Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2003 (28/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 28 de enero de 2003

NORMAS LEGALES
Pago de Cupon Listado Negociabilidad Pago Principal Ley Aplicable

Pag. 238053
: Semestral con base de 30/360 dias. : Luxembourg Stock Exchange. : Sujeto a las restricciones de la jurisdiccion en que se negocien. : Al vencimiento. : Leyes del Estado de Nueva MORDAZA de los Estados Unidos de America.

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan emision internacional de Bonos Soberanos destinados a apoyar la Balanza de Pagos
DECRETO SUPREMO Nº 007-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 17º de la Ley Nº 27881, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 200 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), de los cuales hasta la suma de US$ 1 500 000 000,00 (MIL QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) sera destinada para apoyar la Balanza de Pagos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del referido articulo 17º; Que, en el MORDAZA de dicha autorizacion, el Gobierno Nacional realizara una emision internacional de bonos soberanos hasta por 1 000 000 000,00 (MIL MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) que seran destinados a apoyar la Balanza de Pagos; Que, la operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 6º de la Ley Nº 27881; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27881; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase la emision internacional de Bonos Soberanos, hasta por US$ 1 000 000 000,00 (MIL MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS),para los fines a que se refiere la parte considerativa de esta MORDAZA legal. Las caracteristicas de la referida emision seran las siguientes:
Emisor Asesor Global Monto de la Colocacion Transaccion : La Republica del Peru : Corporacion MORDAZA de FomentoCAF : Hasta por US$ 1 000 000 000,00

Articulo 2º.- El Prospecto Suplementario de la Emision Internacional de Bonos Soberanos y los Contratos que se deriven de la misma seran aprobados por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas; estando autorizado el Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, todos los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Articulo 3º.- El servicio de amortizacion, intereses y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se autoriza en esta MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del sector, le correspondan en cada ejercicio presupuestal para el servicio de la deuda publica. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado de Despacho Presidencial MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas Encargado de la cartera de Economia y Finanzas 01682

Extienden entrega en efectivo por concepto de combustible a viudas de personal policial que MORDAZA pasado a la situacion de retiro en condiciones senaladas en las Leyes Nºs. 24373 y 25413, y en el D. Leg. Nº 737
DECRETO SUPREMO Nº 008-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 032-DE/SG del 19 de MORDAZA 1999, Decreto Supremo Nº 037-2001-EF del 9 de marzo de 2001 y Decreto Supremo Nº 040-DE/SG del 19 de MORDAZA de 2001, se regula la entrega en efectivo por concepto de combustible al Personal Militar, precisandose que no tiene caracter pensionable, asi como tampoco sirve de base de calculo para ningun beneficio; Que, es necesario hacer extensivo la entrega de combustible a las Viudas del Personal Policial que MORDAZA pasado a la situacion de retiro en las condiciones senaladas en las Leyes Nºs. 24373, modificada por la Ley Nº 24916, Decreto Legislativo Nº 737 y la Ley Nº 25413; Que, en el Presupuesto Autorizado para el Ano Fiscal 2003, del Pliego Ministerio del Interior, se encuentran previstos los recursos para atender la citada entrega;

: Emision de un MORDAZA MORDAZA global denominado en Dolares de Estados Unidos de MORDAZA Mecanismo de Colocacion : A traves de un MORDAZA denominado "Bookbuilding" en el que el Peru establecera el spread, cupon, plazo y precio del MORDAZA MORDAZA soberano. : Dolares de Estados Unidos de MORDAZA : Bonos globales registrados en la SEC (Securities & Exchange Commission) de los Estados Unidos de America. : Sera determinado cuando se inicie el MORDAZA de "Bookbuilding".

Moneda Formato

Plazo / Vencimiento

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