Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2003 (25/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA VISTO el Oficio Nº 188-OPU/UNSAAC-2003, registrado con el Nº 635064, por el cual, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Planificacion Universitaria, eleva adjunto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA-2003 para su respectiva aprobacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General senala que las Entidades elaboraran su Texto Unico de Procedimientos Administrativos y establece los aspectos que debe comprender dicho documento; Que, el Art. 57º del Estatuto Institucional, senala que la Oficina de Planificacion Universitaria, a traves del Area de Racionalizacion tiene a su cargo, entre otros la preparacion del MORDAZA necesarios para la buena marcha de la Universidad y en aplicacion de la Ley Nº 27444, dicha Area ha elaborado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA-2003; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos constituye un documento orientador en los procedimientos legales que son requeridos por los administrados para satisfacer sus necesidades y derechos, siendo de aplicacion obligatoria en la Institucion; Que, en merito a los procedimientos administrativos que contempla el TUPA-2003 y en aplicacion de la normatividad legal vigente, corresponde al Titular del pliego dictar la respectiva Resolucion; Estando a lo solicitado, a los Arts. 37º y 38º de la Ley Nº 27444 y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley Nº 23733 y el Art. 177º del Estatuto Institucional y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; RESUELVE: Primero.- APROBAR el "TEXTO UNICO DE P R O C E D I M I E N TO S A D M I N I S T R AT I VO S T U PA 2003" de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, elaborado por la Oficina de Planificacion Universitaria, a traves del Area de Racionalizacion, documento que orientara los procedimientos legales que son requeridos por los administrados para satisfacer sus necesidades y derechos, siendo de aplicacion obligatoria en todas las Unidades Academicas y Administrativas de la Institucion, el mismo que en anexo constituye parte de la presente resolucion. Segundo.- DISPONER la difusion del presente Documento, asi como, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y un lugar visible de la Universidad conforme a la recomendacion de la Ley Nº 27444, ademas en la Pagina Web de la Institucion, debiendo para el efecto, la Oficina de Planificacion Universitaria, Area de Racionalizacion, adoptar las acciones que corresponda. Tercero.-DEJAR ESTABLECIDO que los Responsables de las Unidades Academicas y Administrativas de la Institucion estan obligados a adoptar, en su caso, las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 09838

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUNAT
Exoneran del MORDAZA de seleccion correspondiente a prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en Tarapoto
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 111-2003/SUNAT

MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo establecido por el Articulo 20º de dicho texto legal; Que en los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Nº 002-2002-2Q2001, de la Oficina de Administracion de la Oficina Zonal San MORDAZA, indica que se requiere prorrogar por dos (2) anos el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 1402, Tarapoto, departamento de San MORDAZA, en virtud a que el referido inmueble se encuentra estrategicamente ubicado para almacenar los bienes embargados, comisados, economato y archivo de la Oficina Zonal San MORDAZA, y que la renta mensual no sufrira incremento alguno; Que en atencion a lo senalado en el considerando precedente, el Informe Legal Nº 020-2003-SUNAT/ 2B2300, indica que de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es procedente la emision de una Resolucion de Superintendencia que exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 1402, Tarapoto, departamento de San Martin; Que lo expuesto en dichos informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la celebracion del acotado contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento y, en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;

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