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PÆg. 244828 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de mayo de 2003 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Suspenden importación de aves vivas (comerciales, de crianza familiar, de riæa, silvestres y de ornato) huevos fØrtiles y paraconsumo, carne de ave y otros productos procedentes de Alemania y BØlgica SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 098-2003-AG-SENASA Lima, 20 de mayo de 2003VISTAS:La información sanitaria enviada por la Oficina Inter- nacional de Epizootias -OIE- de fecha 25 de abril del 2003;Vol. 16 - Nº 17 en la que se comunica sobre la confirmacióndel diagnóstico de Influenza Aviar altamente patógena enBélgica; la información sanitaria enviada por la Oficina Inter-nacional de Epizootias -OIE- de fecha 2 de mayo del 2003;Vol. 16 - Nº 18 en la que se indican los focos de InfluenzaAviar Altamente Patógena y el Mensaje de Alerta disponibleen el portal de la Oficina Internacional de Epizootias-OIE enel que se confirma el diagnóstico de Influenza Aviar Altamen-te Patógena en Alemania; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902 "Ley Orgánica del Ministeriode Agricultura", ha sido creado entre otros OrganismosPúblicos Descentralizados, al Servicio Nacional de Sa-nidad Agraria - SENASA, que tiene como uno de susobjetivos ser el ente responsable de cautelar la seguri-dad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18º inciso a) del Reglamento de Organización y Funciones del ServicioNacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por elDecreto Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General deSanidad Animal tiene entre otras funciones la de establecer,conducir y coordinar un sistema de control y supervisiónzoosanitario, tanto al comercio nacional como internacional,de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, la Ley Nº 27322-Ley Marco de Sanidad Agra- ria- en su Artículo 6º expresa que es función del SENA-SA, entre otras, el mantener y fortalecer el sistema de cuarentena con la finalidad de realizar el control einspección fito y zoosanitaria, según sea el caso, delflujo nacional e internacional de plantas, productosvegetales, animales y productos de origen animal,capaces de introducir o diseminar plagas oenfermedades; Que, la Información Sanitaria de fecha 25 de abril del 2003; Vol. 16 - Nº 17 publicada oficialmente por la OficinaInternacional de Epizootias, en la que se comunica so-bre la presencia de focos de Influenza Aviar AltamentePatógena en los Municipios de Molenbeersel, Kinrooi yBree en Limburgo, Bélgica; Que, la Información sanitaria de fecha 2 de mayo del 2003; Vol. 16 - Nº 18 publicada oficialmente por laOficina Internacional de Epizootias, en la que se indi-can los focos de Influenza Aviar altamente patógenaen los Municipios de Bree y Meer en Limburgo y en elMunicipio de Westmalle en Amberes, Bélgica; Que, el Mensaje de Alerta disponible en el portal de la Oficina Internacional de Epizootias-OIE en el que se con-firma el diagnóstico de Influenza Aviar Altamente Pató-gena en una población de pollos de Renania del Norte,Westphalia en Alemania; Que, el virus de la enfermedad de Influenza Aviar altamente patógeno es exótico para el Perú, por loque estas aves o sus productos no se encuentranaptos para ser comercializados al interior del paíspor razones zoosanitarias, haciéndose necesario queel Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA-,tome medidas sanitarias oportunas, para evitar el in-greso de la enfermedad a territorio peruano; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27322, Ley Marco de Sanidad Agraria en su Artículo6º inciso d) y f), Decreto Supremo Nº 24-95-AG,Reglamento de Organización y Funciones del Servi-cio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA, y por elDecreto Supremo Nº 051-2000-AG - Reglamento deImportación y Exportación de Animales, Productos ySubproductos de Origen Animal; y con las visacio-nes de los Directores Generales de Sanidad Animaly Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender por un período de 180 días, la importación de aves vivas (comerciales, de crianzafamiliar, de riña, silvestres y de ornato) huevos fértiles,huevos para consumo, carne de ave, otros productos ysubproductos aviares, procedentes de Alemania y Bél-gica. Artículo 2º.- Se podrá permitir la importación de carne de ave precocida y cocida, productos y subproductos deorigen aviar procedentes de Alemania y Bélgica, siempreMUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES R.A. Nº 426-2003-AL/MDSMP.- Aprueban modificaciones, inclu- sión y exclusión de procesos de selección en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios para el ejer-cicio presupuestal 2003 244852 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Edicto Nº 000002.- Modifican Reglamento de Organización y Fun- ciones de municipio 244853 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO R.A. Nº 0157-03/A-MPA.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2003 244854MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA Ordenanza Nº 002-2003/CPH.- Establecen disposiciones sobre salud y conservación del medio ambiente 244854 Ordenanza Nº 003-2003/CPH.- Crean el Instituto de Vialidad Municipal 244856 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL RAMÓN CASTILLA R.C. Nº 047-2003-MPMRC-ALC.- Declaran en situación de ur- gencia adquisición de insumos destinados a atender el Programa delVaso de Leche 244856 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARCOS R.A. Nº 074-2003-MDSM/A.- Aprueban Presupuesto de Ingresos y Egresos Modificado de la municipalidad 244857