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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (20/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 242972 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de abril de 2003 Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 07507 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 142-2003-MTC/03 Lima, 9 de abril del 2003 VISTA, la solicitud formulada por don JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA, para que se le otorgue autoriza- ción para establecer una estación del servicio de radiodi-fusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la presta-ción del servicio de radiodifusión se requiere de autoriza- ción, permiso y licencia; otorgándose la autorización por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, segúnlo previsto en el artículo 144º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para estable-cer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equiposde radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión serequiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, seinicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y opera- ción autorizadas para el uso o explotación de frecuen-cias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 516-2002-MTC/ 15.19.03.2 y 027-2003-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica, respectivamente, señalan que la solicitudformulada por don JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la auto-rización y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio;y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don JOSÉ MARÍA CAMA- CHO MERMA, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período deinstalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en eldistrito de Pisac, provincia de Calca, departamento deCusco, de acuerdo a las siguientes características téc- nicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 91.7 MHz Indicativo : OAQ-7I Potencia : 0.25 Kw. Emisión : 256F8E Horario : H24 Ubicación de los Estudios y la Planta : Calle Arequipa s/n, distrito de Pisac, pro- vincia de Calca, depar- tamento de Cusco. Coordenadas: L.O. 71° 51’ 3"L.S. 13° 25’ 3" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el ar- tículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación dedicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrariose dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Don JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifu-sión concedido acorde con la presente resolución, es- tando impedido de modificar las características a que se contrae el artículo 1º de la presente resolución sin auto-rización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autori- zado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 07508 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan acuerdo que prorroga mandato del Presidente de la ComisiónDistrital de Control de la Magistraturadel Cono Norte RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 076-2003-P-CSJCNL/PJ Independencia cuatro de abril del dos mil tres. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que en Sesión Sala Plena Ordinaria de fecha treintiu- no de enero del año en curso, se designó como Jefe de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, alseñor Vocal Titular, doctor Carlos Alberto Calderón Puer- tas, por el período de dos meses, computándose dicho período a partir del primero de febrero hasta el treintiunode marzo del año dos mil tres, teniendo un carácter transitorio por el período de vacaciones; Que entre otros se acordó que a partir del primero de abril del año dos mil tres y por un período de tres meses, se haría cargo de la mencionada Comisión, el señor Vocal Titular, doctor David Víctor Lecaros Chávez;