Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2003 (13/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2003

tuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes, motivo por el cual resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra la persona mencionada en el Informe Especial Nº 0092002-2-0303 "Examen Especial Oficina Ejecutiva de Administracion Financiera - Control Previo", emitido por la Oficina Tecnica de Inspectoria Interna del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 04919

Autorizan a procurador iniciar procesos de nulidad de cosa juzgada fraudulenta a fin de que se declaren nulas sentencias expedidas en procesos seguidos contra el Consejo Nacional de Inteligencia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 079-2003-PCM MORDAZA, 11 de marzo de 2003 Visto, el Oficio Nº 051-2003-SG-CNI de fecha 6 de marzo de 2003 del Consejo Nacional de Inteligencia -CNI, Organismo Publico Descentralizado de la Presidencia del Consejo de Ministros, que remite el Informe Nº 009-2003-DIAJU-DINIE-CNI emitido por la Direccion de Asesoria Juridica del Consejo Nacional de Inteligencia, con fecha 27 de febrero de 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27351 se dispuso la desactivacion del Servicio de Inteligencia Nacional, en un plazo de 15 (quince) dias a partir de su vigencia, estableciendose en el numeral 5.1 de su articulo 5º que el personal del Servicio de Inteligencia Nacional de todos los niveles, de la Alta Direccion, de los organos de asesoria y de control, asi como de los organos de linea u operativos, cesaban en sus funciones; Que, mediante Decretos de Urgencia Nºs. 018-2001 y 046-2001 se establecio que la produccion de Inteligencia continuaria en forma temporal a cargo del Servicio de Inteligencia Nacional, ampliandose el plazo previsto para su desactivacion, en 90 (noventa) dias contados a

partir del 16 de enero del 2001 y en 120 (ciento veinte) dias contados a partir del 16 de MORDAZA del 2001, respectivamente; Que, mediante Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA, se creo el Consejo Nacional de Inteligencia, como organo del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA, que orienta, coordina, controla e integra las actividades de inteligencia estrategica y contrainteligencia; Que, asimismo, la MORDAZA citada ley establecio la transferencia al Consejo Nacional de Inteligencia de los bienes muebles, inmuebles, material, equipo y vehiculos; asi como el acervo documentario del ex Servicio de Inteligencia Nacional, sin considerar al personal, por haberse dispuesto su cese de acuerdo con las normas MORDAZA expuestas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 078-2001 se determino que el Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia asumiria la titularidad del Pliego Servicio de Inteligencia Nacional -SIN en tanto se aprobara la transferencia de partidas presupuestales dispuesta por la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional -SINA; Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 078-2001 y ante la desactivacion del ex Servicio de Inteligencia Nacional, mediante Resoluciones Presidenciales del Consejo Nacional de Inteligencia, a partir del 1 de MORDAZA de 2001 se hizo efectivo el cese de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizandose el pago de su liquidacion por concepto de compensacion por tiempo de servicios y compensacion vacacional; Que, los MORDAZA citados ex trabajadores han interpuesto demanda de Accion de MORDAZA contra el Consejo Nacional de Inteligencia a fin de lograr su reposicion, entidad distinta al Servicio de Inteligencia Nacional ante la cual prestaron servicios; Que, las acciones de MORDAZA planteadas por los senores MORDAZA mencionados han sido declaradas fundadas ordenando al Consejo Nacional de Inteligencia, la reposicion de los demandantes; Que, estando a lo senalado en el Informe Nº 0092003-DIAJU-DINIE-CNI se recomienda el inicio del MORDAZA judicial de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta en el caso de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin que se declaren nulas las sentencias expedidas en los procesos judiciales de Accion de MORDAZA seguidos por estos ultimos contra el Consejo Nacional de Inteligencia, por considerar que se trata de sentencias viciadas de nulidad al no haberse advertido que existen pruebas suficientes que evidencian la infraccion de una MORDAZA, la Ley Nº 27351, y con ello la infraccion al debido proceso; Que, asimismo, el MORDAZA citado Informe recomienda el inicio del MORDAZA judicial de Accion de MORDAZA contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin que se deje sin efecto la sentencia expedida en el MORDAZA judicial de Accion de MORDAZA seguido por esta MORDAZA contra el Consejo Nacional de Inteligencia; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779 y el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan por los hechos contenidos en el Informe Nº 009-2003-DI-

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