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PÆg. 240142 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de marzo de 2003 El planteamiento de las soluciones técnicas pertinentes y/o correctivos necesarios, se sujetan a las siguientes pau- tas metodológicas: a) Se formulan a nivel de Programa, a partir de las metas presupuestarias y componentes, pasando luego por las actividades y proyectos, hasta consolidarse a nivel de Programa. b) Deben considerar tanto el aspecto presupuestario, comportamiento de la ejecución de ingresos y gastos, como los factores extrapresupuestarios que han incidido en la ejecución, como es el caso de ocurrencia de fenómenos naturales, demora en trámites administrativos, etc. c) Sobre la base de la información elaborada, debe hacerse un análisis crítico de la Estructura Funcional Programá- tica utilizada por el pliego para el período evaluado así como de las metas presupuestarias programadas durante el período, debiendo proponerse, de estimarse conveniente, la supresión, fusión y/o creación de nuevas activida-des y proyectos así como metas presupuestarias que contribuyan a reflejar con mayor precisión los resultados a lograr para el año fiscal siguiente. SECCIÓN QUINTA: "RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE GESTIÓN PRESUPUES- TARIA Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN" Artículo 13º.- Responsabilidad del Titular de Pliego en la Evaluación Presupuestaria De conformidad con lo establecido en el Artículo 6º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el Titular de Pliego es el responsable de la presentación oportuna de la información correspondiente a la Evaluación Presupuestaria Institucional del Pliego, teniendo en cuenta los plazos de elaboración y remisión establecidos en losArtículos 9º y 10º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para al Año Fiscal 2002; Para tal efecto, dicta las medidas necesarias a fin de asegurar la confiabilidad, seguridad y oportunidad de los procesos que requiere la Evaluación Presupuestaria del Pliego. Debe recordarse que la información de orden presu- puestario tiene el carácter de Declaración Jurada, conforme al Artículo 64º de la Directiva Nº 001-2002-EF/76.01. Artículo 14º.- Responsabilidad de la Oficina de Presupuesto del Pliego La Oficina de Presupuesto del Pliego, o la que haga sus veces, es la dependencia técnica responsable de la Evalua- ción Presupuestaria Anual del Presupuesto Institucional. Para dicho efecto, se encargará de ef ectuar las coordinacio- nes pertinentes con las Unidades Ejecutor as del Pliego en caso lo requier a. Asimismo, con la finalidad de determinar las pr incipales Actividades y Pro yectos y las matr ices de ponder ación deberán efectuar reuniones de coordinación con los responsables de su ejecución. Además, dicha Oficina se en- cuentra facultada a dictar las medidas operativas complementarias que se requieran, sin desnaturalizar las disposi-ciones de la presente Directiva y dentro del marco de las normas legales que conforman el Sistema de Gestión Presupuestaria , a fin de agilizar la elaboración de la información requerida y sin que ello implique la delegación de las responsabilidades a que se refiere el párrafo precedente. De igual manera deberá elaborar y remitir el Informe Ejecutivo de la Evaluación Anual, el cual contendrá no más de veinte páginas tamaño A 4 a espacio simple con letra arial de 12 puntos, debiendo tener lo siguiente: Primera Parte.- Explicar el resultado del grado de avance de las acciones realizadas por el pliego respecto de la misión institucional. Segunda Parte.- Evaluación de Ingresos, a nivel de pliego y subgenérica del ingreso, conteniendo el análisis y explicación en términos de eficacia de la ejecución de ingresos del pliego, respecto al PIA y al PIM, así como laexplicación de los problemas presentados y los correctivos propuestos. Tercera Parte.- Evaluación de Gastos, a nivel de actividad y proyecto, conteniendo el análisis en términos de eficacia y eficiencia, de la ejecución presupuestaria del pliego respecto al PIA y al PIM, asi como la explicación de los problemas presentados y los correctivos que es necesario proponer. Cuarta Parte .- Evaluación de Metas Presupuestarias, a nivel de actividad y proyecto, conteniendo el análisis y explicación en términos de eficacia de la ejecución de las metas presupuestarias, enumerando los problemas pre- sentados y los correctivos propuestos. Quinta Parte.- Deberá adjuntarse los reportes de evaluación que se indican en el artículo 10º, debidamente visados por el jefe de la Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces. Plazos de presentación de la Información de Evaluación Presupuestaria Anual Artículo 15º.- La Evaluación Presupuestaria Anual, a cargo de los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, a que se refiere el numeral a.4 del inciso a) del artículo 9º así como el artículo 10º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, se elabora hasta el 30 de marzo del2003, se presenta a la Dirección Nacional de Presupuesto Público el 4 de abril del 2003 y se remite al Congreso de la República el 14 de abril del 2003. La Evaluación Anual será elaborada de acuerdo a lo siguiente: ACTIVIDADES PLAZO DE ENTREGA 1. Registro de matrices de ponderación y envío de disquete generado por 12 de marzo el sistema. (*) 2. Registro de metas programadas y ejecutadas y de vectores resultantes y 20 de marzo envío de disquete generado por el sistema. 3. Entrega de Informe de Evaluación Final, adjuntando todos los reportes 30 de marzo disponibles en el sistema. (*) Las matrices no podrán ser modificadas luego de la fecha señalada en el punto uno, en vista que el disquete referido en el punto dos no incluye las matrices. Nota: La presente Directiva se encuentra disponible para su descarga vía web en la siguiente dirección: http://www.mewf.gob.pe 04085