Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (10/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 238906 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de febrero de 2003 DEFENSA Autorizan ingreso al Perú de oficial del ejército de EE.UU. para dictar charla en curso internacional sobre medicina tropical RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-DE/SG Lima, 9 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de requi- sitos para la Autorización y Consentimiento para el in- greso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repú-blica-, establece que la autorización de ingreso al terri- torio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívi-ca, actividades académicas, de entrenamiento o simila- res, debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en el que se debe de especificar los motivos, la identifi-cación del personal militar, la relación de equipos tran- seúntes y el tiempo de permanencia en el territorio pe- ruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 60, de fecha 6 de febrero de 2003, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exte- riores, solicita se expida la autorización para el ingresode personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, con el fin de realizar actividad aca- démica; De conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el ingre- so de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repúbli- ca; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República del Coronel ALAN MAGILL, del Instituto de investigación "Walter Reed Army Institute of Re-search", del Ejército de los Estados Unidos de Amé- rica, para dictar una charla en el Curso Internacional de Medicina Tropical "GORGAS", auspiciado por laUniversidad Peruana Cayetano Heredia, del 10 al 15.febrero.2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteli- gencia del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Minis- tros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relacio-nes Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros yEncargado de la Cartera de Relaciones Exteriores AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 02723ECONOMÍA Y FINANZAS Establecen número de remuneraciones y beneficios que recibirá el personal de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas integrado a la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº 016-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM se dispuso la fusión por absorción de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS y la Superintendencia Nacional de Administración Tributa-ria - SUNAT, correspondiéndole a esta última la calidad de entidad incorporante; Que, en aplicación de los artículos 2º del citado De- creto Supremo, y el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM se establece, entre otros, hasta el 31 de diciembre del año 2002 el plazo para los efectos de latransferencia de recursos, personal, acervo documenta- rio y materiales de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS , hacia la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria - SUNAT; Que, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, el proceso defusión concluyó el 31 de diciembre de 2002, y por tanto el personal de la ex Superintendencia Nacional de Adua- nas - ADUANAS ha sido integrado a la Superintenden-cia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; Que, a efectos de permitir una adecuada integración de dicho personal, resulta necesario dictar medidas afin de unificar el número de remuneraciones que percibe dicho personal integrado con el número de remunera- ciones que anualmente perciben los trabajadores de laSuperintendencia Nacional de Administración Tributa- ria - SUNAT como entidad incorporante, equivalente a doce (12) remuneraciones ordinarias mensuales por año,a las que se agregarán otras dos (2) por concepto de gratificaciones correspondientes a los meses de julio y diciembre; Que, a fin de no afectar el monto del ingreso anual de los trabajadores de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, resulta pertinente disponer que,a partir de enero de 2003, los montos que durante el año perciben por conceptos de escolaridad y asignación vacacional, se integran a las remuneraciones a las quealude el considerando precedente; Que, sin bien lo indicado en los considerandos pre- cedentes no significa variación respecto a los ingresosanuales de los trabajadores de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas - ADU ANAS, conlleva una varia- ción formal en el número de remuneraciones que perci-bían durante el año, así como del monto de remunera- ción mensual, acción que de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley deGestión Presupuestaria del Estado debe ser autorizada mediante Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, ar- tículo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado, artículo 30º de la Ley Nº 27879 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2003, y el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 196- 2002-EF; DECRETA: Artículo 1º.- El personal de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS integrado a la Supe-rintendencia Nacional de Administración Tributaria - SU-