venido llevando a cabo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25868, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27789 y el Decreto Supremo Nº 0832002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNOZ-NAJAR, Presidente de la Sala de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI, a la MORDAZA de Puebla, Mexico, del 20 al 24 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 07606

DEFENSA
Autorizan ingreso a territorio de la republica de personal militar de EE.UU. para realizar muestreo de agua y aire en las ciudades de Pucallpa e Iquitos
RESOLUCION SUPREMA Nº 127-DE/SG MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Oficio Nº 150/MAAG-ent del 14.marzo.2003, el MORDAZA USA Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, informa al Secretario General del Ministerio de Defensa la llegada al Peru del Capitan USA MORDAZA G. MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 19 al 26 de MORDAZA del presente ano, a fin de realizar un muestreo de agua y aire en la ciudades de Pucallpa e Iquitos, por lo que es necesario se expida la autorizacion correspondiente, a fin de autorizar su ingreso; De conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del Capitan USA MORDAZA G. MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 19 al 26 de MORDAZA del 2003, para realizar un muestreo de agua y aire en la ciudades de Pucallpa e Iquitos. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del Contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856.

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