Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2003 (10/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 10 de febrero de 2003

Visto, el Expediente Nº 000874-2002-MINCETUR, presentado por la empresa Atronic International GMBH, en el que solicita autorizacion y registro de memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200212-01 de fecha 3.12.2002, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, y el Procedimiento Nº 26 del MORDAZA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 005-2003-MINCETUR/VMT/ DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 015-2003-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar e inscribir dos (2) memorias de solo lectura, segun el siguiente detalle:
Nº Registro 1 A0004595 2 A0004596 Codigo de Memoria O_-CLOW01_-ABAAA-CBSTD_ (U2) CLOW01-A-ZB-STD_-5XXXX-AXX (U6) Fabricante Atronic International GMBH Atronic International GMBH MORDAZA Peru Peru

me Legal Nº 012-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/ DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Directoral Nº 2442002-MINCETUR/VMT/DNT de fecha 29.11.2002, la Direccion Nacional de Turismo autorizo y registro cincuenta y cinco (55) memorias de solo lectura del fabricante WMS Gaming Inc.; Que, no obstante, se incurrio en error material al identificarse los Codigos de las memorias de solo lectura de los Registros: A0004339, A0004349 y A0004355; Que, en ese sentido, se consignaron en los mencionados Registros los Codigos: I125-SND-100AAv1.00A (XU2), V130-GFX-1001 (XU-2) y V136-GFX-100 (XU-2), cuando debieron consignarse los siguientes Codigos: I125-GFX-100AAV1.00A (XU-2), V130-GFX-101 (XU-2) y V136-GFX-101 (XU-2), respectivamente; Que, al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 201º de la Ley Nº 27444, corresponde que la Administracion subsane el error material incurrido; De conformidad con lo establecido en las Leyes Nºs. 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y 27444 y en el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el articulo unico de la Resolucion Directoral Nº 244-2002-MINCETUR/VMT/ DNT de fecha 29.11.2002, debiendose entender que los Codigos de las memorias de solo lectura de los Registros: A0004339, A0004349 y A0004355 son: I125-GFX100AAV1.00A (XU-2), V130-GFX-101 (XU-2) y V136GFX-101 (XU-2), respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 02579

JUSTICIA
Autorizan viaje de Viceministro de Justicia para participar en reunion del Comite de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementacion de la CICC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 046-2003-JUS

MORDAZA, 7 de febrero de 2003 Visto el Facsimil (SME-PMS-OEA) Nº 602 del Embajador Director de Control de Drogas Encargado de la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Especiales del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 155-2002JUS, se ha designado al senor abogado MORDAZA MORDAZA Solf MORDAZA, en calidad de Viceministro de Justicia, como representante del Estado Peruano ante el Comite de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion (CICC); Que, en la MORDAZA sesion de la Comision de Asuntos Juridicos y Politicos de la Organizacion de Estados Americanos, el Director de Cooperacion Juridica a cargo de la Secretaria del Mecanismo de Seguimiento de la Implementacion de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propone la realizacion de la III Reunion del Comite de Expertos

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 02578

Modifican resolucion que autorizo y registro memorias de solo lectura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 039-2003-MINCETUR/VMT/DNT

MORDAZA, 29 de enero del 2003 Vistos, el Expediente Nº 000542-2002-MINCETUR presentado por la empresa WMS Gaming Inc. y el Infor-

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