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PÆg. 238049 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de enero de 2003 PODER EJECUTIVO P C M Declaran en Estado de Emergencia a los departamentos de Puno y Madre de Dios DECRETO SUPREMO Nº 010-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de las intensas precipitacio- nes pluviales que se vienen presentando en los departa-mentos de Puno y Madre de Dios, se han producido inun- daciones, deslizamientos y el incremento del caudal de los ríos, lo que a su vez está ocasionando serios dañosen la población, poniendo en alto riesgo la vida de los habitantes, la infraestructura vial, educativa, de riego y cultivos, y el funcionamiento de los servicios públicosfundamentales; Que, la magnitud de la emergencia demanda la adopción de medidas que permitan al Instituto Nacio-nal de Defensa Civil - INDECI y a los Sectores comprometidos, así como a los Gobiernos Regionales y Locales de los mencionados departamentos, ejecu-tar las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damnificada, a la reducción y minimi- zación de los riesgos existentes y a la rehabilitaciónde las zonas afectadas; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Estado de Emer- gencia debe ser declarado por Decreto Supremo cuan-do se presenten circunstancias que supongan grave peligro; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 137º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo modifica- do por Ley Nº 27779 y en concordancia con lo dis-puesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 058- 2001-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárase en Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) días naturales, los departamentos de Puno y Madre de Dios. Artículo 2º.- El Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud, Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento, Ministerio de la Producción, Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Ener-gía y Minas, Ministerio de Defensa, el Banco de Materia- les, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, el Insti- tuto Nacional de Salud - INS, el Instituto Nacional de In-fraestructura Educativa y de Salud - INFES, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y los Gobiernos Re- gionales y Locales de los departamentos señalados enel artículo precedente, ejecutarán las acciones necesa- rias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas o, de ser el caso, las que seanaprobadas por la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, creada por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia desde la fecha de su expedición y será refren-dado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Agricultura, Ministro de Salud, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministro de la Producción,Ministro de Transportes y Comunicaciones, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Ministro de Educación, Minis- tro de Energía y Minas, Ministro de Defensa y Ministro deEconomía y Finanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- siete días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agriculturay encargado de la Cartera de Salud CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 01667 Aceptan renuncia de Ministro de Esta- do en el Despacho del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2003-PCM Lima, 27 de enero de 2003 Vista la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho del Ministerio del Interior formula el Dr. Gino Costa Santolalla; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que al cargo de Ministro de Esta- do en el Despacho del Ministerio del Interior formula elDr. Gino Costa Santolalla, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 01669 Nombran a Ministro de Estado en el Despacho del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2003-PCM Lima, 27 de enero de 2003 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros;