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PÆg. 243988 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de mayo de 2003 ÍTEMFUNCIONARIOS CARGO MANUAL DE DECRETO LEGISLATIVO N° 276 D.S. N° 005-90-PCM RESPONSABLES DESEMPEÑADO ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINAG(D.S. N° 017-2001-AG) INCUMPLIÓ INCUMPLIÓ FALTAS INCUMPLIÓ OBLIGACIÓN DE OBLIGACIÓN DE OBLIGACIÓN DE sistemas administrativos de su competencia”. Establece para el Director del Sistema AdministrativoII, Actividades y/o Tareas, CUMPLIR PERSONALprimer párrafo que Y DILIGENTEMENTE LOS establece: “Programar, DEBERES QUE IMPONE ex Directora de la dirigir las actividades EL SERVICIO PÚBLICO RUTH MARINA ex Oficina de propias del sistema de Artículo 21° Inc. a) NEGLIGENCIA ACTUAR CORRECTA Y 2 VILCA Contabilidad y contabilidad gubernamental EN EL JUSTAMENTE, TASAYCO (*) Tesorería del en aplicación al conjunto de EJERCICIO DE CAUTELANDO LA Ministerio de principios, normas y proce- SUS SEGURIDAD Y Agricultura dimientos generales" y CONOCER FUNCIONES PATRIMONIO DEL décimo párrafo “Sustentar EXHAUSTIVAMENTE LAS Artículo 28° ESTADO los resultados de las eva- LABORES DEL CARGO Y Inc. d) Artículo 129° luaciones de los Estados CAPACITARSE PARA UNFinancieros ante los orga- MEJOR DESEMPEÑO nismos fiscalizadores Artículo 21° inciso d) internos y externos” (*) Actual Directora de la Oficina de Tesorería del Ministerio de Agricultura ÍTEMFUNCIONARIOS CARGO MANUAL DE DECRETO LEGISLATIVO N° 276 D.S. N° 005-90-PCM RESPONSABLES DESEMPEÑADO ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINAG (D.S. N° 017-2001-AG) INCUMPLIÓ INCUMPLIÓ FALTAS INCUMPLIÓ OBLIGACIÓN DE OBLIGACIÓN DE OBLIGACIÓN DE Establece para el Director del Sistema Administrativo IV,Actividades y/o Tareas,cuarto párrafo “Evaluar la NEGLIGENCIA Director General de implementación, velando CUMPLIR PERSONAL EN EL MARCELO la Oficina General por el estricto cumplimiento Y DILIGENTEMENTE LOS EJERCICIO DE 1 CEDAMANOS de Administración de la normatividad y DEBERES QUE IMPONE SUS - - - RODRIGUEZ del Ministerio de dispositivos que regulan EL SERVICIO PÚBLICO FUNCIONES Agricultura las actividades y las (Artículo 21°, Inc. a) Artículo 28°, Inc. oficinas que integran los d) sistemas administrativosde su competencia”.Que, conforme a la Observación Nº 3: EXISTE DIFE- RENCIA ENTRE EL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTI- VO CONSOLIDADO DEL MINISTERIO DE AGRICUL- TURA Y LOS ESTADOS DE FLUJO DE EFECTIVO QUEPRESENTAN LAS UNIDADES EJECUTORAS, EN ACTI- VIDADES DE OPERACIÓN POR S/. (105,725,817), AC- TIVIDADES DE INVERSIÓN S/. 118,096,152 Y ACTIVI-DADES DE FINANCIAMIENTO S/. 12,172,962; de la revi- sión efectuada a los Estados de Flujos de Efectivo de la Administración Central y las Unidades Ejecutoras : PRO-NAMACHCS, PROABONOS, PETT, Proyecto Subsecto- rial de Irrigación, Dirección Regional Agraria Lima-Callao, MARENAS e INCAGRO al 31 de diciembre de 2001, seobserva diferencias con el Estado de Flujos de Efectivo Consolidado que presenta el Ministerio de Agricultura; habiéndose inobservado el numeral 280-03 Concilia-ción de Saldos aprobada por la Resolución de Contralo- ría Nº 072-98-CG de 26 de junio de 1998, Normas Técni- cas de Control Interno para el Sector Público, que señalaque cada Entidad debe establecer conciliaciones de sal- dos con el propósito de asegurar la concordancia de la información financiera preparada por el área contable conla situación real; por lo que dicha situación origina que el Estado de Flujos de Efectivo Consolidado al 31 diciembre 2001 del Ministerio de Agricultura no refleje los movimien-tos de las actividades de operación, inversión y financia-miento que se presenta en la información financiera a nivel de las Unidades Ejecutoras, lo que resta consisten- cia a los procedimientos seguidos en la consolidación de los estados financieros; y respecto de la OBSERVA-CIÓN Nº 4: SALDOS DE LA CUENTA 426 RECLAMOS DE TERCEROS POR S/. 10,665,909 SIN DOCUMENTA- CIÓN SUSTENTATORIA QUE RESPALDE EL SALDODE LA UNIDAD EJECUTORA CENTRAL; de la revisión efectuada de la subcuenta 426 Reclamos de Terceros por S/. 10,665,909 Nuevos Soles registrada en la contabi-lidad de la Administración Central, se ha verificado que no cuenta con la documentación sustentatoria de las obligaciones pendientes de pago que avale el saldo; inob-servándose el numeral Nº 01 de la Norma Técnica de Control Interno Nº 280-06 “Documentación Sustentato- ria” aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG del 20 de junio de 1998, que establece que una Entidad pública debe disponer de evidencia documentaria de sus operaciones y que esta documentación debe es-tar disponible para su verificación por parte del personal autorizado; concluyendo por ello la auditoría que dicha situación origina que se reste razonabilidad a este saldodel Balance General al cierre de ejercicio 2001; por las Observaciones Nºs. 3 y 4, le asiste presunta responsabi- lidad administrativa al señor funcionario que se detalla enel siguiente Cuadro Nº 03: