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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (19/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 242923 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de abril de 2003 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán cubiertos con fon- dos provenientes del Convenio BID Nº 1196/OC-PE, hasta por un monto de US$ 3 375,40 Dólares America-nos y los que éste no cubra serán asumidos por el fun- cionario. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 07605 MINCETUR Autorizan viaje de funcionario de PROMPEX para participar en la XX Feria Internacional a realizarse en Bo- livia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2003-MINCETUR/DM Lima, 15 de abril de 2003Visto el Oficio Nº 103-2003-PROMPEX/GG del Gerente General de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión para la Promoción de Exportacio- nes - PROMPEX ha programado la participación del Perúen la XX FERIA INTERNACIONAL, a realizarse en la ciudad de Cochabamba - Bolivia, del 24 de abril al 4 de mayo del 2003; Que, es pertinente designar a un representante de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM- PEX, para que asista al mencionado evento, con la fina-lidad de realizar las coordinaciones técnicas previas con el Agregado Comercial de la Embajada del Perú en La Paz, para la identificación de potenciales importadoresbolivianos, realizar el apoyo logístico necesario para consolidar la presencia de empresas peruanas en la feria y rueda de negocios en Cochabamba, con el obje-tivo de posicionar y difundir los productos peruanos en dicho mercado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 27790; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oswaldo Carlos García Jeri, Asistente de la Gerencia dePromoción de Mercados del Sector Manufacturas Diversas, de la Comisión para la Promoción de Expor- taciones - PROMPEX, a la ciudad de Cochabamba,Bolivia, del 20 al 30 de abril del 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupues- to del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Expor-taciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servi-cio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promo- ción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente deta- lle: - Viáticos : US$ 2,000.00 - Pasajes : US$ 438.62 - Tarifa CORPAC : US$ 28.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calen- dario siguientes a la realización del viaje, el repre- sentante de PROMPEX, autorizado mediante Artícu-lo 1º de la presente resolución, presentará al Titular de la entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07596 JUSTICIA Confieren carÆcter de Edición Oficial a textos legales de obra "Comentarios a la Ley del Procedimiento Adminis- trativo General - AnÆlisis de LeyN” 27444" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2003-JUS Lima, 15 de abril de 2003 Vistos, los documentos de fechas 20 de setiembre, 15 de octubre de 2002 y 10 de febrero de 2003, del Director de Comunicaciones e Informática Jurídica del Colegio de Abogados de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, se solicita se confiera carácter de Edición Oficial a la obra titulada "Comentarios a la Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral - Análisis de la Ley Nº 27444"; Que, el solicitante ha dejado expresa constancia del cumplimiento de los requisitos establecidos en elnumeral 13 sobre "Oficialización de Ediciones elabo- radas por Terceros", de la Directiva Nº 002-2001- JUS/VM, cuya verificación ha sido efectuada por laDirección de Difusión Legislativa según el Oficio Nº 042-2003-DNAJ-DDL, en el que opina por la proce- dencia de dicho pedido; Que, el citado numeral ha establecido como uno de los requisitos, el pago de un derecho que deberá ser aprobado en el Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos - TUPA del Ministerio de Justicia; Que, el TUPA del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2001-JUS, no ha incluido elprocedimiento señalado en el considerando precedente y, por ende, el pago de derecho alguno; Que, las entidades de la Administración Pública sola- mente exigirán a los administrados el cumplimiento del pago de derechos de tramitación establecidos en el Tex- to Único de Procedimientos Administrativos respectivo; Que, la no inclusión del Procedimiento de "Oficializa- ción de Ediciones elaboradas por Terceros" en el TUPA del Ministerio de Justicia, no impide el cumplimiento delas funciones que la ley le asigna; Que, es función del Ministerio de Justicia, entre otras, sistematizar la legislación e información jurídica de ca-rácter general y promover su estudio y difusión, así como ejecutar o coordinar su Edición Oficial; Que, el carácter oficial de una publicación solamente está referido a la parte que contiene los textos legales, no así respecto de los comentarios, opiniones y agrega- dos que tuviera a bien incluir el autor o editor, los que sonde su entera y exclusiva responsabilidad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica delSector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612; numerales 36.1 y 36.2, del artículo 36º y numeral 5, del artículo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley delProcedimiento Administrativo General; inciso i) del artículo 84º e inciso a) del artículo 93º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado porDecreto Supremo Nº 019-2001-JUS; y numeral 13 de la Directiva Nº 002-2001-JUS/VM, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 364-2001-JUS;