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PÆg. 238311 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Despacho Presidencial para el ejercicio presupuestal 2003;y el Informe Nº 005-2003-DP/SGPR/GC.Adm/JP, por el quela Jefatura de Planeamiento informa sobre la existencia dela disponibilidad presupuestal necesaria para la ejecuciónde dicho Plan Anual; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece la obli-gatoriedad para que cada entidad elabore un Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que será apro-bado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi-nistrativa de la Entidad; Que, la Gerencia de Logística ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2003,sobre la base de las necesidades identificadas en las dife-rentes dependencias del Despacho Presidencial, y que esta REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO OFICIAL Nº 006-2003-EF/76.01 PAGO DE SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL Y MATERNIDAD EN LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO CON CARGO A REEMBOLSO POR PARTE DE ESSALUD La Dirección Nacional del Presupuesto Público y la Dirección General del Tesoro Público consideran necesario hacer de conocimiento a las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público lo siguiente: 1. Con fecha 30 de enero de 2003 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 009- 2003-EF que aprueba el Procedimiento para la Atención del Pago de Subsidio por Incapacidad Tem- poral y Maternidad a cargo de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público . 2. A partir del 31 de enero del presente, fecha de entrada en vigencia de la referida norma legal, las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público deberán observar lo siguiente: 2.1 Los montos por concepto de subsidios por incapacidad temporal o maternidad que corresponda ser otorgado de acuerdo a Ley, serán abonados directamente por la Unidad Ejecutora, con cargo al Presu-puesto Institucional. 2.2 Se procederá a requerir a ESSALUD el reembolso correspondiente, conforme a los procedimientos establecidos para el efecto por la mencionada institución, la misma que, a su vez, procederá a cumplir con dicho reembolso mediante cheque girado a la orden de la respectiva Unidad Ejecutora, dentro delos cinco días hábiles de haberse presentado la solicitud correspondiente. 2.3 El cheque de reembolso deberá ser depositado en la cuenta del Tesoro Público dentro de las 24 horas de haber sido recibido, en caso se trate de subsidios atendidos con Recursos Ordinarios; o, de ser el caso, en la cuenta bancaria de la fuente con cargo a la cual fueron atendidos los subsidios. 3. El procedimiento descrito es de responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora y del área correspondiente en ESSALUD, debiendo las Oficinas de AuditoríaInterna o las que hagan sus veces, según corresponda, vigilar por su estricto cumplimiento, en conformidadcon el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2003-EF. 4. En consecuencia, la Dirección Nacional del Presupuesto Público y la Dirección General del Tesoro Público sólo procesarán solicitudes de subsidios conforme al anterior procedimiento siempre y cuando hayan sidopresentadas hasta el 30 de enero de 2003. Lima, febrero 2003 Dirección General del Tesoro Público Dirección Nacional del Presupuesto Público 02073PODER EJECUTIVO CASA DE GOBIERNO Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del DespachoPresidencial para el aæo 2003 RESOLUCIÓN DEL GERENTE CENTRAL DE ADMINISTRACIÓN Nº 005-2003-DP/SGPR/GC.Adm. Lima, 20 de enero de 2003 VISTOS:El Informe Nº 001-2003/DP/SGPR/GCAdm/GLog, en virtud del cual la Gerencia de Logística propone la aproba-