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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2003 (10/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 243897 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de mayo de 2003 co y cultural, que en acción conjunta entre, los principales actores sociales, posibilite transitar a la formalización y elinicio del desarrollo sostenido de ese importante sector hoydenominados comerciantes informales de las avenidasCaquetá, Zarumilla Gregorio VII, Juan XXIII, Virrey Abas-cal, Mártir Olaya y Otros; Que, las condiciones actuales de trabajo, generan per- manentemente peligro inminente a los comerciantes y alpúblico que asiste a ella, que mantenerla en esas condicio-nes significa no solo una actividad irresponsable sino ne-gligente para con las personas que cotidianamente labo-ran y transitan por ella; Que, los vecinos propietarios o no de las zonas en las que hemos hecho mención, también se han visto afecta-dos en su tranquilidad, seguridad, encontrándose al igualque los comerciantes estancados en sus potenciales dedesarrollo económico, urbanístico y ornato; Que, es de notar, que el Templo de San Martín de Porres, no escapa a las condiciones de deterioro de dichazona, dificultando los servicios al culto, al que tienen dere-cho los vecinos con libertad y condiciones mínimas de tran-quilidad; Que, por estas condiciones, que no son de ahora, que constituyen problemas de décadas es que se ha emitidoanteriormente disposiciones municipales, las mismas quese han incumplido por descuido de las autoridades, caren-cia de autoridad y/o permisibilidad ante los pedidos deprórroga, plazos que han quedado demostrado por loshechos que no ha tenido efecto y fecha concreta; Estando a lo señalado de conformidad con las faculta- des otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853, y con el Voto en Mayoría de los señores regidoresy con dispensa de la lectura y aprobación del acta sepromulgó la siguiente; ORDENANZA QUE REITERA LA DECLARACIÓN DE ZONAS RÍGIDAS Artículo Primero.- Reitérese la Declaración de ZONA RÍGIDA, a la cuadra tres de la calle Juan XXIII, y cuadratres de la calle Gregorio VII, como una forma de recupe-ración del principio de autoridad y como un paso inicialpara el reordenamiento del Comercio Ambulatorio en esazona del distrito. Artículo Segundo.- Concédase, por única y última vez, un plazo de noventa (90) días calendario, para que loscomerciantes que ocupan la vía pública, ingresen a losestablecimientos que para el efecto existen en cantidadsuficiente para atender la demanda, salvaguardando asíla salud y la vida de los propios comerciantes y de la pobla-ción en general. Artículo Tercero.- Declárese como Zonas Rígidas para el comercio ambulatorio, las avenidas Caquetá y Zarumilla,así como las calles Juan XXIII, Gregorio VII, Virrey Abascaly Martír Olaya, en las cuadras adyacentes al Mercado Ca-quetá, con indicación expresa de las numeraciones de lascuadras que los componen, encargando a la Dirección deDesarrollo Urbano la precisión de las mismas en el lapso de48 horas de aprobado este Acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Participa- ción Ciudadana la difusión de la presente Ordenanza, en-tre los comerciantes, establecimientos y pobladores, de talmanera que no pueda argumentarse falta de conocimientodel mismo; y que establezca un alto nivel de coordinacióncon la Policía Nacional, a fin de garantizar que no se burlea la autoridad municipal y no se afecte a la poblaciónsanmartiniana. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 08768 Aprueban Ordenanza que regula pro- cedimiento de pago de deudas tributa- rias y no tributarias mediante bienes y servicios ORDENANZA Nº 043 -MDSMP San Martín de Porres, 30 de abril del 2003EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES. POR CUANTOEl Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de abril del 2003, con Dictamenfavorable Nº 007-2003-CEPP, de la Comisión de Economía y Presupuesto y con Informe Legal Nº 441-03-OAJ/MDSMP, por Mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS MEDIANTE BIENES Y SERVICIOS TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- ALCANCES La presente Ordenanza regula el procedimiento espe- cial sobre el pago de deudas tributarias y no tributarias con bienes y servicios, previa evaluación de la Comisión Técni-ca de Funcionarios presidida por el Director Municipal. Artículo 2º.- OBJETIVOS La presente Ordenanza tiene los siguientes objetivos: 2.1 Establecer el procedimiento administrativo para la tramitación de solicitudes por canje de deuda tributarias y no tributarias por bienes y/o servicios. 2.2. Establecer los requisitos que deben presentarse para la extinción de la deuda tributaria y no tributaria me- diante el canje de deuda. TÍTULO II DE LOS REQUISITOS Artículo 3º.- DEUDA MATERIA DE CANJE a) La deuda materia de canje (monto insoluto más inte- reses o actualizaciones a la fecha en que se presenta lasolicitud) deberá ser mayor a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente al primero de enero del año en que se solicita el canje de deuda. b) Las deudas por las que se puede solicitar el canje son el Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Fracciona- miento de Deuda, Multas Tributarias, Multas Administrati-vas y Gastos Administrativos, las mismas que serán reajus- tadas a la fecha en que se produce la entrega del bien o se realiza la prestación del servicio. c) Será materia de canje, la deuda tributaria y no tribu- taria a la que se hace referencia en el párrafo precedente siempre que este vencida al trimestre anterior de presenta-da la solicitud de canje. d) Las deudas que se encuentren en cobranza coacti- va, siempre que se cancele previamente los gastos y cos-tas procesales generados en dicha cobranza. Artículo 4º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR EL CAN- JE La solicitud por canje de deudas tributarias y no tributa- rias por bienes y/o servicios, debe ser dirigida al Señor Alcalde y presentada en la Mesa de Partes de la Unidad deAdministración Documentaria, adjuntando los siguientes requisitos: a) Declaración Jurada de reconocimiento de deuda y compromiso de pago mediante el Canje de Deuda, según formato que se entregará en la Unidad de AdministraciónDocumentaria –previo pago del Derecho correspondiente; adjuntando el estado de cuenta corriente a la fecha de la presentación de la solicitud, proporcionada por la Unidadde Registro y Orientación Tributaria. b) Copia del documento de identidad del solicitante. De tener representante deberá adjuntar el poder otorgado pordocumento público o privado, debidamente autenticado por el Fedatario de la Municipalidad. c) Declaración Jurada de Incapacidad Económica y/o insolvencia o Falta de Liquidez, adjuntando pruebas que sustenten la imposibilidad de pagar. d) Documentación que sustente ser propietario de los bienes y/o servicios propuestos para el canje de la deuda. e) Declaración Jurada de compromiso que el bien y/o servicio se entregará o realizará en óptimas condiciones y bajo las condiciones que se señalen en la Resolución.