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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (01/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 238318 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 Impuesto al viaje: US$ 28.00 x 3 Personas (Perú)US$ 30.50 x 3 Personas (Argentina) Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina que- da facultado para variar la fecha de inicio y/o término del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración, ni liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 01975 Nombran a diversos participantes en crucero de instrucción al extranjero con arribo en puertos de PanamÆ, MØxico, EE.UU. y Costa Rica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-DE/MGP Lima, 28 de enero de 2003 Visto el Oficio P.1000-1942 del Comandante General de Operaciones del Pacífico de fecha 30 diciembre 2002; CONSIDERANDO: Que, es de interés para la Marina de Guerra del Perú, com- plementar la instrucción y prácticas en la mar de los CadetesNavales, siendo conveniente para tal efecto nombrar en Comi-sión del Servicio al B.A.P. "MOLLENDO", Personal Superior ySubalterno destacado y dotación de dicha Unidad; Personal Superior, Cadetes de Cuarto y Segundo Año, Personal Subal- terno y Civil de la Escuela Naval del Perú; Personal Superior yCadetes del Ejército y Fuerza Aérea del Perú; Cadetes de laEscuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau",Alumnos de la Academia Diplomática y Cadetes de la ArmadaBoliviana, a fin que participen en el Crucero de Instrucción al Extranjero Año 2003, con arribo a los Puertos de Balboa - PA- NAMÁ, Acapulco - MÉXICO, San Francisco y San Diego -ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y Punta Arenas - COSTARICA, a realizarse del 1 febrero al 23 marzo 2003, por cuanto laexperiencia a adquirirse redundará en beneficio de la Seguri-dad Nacional e Institucional; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 1492-DE/SG de fecha 29 diciembre 1989,que norma la escala de indemnización de viaje por estadíaen puerto extranjero, que se abona al Personal Superior ySubalterno en Comisión del Servicio en buques de la Mari-na de Guerra del Perú; Que, la Resolución citada en el considerando anterior no contempla el caso del Personal Civil dentro de la Esca-la de Indemnización de Viaje por Estadía en Puerto Ex-tranjero, razón por la cual en el caso del mencionado per-sonal por tratarse de profesionales se les considera poranalogía como equivalentes al Grupo II, según la clasifica- ción que efectúa el Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG de fecha 4 diciembre 1987, es decir la correspondiente a Ofi-ciales Superiores; Que, las Leyes Nºs. 27619 y 27879, concordantes con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio2002, regulan los viajes al exterior; Estando a lo propuesto por el Director de Administra- ción de Personal, a lo recomendado por el Director Gene-ral del Personal de la Marina y a lo opinado por el Coman-dante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio al B.A.P. "MOLLENDO", Personal Superior y Subalterno destacado y dotación de dicha Unidad; Personal Superior, Cadetes de Cuartoy Segundo Año, Personal Subalterno y Civil de la Escuela Na- val del Perú; Personal Superior y Cadetes del Ejército y FuerzaAérea del Perú; Cadetes de la Escuela Nacional de MarinaMercante "Almirante Miguel Grau", Alumnos de la AcademiaDiplomática y Cadetes de la Armada Boliviana, cuya relaciónse anexa, a partir del 1 febrero al 23 marzo 2003, a fin que participen en el Crucero de Instrucción al Extranjero Año 2003, con arribo a los Puertos de Balboa - PANAMÁ, Acapulco -MÉXICO, San Francisco y San Diego - ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA y Punta Arenas - COSTA RICA. Artículo 2º.- El Personal Superior y Subalterno desta- cado y dotación del B.A.P. "MOLLENDO"; Personal Supe- rior, Cadetes de Cuarto y Segundo Año, Personal Subal- terno y Civil de la Escuela Naval del Perú; Personal Supe-rior y Cadetes del Ejército y Fuerza Aérea del Perú; Cade-tes de la Escuela Nacional de Marina Mercante "AlmiranteMiguel Grau", Alumnos de la Academia Diplomática y Ca-detes de la Armada Boliviana, revistarán en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la citada Comisión del Servicio. Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será de: CIENTO CINCUENTA Y SIETEMIL QUINIENTOS CUATRO Y 00/100 DÓLARES AMERICA-NOS (US$ 157,504.00), el mismo que se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: (Estadía en Puerto Extranjero) Callao - Balboa (Panamá) - Acapulco (México) - San Fran-cisco - San Diego (EE.UU.) - Punta Arenas (Costa Rica) Personal Superior: US$ 40.00 x 16 días x 2 Capitanes de FragataUS$ 37.00 x 16 días x 3 Capitanes de CorbetaUS$ 30.00 x 16 días x 16 Oficiales SubalternosUS$ 27.00 x 16 días x 210 Cadetes Personal Subalterno: US$ 30.00 x 16 días x 2 Técnicos SupervisoresUS$ 27.00 x 16 días x 37 TécnicosUS$ 24.00 x 16 días x 71 Oficiales de MarUS$ 21.00 x 16 días x 15 Cabos / Marineros / Grume- tes Personal Civil: US$ 40.00 x 16 días x 2 (Funcionario / Profesional) Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina que- da facultado para variar la fecha de inicio y/o término del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 5º.- El Oficial más antiguo deberá cumplir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 01976 Modifican resolución que precisó mon- to mensual que deben percibir miem-bros del Consejo Consultivo del Coman-dante General de la Fuerza AØrea RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108 DE/FAP-CP Lima, 29 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-82/AE del 8 de junio de 1982, se creó el Consejo Consultivo del Co-