Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2003 (13/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2003

blecidos por los mismos sujetos obligados. El Oficial de Cumplimiento es designado por el Directorio u organo equivalente de los correspondientes sujetos obligados, para lo cual se requiere ser funcionario de nivel gerencial. Para efectos de lo dispuesto en el articulo 10º de la Ley, las siguientes personas juridicas requeriran de un Oficial de Cumplimiento a dedicacion exclusiva: a) Las empresas bancarias, b) Las empresas que correspondan al Modulo 3 del articulo 290º de la Ley General; c) Las empresas de seguros y/o reaseguros; empresas emisoras de tarjetas de credito y/o debito; empresas de transferencia de fondos; empresas de transporte, custodia y administracion de numerario; sociedades agentes de bolsa y sociedades intermediarias de valores; Bolsas de Valores u otros mecanismos centralizados de negociacion e instituciones de compensacion y liquidacion de valores; Bolsas de Productos y sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversion, fondos colectivos y fondos de pensiones; cuyo numero de trabajadores sea superior a cien (100). Tratandose de los demas sujetos obligados que MORDAZA personas juridicas, estas designaran uno de sus funcionarios de nivel gerencial como Oficial de Cumplimiento. Los organismos supervisores de los sujetos obligados referidos en el literal c) del presente articulo, en coordinacion con la UIF, podran modificar y/o determinar parametros adicionales referidos a la complejidad y volumen de transacciones que realizan los distintos tipos de sujetos obligados, a fin de establecer aquellos que deban contar con Oficial de Cumplimiento a dedicacion exclusiva o que no requieran integrarse plenamente al sistema de prevencion para los efectos del mencionado literal. No podran ser designados como Oficial de Cumplimiento, el auditor interno de la empresa, los declarados en quiebra, los condenados por comision de delitos dolosos o aquellos incursos en alguno de los impedimentos senalados en el articulo 365º de la Ley General. El Oficial de Cumplimiento debera emitir semestralmente un informe sobre el funcionamiento y nivel de cumplimiento del sistema de prevencion del MORDAZA de dinero o de activos en los sujetos obligados, el cual sera puesto en conocimiento del Directorio u organo equivalente. Una MORDAZA de dicho informe sera presentado al organismo supervisor del sujeto obligado para los fines pertinentes." Articulo Segundo.- Incorporese la Cuarta Disposicion Transitoria siguiente: "Cuarta.- MORDAZA de implementacion de la UIF Durante el MORDAZA de implementacion de la UIF y en tanto esta no se encuentre en funcionamiento, los organismos supervisores de los sujetos obligados determinaran los aspectos que resulten necesarios para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento y que hubiesen requerido de una previa coordinacion con la UIF." Articulo Tercero.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 08992

CONSIDERANDO: Que, instituciones extranjeras y agencias de cooperacion internacional de gobiernos extranjeros han efectuado donaciones a favor del Ministerio de Salud; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, las donaciones efectuadas a favor del Ministerio de Salud de acuerdo a las Resoluciones Directorales que a continuacion se detallan: - Resolucion Directoral Nº 054-2002-SA/OFICE Donacion efectuada por el Servicio de Ayuda de Emergencia del Gabinete Tecnico de la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores de Espana, a favor del Ministerio de Salud, consistente en medicinas, con un valor aproximado de · C 21 000,00 (Veintiun Mil y 00/100 Euros) segun Certificado de Donacion de fecha 21 de enero de 2002 y con un peso aproximado de 996 kgs., segun Guia Aerea Nº 075-MAD-80385513 de Iberia Lae. Dicha donacion ha sido destinada para la atencion de los pacientes hospitalizados que sufrieron quemaduras por el incendio ocurrido el 29 de diciembre de 2001 en el Centro de Lima. - Resolucion Directoral Nº 055-2002-SA/OFICE Donacion efectuada por ciudadanos mexicanos y peruanos a traves de la Embajada del Peru en Mexico, a favor del Ministerio de Salud, consistente en medicinas y material medico segun Carta del Ministro Encargado de Negocios a.i. de la Embajada del Peru en Mexico de fecha 4 de marzo de 2002, con un peso aproximado de 78 kgs., segun Guia Aerea Nº 139-0279 7745 de Aeromexico. Dicha donacion ha sido destinada para la atencion de los pacientes hospitalizados en los diferentes Establecimientos de Salud, que sufrieron quemaduras por el incendio ocurrido el 29 de diciembre de 2001 en el Centro de Lima. - Resolucion Directoral Nº 056-2002-SA/OFICE Donacion efectuada por Deutsches Rotes Kreuz y la Republica Federal de Alemania, a favor del Instituto de Salud del MORDAZA del Ministerio de Salud, consistente en medicinas con un valor aproximado de DM 43 700,00 (Cuarenta y Tres Mil Setecientos y 00/100 MORDAZA Alemanes) segun Carta de Donacion de fecha 7 de enero de 2002 y con un peso aproximado de 282 kgs., segun Guia Aerea Nº 0743607 4566 de KLM-ROYAL MORDAZA AIRL. Dicha donacion ha sido destinada para la atencion de los pacientes hospitalizados que sufrieron quemaduras por el incendio ocurrido el 29 de diciembre de 2001 en el Centro de Lima. - Resolucion Directoral Nº 057-2002-SA/OFICE Donaciones efectuadas por Shriners Burns Hospital - Galveston y el Dr. W. Geoff Williams, a favor del Ministerio de Salud, consistente en medicinas, material medico y otros bienes, segun Certificado del Consulado General del Peru en MORDAZA, Texas, Estados Unidos de MORDAZA de fecha 16 de enero de 2003 y Listados de fecha 17 de enero de 2002. Dichas donaciones han sido destinadas para la atencion de los pacientes hospitalizados en los diferentes Establecimientos de Salud, que sufrieron quemaduras por el incendio ocurrido el 29 de diciembre de 2001 en el Centro de Lima. - Resolucion Directoral Nº 058-2002-SA/OFICE Donacion efectuada por Ospedale Niguarda Ca' Granda de Italia a favor del Ministerio de Salud, consistente en medicinas y material medico, segun Carta de fecha

Aprueban diversas donaciones efectuadas a favor del Ministerio de Salud
RESOLUCION SUPREMA Nº 114-2003-EF MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2003

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