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PÆg. 240696 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 debe reunir la contratación para poder acceder a la causal de exoneración por servicios personalísimos,señalando que ésta se refiere a los contratos de lo- cación de servicios celebrados con personas natu- rales o jurídicas, cuando para dicha contratación sehaya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales, o por su deter-minada cualidad, profesión, ciencia, arte u oficio, es- tableciendo el trámite y procedimiento para las ad- quisiciones y contrataciones exoneradas; Que, a mayor abundamiento, según el Informe Legal Nº 083-2001-(GTN) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de ladefinición dada por el Reglamento, se desprende que para la determinación de este tipo de servicio resul- tan importantes las cualidades especiales del loca-dor, a cuyas características se puede añadir las que la doctrina atribuye al denominado "contrato intuitu personae" , es decir, la profesionalidad, solvencia o responsabilidad económica, puntualidad, cortesía, laboriosidad, entre otras, independientemente que exista otro locador que pueda prestar en esencia elmismo servicio, estableciéndose, de esta manera, que la diferencia entre ambos locadores es la forma de brindar el servicio, ya que uno no puede prestarlode la misma manera que el otro; Que, por ello, designación de tan alta responsabili- dad ha recaído en el abogado Pablo Rivero Bonifaz, unprofesional del Derecho que reúne los requisitos señala- dos y además, posee amplia experiencia en asuntos de la administración pública, acciones de control, banca yasuntos parlamentarios; Que, conforme se aprecia de su Hoja de Vida, el abogado Pablo Rivero Bonifaz tiene experiencia enasesoría y consultoría al Estado, habiendo desem- peñado dichas labores al servicio de la Comisión Investigadora del Congreso de la República, por loque se encuentra especialmente calificado para que brinde asesoría especializada al Segundo Vicepresi- dente de la República, en modalidad de serviciospersonalísimos; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los servicios perso- nalísimos se encuentran exonerados de los proce-sos de adjudicación directa, procediendo su contra- tación como dispone el artículo 20º del indicado cuer- po legal, a través de una adjudicación de menor cuan-tía; Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley acotada, así como la Directiva Nº 011-2001-CONSU-CODE/PRE, establecen los procedimientos y formalida- des a que deben someterse las contrataciones y adquisi- ciones exoneradas de los procesos de selección,precisándose que, una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarse mediante acciones in- mediatas, sobre la base de la obtención de una cotiza-ción que cumpla los requisitos establecidos en las ba- ses; De conformidad con los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los artículos 105º, 111º, 113º y 116º desu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, los artículos 6.4 y 6.5 de la Directiva Nº 011- 2001-CONSUCODE/PRE, contando con los informesTécnico-Legal que dispone la Ley, y en uso de sus facul- tades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de adjudicación directa pública para la contratación del abo-gado Pablo Rivero Bonifaz, para la prestación del servi- cio de asesoría para la Segunda Vicepresidencia de la República, mediante la modalidad de servicios persona-lísimos. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina de Administración, lacontratación de dicho profesional, mediante el pro- ceso de adjudicación de menor cuantía, por el perío-do comprendido del 1 de marzo hasta el 31 de di- ciembre del 2003, hasta por la suma de setenta ycinco mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 75 000,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Or- dinarios" de la Unidad Ejecutora 004 - Vicepresiden-cias de la República - PCM. Artículo 3º.- Transcribir copia de la presente Resolución, y de los informes que la sustentan a laContraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 04915 Aprueban Directiva sobre "Medidas de Austeridad y Racionalización del Gasto" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2003-PCM Lima, 11 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 10º de la Ley Nº 27879, Ley del Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, señala que el alcance de las normas de Austeridad yRacionalidad en la Ejecución del Gasto Público son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Go-bierno Local; Que, el artículo 18º de la Ley Nº 27879, Ley del Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, establece igualmente que con el fin de efectuar un usoeficiente y eficaz de los recursos públicos, racionalizar el gasto público y asegurar el cumplimiento de los obje- tivos y metas para el año fiscal 2003, los Titulares de losPliegos establecerán, cuando sea necesario, por medio de Directivas internas de austeridad y racionalidad del gasto público, disposiciones adicionales a las reguladasen dicha norma; Que, es necesario establecer las disposiciones administrativas para el uso eficiente de los recursos públicos que conlleven a racionalizar el gasto, a fin decontribuir a asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, contribuyendo con ello a una me- jor gestión de los recursos con que cuenta la Presiden-cia del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia, es necesario dictar una Directiva en materia de austeridad y racionalización del gasto, a efectos que se regulen las actividadesde viajes al exterior del país en comisión de servi- cios; remodelaciones, adquisición de activos y con- tratación de servicios; contratación y evaluación depersonal; servicios públicos; atenciones oficiales y alimentación; publicaciones; servicio de mensajería y afines; servicios diversos, materiales de consumoy uso de fotocopiadora; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2003 y el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, Re-glamento de Organización y Funciones de la Presiden- cia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-2003- PCM/DM "Medidas de Austeridad y Racionalización del Gasto". Artículo Segundo.- Precisar que conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Minis- tros, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, la Secretaría de Administración de la Presi- dencia del Consejo de Ministros es la encargada de