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PÆg. 243899 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de mayo de 2003 sus respectivos informes a la Dirección de la Comisión Téc- nica de Evaluación. 6. La Comisión Técnica de Evaluación deberá emitir su dictamen final, proyectándose la respectiva Resolución deAlcaldía, en la cual se determinará la procedencia o no de lo solicitado en un plazo no mayor de 30 días de iniciado el procedimiento. En los casos de canjes que incluyan deu-das en Cobranza Coactiva, la resolución que pone fin al procedimiento, será expedida paralelamente a la Resolu- ción de Alcaldía en mención. En ningún caso la determinación de la Comisión será materia de impugnación 7. Posteriormente el expediente será remitido a Secre- taría General para la firma del señor Alcalde, remitiendo copia de la misma a las áreas involucradas. 8. Aprobada la forma de pago establecida en la pre- sente norma, los bienes muebles serán entregados a la Unidad de Logística, corriendo por cuenta del solicitan- te los gastos y costos, riesgos, seguridad e integridaden el traslado del bien. No es responsabilidad de la Municipalidad cualquier deterioro que se produzca en el traslado del bien antes de su internamiento; de suce-der este percance, deberá ser valorizado para efectos de los costos o reducción del precio correspondiente. 9. Una vez entregado el bien y/o prestado el servicio aprobado, la Unidad de Logística extenderá una conformi- dad al respecto, la cual será derivada a la Oficina de Admi- nistración Tributaria, la cual procederá a extinguir la DeudaTributaria y No tributaria por el monto aprobado en la reso- lución. TÍTULO VII DE LA PÉRDIDA Artículo 16º.- CAUSALES Se perderá automáticamente el canje por las siguien- tes causales : 1. No entregar los bienes o no prestar los servicios dentro de los plazos que otorga la Resolución de Alcal-día. Con excepción de la pérdida del bien, antes de su entrega, sin culpa del deudor, en cuyo caso debe pro- cederse a reemplazarlos por otros bienes de iguales omejores características en un plazo igual al señalado en la resolución. 2. Cuando los bienes entregados o los servicios presta- dos no cumplan con las características señaladas en su solicitud. 3. Por la pérdida de los bienes por culpa del deudor. Ocurrida la pérdida del beneficio se procederá a emitir la respectiva Resolución la cual deberá ser notificada alsolicitante. Artículo 17º.- EFECTOS DE LA PÉRDIDA 1. No se podrá volver a solicitar canje de deuda, por un término de seis años, contados a partir de la notificaciónde la resolución de pérdida del beneficio. 2. Se reiniciará la cobranza de los adeudos que tuviere el deudor. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La resolución que declara Inadmisible una solicitud, no impide que el deudor presente una nueva, para lo cual deberá cumplir con los requisitos de tramita-ción. Segunda.- La solicitud de canje de Deuda Tributaria y No Tributaria tendrá un costo de 0.65% de la UIT., vigente al Primero de Enero del año en que se interponga la solici-tud. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 08835Amplían plazo de la Declaratoria de Urgencia para la prestación del Servi-cio de Limpieza Pœblica ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2003 San Martín de Porres, 30 de abril del 2003 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de abril del 2003, el Informe Nº 022-03/MDSMP-DPA-D,emitido por el Director de Protección Ambiental y el In- forme Nº 070-2003-OAJ/MDSMP, emitido por el Director de Asesoría Jurídica; sobre la necesidad de prorrogarla situación de Urgencia decretada por A.C. Nº 002- 2003, del 7 de enero del 2003, hasta que concluya el Concurso Público Nacional Nº 001-2003-CE-RESIDUOSSÓLIDOS/MDSMP; CONSIDERANDO: Que, el 7 de enero del 2003, se declaró en Situación de Urgencia la prestación de los servicios de Limpieza Pú- blica en el distrito, dado que el Informe Nº 002-2003-DSC/MDSMP, de la Dirección de Servicios Comunales, señala el Estado Situacional de la recolección de Residuos Sólidos hallada en el distrito al 1 de enero del 2003, indicandodesatención de los servicios públicos, como producto del abandono de la anterior gestión municipal, produciéndose residuos sólidos acumulados de doce días de 4,260 tone-ladas concentradas en zonas consideradas críticas. Ello sin dejar de mencionar el Parque Automotor afectado, ve- rificándose volquetes, compactadoras, camiones barandainoperativos y otras unidades con serios desperfectos me- cánicos; sin presupuesto para combustible, lubricantes, repuestos; Que, la Dirección en mención sustenta dicha necesi- dad en el aspecto de que a la fecha se encuentra en ejecución el proceso de concurso público para la presta-ción de dichos servicios. Desarrollo de Proceso de Licita- ción Pública Nacional, el cual constituye un Proceso de Selección que dura un promedio de 60 a 90 días para suconclusión, de acuerdo al TUO de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Por lo que al no concluir el mismo, y estando al vencer el plazo deurgencia, a fin de no desatender el servicio, cuya desaten- ción generaría un colapso del servicio y convulsión social y reclamos de los contribuyentes, resulta necesario ampliarel plazo de dicho período; Que, conforme al Inc. c) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que se encuentran exonerados de los Proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, las Adquisiciones de que realicen en Si- tuación de Urgencia declarada de conformidad con la norma antes glosada; Que, el artículo 108º del reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, enconcordancia con el artículo 21º de la Ley de Contrata- ciones antes citada, determina que: "La situación de Urgencia debe entenderse cuando la ausencia extraordi-naria o imprevisible de determinado bien o servicio com- prometen en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones que laEntidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad segúnsea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda" conforme al inciso 2) del artículo 108º del reglamento del TUO de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado: "La situación de Urgencia debe entenderse como un hecho de excep- ción que determina una acción rápida a fin de adquirir ocontratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contratacio-nes definitivas; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado concordado con el inci-so C) del artículo 105º de su Reglamento, establecen que de producirse el supuesto señalado en el párrafo anterior, la Entidad hará las adquisiciones o contrata-