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PÆg. 245875 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de junio de 2003 PODER EJECUTIVO P C M Declaran en Emergencia los servicios de agua potable y alcantarillado en laprovincia de Pasco DECRETO SUPREMO Nº 059-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo informado por el Director Re- gional de Salud de Pasco, en la provincia de Pasco,departamento de Pasco, se ha verificado que el aguaque viene consumiendo la población de la zona, no esapta para consumo humano por los altos niveles decontaminación de la fuente Río San Juan y porque dichaagua no es procesada en una Planta Potabilizadora; Que, debido a la situación descrita anteriormente, la Municipalidad Provincial de Pasco, mediante Ordenan-za Nº 016-2003, ha declarado en emergencia los servi-cios básicos de agua potable y alcantarillado de la ciu-dad de Cerro de Pasco; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, ha elaborado el "Proyecto para el Mejora-miento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Al-cantarillado en la provincia de Pasco", el cual contribuiráa minimizar el riesgo de diversas enfermedades que sepudieran generar como consecuencia del consumo deagua sin potabilizar en dicha circunscripción; Que, resulta de interés nacional dictar las medidas administrativas y presupuestales que permitan que elViceministerio de Construcción y Saneamiento, a través del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Sanea-miento, de manera excepcional, proceda a ejecutar opor-tunamente los proyectos que se requieran con el fin deevitar un detrimento sustancial en la salud de la pobla-ción de la provincia de Cerro de Pasco, así como en lainfraestructura actual de los servicios públicos de aguay saneamiento de la referida circunscripción; Que, es de necesidad y utilidad pública la ejecución del "Proyecto para el Mejoramiento y Ampliación del Sis-tema de Agua Potable y Alcantarillado en la provincia dePasco", a través del Programa de Apoyo a la Reformadel Sector Saneamiento, siendo necesario exonerarlodel cumplimiento del Ciclo del Proyecto respectivo, con-forme a lo establecido en el numeral 10.6 del artículo 10ºde la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inver-sión Púlica; De conformidad con la Ley Nº 27293, Ley del Siste- ma Nacional de Inversión Pública y los Decretos Supre-mos Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y suReglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº013-2001-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Declaración de Emergencia Declarar en situación de emergencia por el plazo de 60 días, de los servicios de agua potable y saneamientode la provincia de Pasco, por las razones expuestas enla parte considerativa del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Autorización de Ejecución de Pro- yecto Autorizar al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a ejecutar a través del Programa de Apo-yo a la Reforma del Sector Saneamiento, el "Proyectopara el Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos,éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU