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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (08/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G36/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de noviembre de 2003 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y elMinistro de Defensa Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 20630 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G2D /G62/G69/G61/G2C/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G2C/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G79/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G76/G69/G2D /G73/G69/G74/G61/G72/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G69/G6E/G74/G65/G72/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G69/G6C/G6F/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 396-DE/SG Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República-, es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruanodel personal militar extranjero sin armas de guerra por ra-zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especi-ficar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen-cia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 538 de fecha 23 de octubre del 2003, el Director General para Asuntos de Se-guridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exterio-res, en mérito a la información proporcionada por la Emba-jada de Colombia en el Perú, solicita se expida la autoriza-ción para el ingreso al territorio de la República, sin armasde guerra, de personal militar de la Marina de Colombia,del 9 al 16 de noviembre del presente año, con la finalidadde visitar las Unidades de la Comandancia de Infanteríade la Marina de Guerra del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, a dos (2) Oficiales de la Ma-rina de Colombia, cuyos nombres se indican en el anexoque forma parte de la presente Resolución, en el períodocomprendido del 9 al 16 de noviembre del 2003, con lafinalidad de visitar las Unidades de la Comandancia de In-fantería de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De-sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre-so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi-ción, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Mi-nistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exterioresy Encargado de la Presidenciadel Consejo de Ministros AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 20669RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 397-DE/SG Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República-, es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruanodel personal militar extranjero sin armas de guerra por ra-zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especi-ficar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen-cia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 514 de fecha 14 de octubre del 2003, el Director General para Asuntos de Se-guridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exterio-res, en mérito a la información proporcionada por la Emba-jada de Argentina en el Perú, solicita se expida la autoriza-ción para el ingreso al territorio de la República, sin armasde guerra, de personal militar de la Fuerza Aérea Argenti-na, del 10 al 19 de noviembre del presente año, con la fina-lidad de participar en el Intercambio de Pilotos de Helicóp-teros programado en la agenda del Acta del Acuerdo Bila-teral entre las Fuerzas Aéreas de Argentina y Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, a dos (2) Oficiales de la Fuer-za Aérea Argentina, cuyos nombres se indican en el anexoque forma parte de la presente Resolución, del 10 al 19 denoviembre del 2003, con la finalidad de participar en el In-tercambio de Pilotos de Helicópteros programado en laagenda del Acta del Acuerdo Bilateral entre las FuerzasAéreas de Argentina y Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De-sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre-so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi-ción, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Mi-nistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exterioresy Encargado de la Presidenciadel Consejo de Ministros AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 20670 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 398-DE/SG Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República-, es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruanodel personal militar extranjero sin armas de guerra por ra-zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especi-ficar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen-cia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 527 de fecha 20 de octubre del 2003, el Director General para Asuntos de Se-