TEXTO PAGINA: 19
PÆg. 245889 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de junio de 2003 Que, del estudio y análisis del expediente administra- tivo, se ha determinado que existen indicios razonablesde la comisión de delito en agravio del Estado; por lo que,de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90º delReglamento de Diversos Títulos del Texto Único Orde-nado de la Ley General de Minería, aprobado por Decre-to Supremo Nº 03-94-EM, es procedente autorizar alProcurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Ministerio de Energía y Minas, para que formule lacorrespondiente denuncia penal y tome las demás ac-ciones legales contra los señores Ramiro Sulca Rivero,Irineo Bravo Flores, Rubén Sulca Rivero, Alejandro Hua-nasca Catay, Ruperto Trigos Cejos y Luciano EstradaInocente; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el De-creto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía yMinas y los Artículos 20º y 21º de su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio deEnergía y Minas, para que en nombre y representa-ción del Estado, formule la correspondiente denunciapenal y demás acciones legales pertinentes contralos señores Ramiro Sulca Rivero, Irineo Bravo Flo-res, Rubén Sulca Rivero, Alejandro Huanasca Catay,Ruperto Trigos Cejos y Luciano Estrada Inocente,por las razones expuestas en la parte considerativade la presente Resolución. Artículo 2º.- Remítase al referido Procurador Públi- co los antecedentes de la presente Resolución contranscripción de la misma, para su conocimiento y de-más fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 11087 MINCETUR Autorizan viaje de funcionario para participar en reuniones del Grupo Con- sultivo de Economías mÆs Pequeæas y de coordinación andina, en el marcodel ALCA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2003-MINCETUR/DM Lima, 10 de junio de 2003 Visto el Memorándum Nº 288-2003-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, en el Estado de Puebla, Estados Unidos Mexica- nos, se llevará a cabo entre los días 15 al 17 de junio de2003, la "XXI Reunión del Grupo Consultivo de Econo-mías más Pequeñas" y la correspondiente Reunión deCoordinación Andina, en el marco del proceso de nego-ciaciones del Área de Libre Comercio de las Américas -ALCA; Que, la Agenda de dichas Reuniones contempla efec- tuar seguimientos a la implementación: del Programa deCooperación Hemisférica, al Tratamiento de las Diferen-cias en los Niveles de Desarrollo y Tamaño de las Eco-nomías en los Grupos de Negociación del ALCA y de lasMedidas de Facilitación de Negocios; Que, los asuntos que se revisarán y negociarán en dichas Reuniones, son de interés para el país comomiembro del ALCA, razón por la cual es necesario auto-rizar la participación de un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2003, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Cas- tro Serón, funcionario de la Dirección Nacional de Asun-tos Multilaterales y Negociaciones ComercialesInternacionales, del Viceministerio de Comercio Exterior,del 14 al 18 de junio de 2003, al Estado de Puebla, Esta-dos Unidos Mexicanos, para que asista a las reunionesseñaladas en la parte considerativa de la presente Re-solución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargodel Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuer-do al siguiente detalle: Pasajes US$ 698,00 Viáticos US$ 880,00Tarifa CORPAC US$ 28,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario autori-zado mediante el Artículo 1º, presentará al Titular delSector un informe detallado sobre las acciones realiza-das y los logros obtenidos en las reuniones a las queasistirá y la correspondiente rendición de cuentas deacuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de de-rechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o deno-minación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y ComunicacionesEncargado de la Cartera deComercio Exterior y Turismo 11055 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 346-2003-MINCETUR/VMT/DNT Mediante Oficio Nº 555-2003-MINCETUR/SG el Mi- nisterio de Comercio Exterior y Turismo solicita se publi-que Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 346-2003-MINCETUR/VMT/DNT, publicada en la edición del5 de junio de 2003, en la página 245468. DICE:Artículo 1ºDEBE DECIR:Artículo ÚnicoEn el cuadro del artículo 1DICE: Nº Registro Código de Memoria 1 A0004689 O-BEET-A-A-CF (U2) DEBE DECIR: Nº Registro Código de Memoria 1 A0004689 O-BEET-A-A-CE (U2) 11056