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Pág. 238911 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de febrero de 2003 celebró con la empresa consultora CESEL S.A. el Con- trato Nº 97-012-EM/DEP, para la supervisión de proyec- tos pertenecientes a la Dirección de Generación y Dis- tribución Norte; Que, como consecuencia de la suscripción del refe- rido contrato, con fecha 3 de enero de 1998 se suscribióla Orden de Servicio Nº 6, mediante la cuaL CESEL S.A. asumió el servicio de administración de los almacenes de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio deEnergía y Minas, por un período de ciento veinte (120) calendario; Que, con fecha 12 de diciembre de 1997, la Direc- ción Ejecutiva de Proyectos, celebró con la empresa Con- sorcio Hidroeléctrico S.A. - COHISA, el Contrato Nº 97- 129-EM/DEP para la ejecución de la obra "Pequeño Sis-tema Eléctrico Cangallo II Etapa"; Que, como resultado de la acción de control practi- cada al proyecto "Ejecución de la Obra Pequeño Siste- ma Eléctrico Cangallo II Etapa", la Oficina de Inspecto- ría General ha emitido el Informe Especial de Vistos, de-tectando la pérdida de cinco (5) transformadores de 50 KVA, valorizados en once mil quinientos cincuenta y nueve con 40/100 dólares americanos (US$ 11 559,40),la misma que ha sido realizada en perjuicio de la Direc- ción Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas; Que, en el referido Informe Especial, la Oficina de Inspectoría General ha recomendado que el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministeriode Energía y Minas, inicie las acciones legales pertinen- tes en contra de las personas involucradas en la pérdida de los cinco (5) transformadores de 50 KVA ya menciona-dos; Que, en tal sentido, corresponde autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía y Minas, para que en nom- bre e interés del Estado interponga las acciones quecorrespondan, evaluando los delitos que se habríancometido y que se desprenden de la lectura del Infor- me Especial de vistos; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667, el Decre- to Ley Nº 25993 y el artículo 5º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía y Mi-nas, para que en defensa de los derechos e intereses del Estado, inicie las acciones legales que correspon- dan en contra de las personas referidas en el InformeEspecial Nº 01-2002-EM/IG, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remítase al referido Procurador Públi- co los antecedentes de la presente resolución con transcripción de la misma, para su conocimiento y de- más fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 02696 MINCETUR Autorizan e inscriben memorias de sólo lectura solicitadas por AtronicInternational GMBH RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 038-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 29 de enero del 2003