Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2003 (13/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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ante las comisiones mencionadas en el considerando primero; De conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir del 3 de febrero del 2003, la renuncia del Doctor MORDAZA Paulet MORDAZA como miembro suplente del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, ante las Comisiones Tecnicas Multisectoriales creadas por los Decretos Supremos Nºs. 122-2002-PCM y 060-2002-AG; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro suplente del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, ante la Comision Tecnica Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 122-2002-PCM. Articulo 3º.- Designar al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lluncor como miembro suplente del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, ante la Comision Tecnica Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 060-2002-AG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 04903

Aprueban cuotas maximas de comercializacion de cueros y pieles de especimenes de fauna MORDAZA provenientes de caza de subsistencia
INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 027-2003-INRENA MORDAZA, 3 de marzo de 2003 VISTO: Visto el Informe Nº 257-2002-DGFFS-DCB de fecha 18 de diciembre del 2002, de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA que recomienda los volumenes de pieles y cueros provenientes de la caza de subsistencia a ser considerados como cuotas de comercializacion para el ano 2003. CONSIDERANDO: Que, el inciso 3.4 de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, establece que el Instituto Nacional de los Recursos Naturales - INRENA es el organismo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, el articulo 231º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, establece que el INRENA aprueba las cuotas maximas de comercializacion de despojos no comestibles procedentes de la caza de subsistencia; Que, teniendo en cuenta los resultados de los estudios: "Diagnostico del circuito de comercializacion de pieles y cueros provenientes de la caza de subsistencia en el Departamento de Ucayali" y "Primera evaluacion poblacional de Pecari tajacu "sajino" y Tayassu pecari "huangana" en el Alto Purus - Ucayali", llevados a cabo durante el ano 2001 por la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre; que aclaran la dinamica del comercio de pieles de MORDAZA especies y establecen valores de abundancia de sus poblaciones en el departamento mencionado; Que, en virtud a estudios previos realizados por cientificos nacionales y extranjeros; que han permitido estimar las poblaciones de Pecari tajacu "sajino", Tayassu pecari "huangana", Mazama americana "venado rojo" e Hydrochaeris hydrochaeris "ronsoco" en los restantes departamentos, es necesario aprobar las cuotas maximas de comercializacion de cueros y pieles de especimenes de fauna MORDAZA provenientes de caza de subsistencia para el ano 2003; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las cuotas maximas de comercializacion de cueros y pieles de especimenes de fauna MORDAZA provenientes de caza de subsistencia por un periodo de (1) ano, contando a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion y de acuerdo al Anexo que corre adjunto formando parte de la misma resolucion. Articulo 2º.- El pago por los derechos de comercializacion de cueros o pieles, o despojos no comestibles provenientes de la caza de subsistencia de fauna MORDAZA, debe ser depositado en la cuenta corriente Nº 282502 (Banco de la Nacion) codigo de recaudacion por teleproceso Nº 426 Fauna Silvestre. Articulo 3º.- Dejase sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 516-2002-INRENA. Articulo 4º.- Transcribase la presente resolucion al Ministerio Publico, Division Ecologica de la Policia Nacional del Peru y Superintendencia Nacional de Aduanas para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

Designan Gerente General del INRENA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0248-2003-AG MORDAZA, 12 de marzo de 2003 VISTA: La renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0043-2003AG de fecha 15 de enero de 2003 se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo mencionado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecaros en el cargo de Gerente General del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 04904

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