Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2003 (13/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 240710 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 MINCETUR Designan miembros del ComitØ de Ges- tión Patrimonial del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2003-MINCETUR/DM Lima, 11 de marzo de 2003 Visto el Memorándum Nº 062-2003-MINCETUR/SG/ OGA, de fecha 17 de febrero de 2003, del Director Ge- neral de Administración. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 9º y 10º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, es necesario designar a los integrantes del Comité de Ges-tión Patrimonial, el cual debe estar integrado por no me- nos de dos (2) miembros, designados por Resolución Ministerial; De acuerdo con el Memorándum de Visto; De conformidad con la Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Nº27790, y el Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal apro- bado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, como miembros del Comité de Gestión Patrimonial del Ministerio de ComercioExterior y Turismo - MINCETUR, a las siguientes personas: - Señor Benjamín Cerna Bermúdez, Subdirector de Programación y Control Patrimonial, quien la presidirá; - Señor Juan Rivero Gavidia, Técnico de la Subdirec- ción de Programación y Control Patrimonial; - Señor Tiógenes Melgarejo Fernández, Técnico de la Subdirección de Programación y Control Patrimonial. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacio- nales, dentro de los diez días de su expedición. Artículo 3º.- Déjase sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exteriory Turismo 04802 T E X T O Ú N I C O D E P R O C E D I M I E N T O S A D M I N I S T R A T I V O S - TUPA UNIDAD ORGÁNICA : TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL MINCETUR EVALUACIÓN PREVIA Nº DENOMINACIÓN DEL DERECHO Con Con Dependencia Autoridad Autoridad que PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S DE Aprobación Aplicación Aplicación Donde se que Resuelve PAGO Automática Silen.Adm. Silen.Adm. Inicia el Aprueba el Recurso Positivo Negativo T rámite el T rámite Administrativo 04 Atención de solicitudes - Solicitud dirigida al Director Fotocopia 7 Días (4) Oficina Director Dependencia de información que posea General de Administración, Por folio útiles de Trámite General de que emitióo produzcan las distintas indicando la información 0,01 % UIT Documentario Administración pronunciamiento dependencias, excepto requerida en el Art. 113º de y Archivo las precisadas en otros la Ley Nº 27444, adjuntando: Diskette/CD procedimientos. (1)(2)(3) - Diskette de 3 1/2 0,50 % UIT - Constancia de pago por Constancia Base Legal: derecho de trámite, luego 0,50 % UIT Ley Nº 27806 del 3-8-2002 del pronunciamiento de la modificada por Ley Nº 27927 dependencia sobre la del 4-2-2003 viabilidad de la solicitud. (1)Son gratuitos los requerimientos de los pensionistas del sector hasta un máximo de 20 hojas. (2)En caso de denegarse la solicitud por carecer de la información requerida, la autoridad está obligada a poner en conocimiento d el interesado tal circunstancia y comunicar la ubicación de dicha información, siempre que el MINCETUR esté enterado de ella. (3)Se denegará el acceso a la información en los casos excepcionales comprendidos en el Artículo 15° de la Ley N° 27806. (4)Dicho plazo podrá prorrogarse en forma excepcional por cinco (5) días hábiles adicionales, de mediar circunstancias que hagan i nusualmente difícil reunir la información solicitada. En este caso se deberá comunicar por escrito al solicitante, las razones por las que hará uso de tal prórroga. 04803Modifican el TUPA del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2003-MINCETUR/DM Lima, 11 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003- MINCETUR de fecha 17 de febrero de 2003, se apro- bó el Texto Único de Procedimientos Administrativos–TUPA del Ministerio de Comercio Exterior y Turis- mo; Que, es necesario modificar el Procedimiento Nº 04 en la Unidad Orgánica: Todas las Dependencias del MINCETUR, relativo a la atención de solicitudes de información contenido en el mencionado TUPA, afin de adecuarlo a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada por la Ley Nº 27927,lo cual no implica la creación de nuevos procedimien- tos o el incremento de derechos de trámite o requisi- tos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Minis-terio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MIN- CETUR y el acápite 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº27444; De acuerdo al Informe Nº 004-2003-MINCETUR-SG/ OGPPD-OR, de la Oficina de Racionalización de la Ofi-cina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo y con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Procedimiento Nº 04 en la Unidad Orgánica: Todas las dependencias del MIN- CETUR, relativo a la “Atención de solicitudes de infor-mación que posean y produzcan las distintas depen- dencias excepto las precisadas en otros procedimien- tos”, incluido el TUPA del MINCETUR, conforme al Anexoque forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y ComunicacionesEncargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo