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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G37/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de noviembre de 2003 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G72/G6F/G76/G65/G63/G68/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G42/G6F/G73/G71/G75/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G65/G72/G2D/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F DECRETO SUPREMO Nº 037-2003-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 º de la Resolución Ministe- rial N º 1349-2001-AG, se aprueba en el departamento de Loreto, los Bosques de Producción Permanente con unasuperficie de 14'782,302 ha. (Catorce Millones Setecien-tos Ochenta y Dos Mil Trescientos Dos Hectáreas), pu-diéndose en los mencionados bosques realizar el aprove-chamiento preferentemente de madera y de otros recursosforestales y de fauna silvestre; Que, mediante el artículo 1 º del Decreto Supremo Nº 019-2002-AG, se aprueba el Estudio Técnico del Pro- cedimiento para la Promoción y Determinación del Tama-ño de las Unidades de Aprovechamiento para los Bosquesde Producción Permanente creados por las ResolucionesMinisteriales N ºs.1349-2001-AG, 1351-2001-AG y 026- 2002-AG; Que, es política del Gobierno, otorgar las concesiones forestales con fines maderables en el marco del respetoirrestricto a los derechos debidamente acreditados de ter-ceros, y en ese sentido, se aprobó, mediante el artículo 1 º del Decreto Supremo N º 039-2002-AG, las inclusiones, exclusiones y redimensionamientos de las Unidades deAprovechamiento de los Bosques de Producción Perma-nente del departamento de Loreto; Que, habiendo recibido el Instituto Nacional de Recur- sos Naturales - INRENA, solicitudes técnicamente susten-tadas de exclusión de Unidades de Aprovechamiento delos Bosques de Producción Permanente del departamentode Loreto, y coordinado en forma previa con el GobiernoRegional de Loreto, se ha podido excluir y redimensionaralgunas de las Unidades de Aprovechamiento, a efectosque sean materia de concurso público para concesionesforestales con fines maderables en el mencionado depar-tamento; Que, el Gobierno Regional de Loreto ha solicitado la incorporación de Unidades de Aprovechamiento en lascuencas del Mazán y Tacshacuraray y en la cuenca delAmazonas, Sector Pevas - Caballo Cocha; Que, por lo expuesto, la normatividad glosada y lo se- ñalado en el Informe N º 083-2003-INRENA-IFFS- DPPFFS/CIF, elaborado por la Intendencia Forestal y deFauna Silvestre del INRENA, es necesario modificar eltamaño y la cantidad de las Unidades de Aprovechamien-to de los Bosques de Producción Permanente del depar-tamento de Loreto, debiéndose aprobar un total de 749 Unidades de Aprovechamiento correspondientes a unasuperficie de 4'644,761 ha. (Cuatro Millones SeiscientosCuarenta y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Un Hectá-reas), las que deberán ser otorgadas, a través de conce-siones forestales con fines maderables mediante Concur-sos Públicos; En uso de la facultad contenida en el numeral 8 del ar- tículo 118 º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar las Unidades de Aprovechamiento de los Bosques de Producción Permanente del departa-mento Loreto, las mismas que conforman un total de 749,correspondientes a una superficie de 4'644,761 ha. (Cua-tro Millones Seiscientos Cuarenta y Cuatro Mil Setecien-tos Sesenta y Un Hectáreas), cuya relación y mapa se ad-juntan como Anexo 01 del presente Decreto Supremo; de-biendo éstas, ser otorgadas a través de concesiones fo-restales con fines maderables mediante Concursos Públi-cos. Artículo 2º.- El INRENA en un plazo no mayor de no- venta (90) días calendario, contados a partir de la publica-ción del presente Decreto Supremo identificará Unidadesde Aprovechamiento adicionales, para próximos Concur-sos Públicos que permitan el otorgamiento de concesio-nes forestales con fines maderables. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura ANEXO 01 UNIDADES DE APROVECHAMIENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO EN EL DEPARTAMENTO DE LORETO N° Nº UA ÁREA (ha) 1 1 5 477 2 2 5 719 3 3 5 574 4 4 5 937 5 6 5 144 6 7 6 238 7 8 5 424 8 9 7 102 9 10 5 191/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20 /G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 ESSALUD Res. Nº 590-GG-ESSALUD-2003.- Aprueban inclusión de pro- cesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones del ejercicio presupuestal 2003 254794 SUNAT Res. Nº 207-2003/SUNAT.- Exoneran de proceso de selección correspondiente a la prórroga de contrato de arrendamientode inmueble ubicado en el Cercado de Lima 254796 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA R.A. Nº 2146.- Ratifican la R.A. Nº 484-2002/MDC relativa a habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito deCarabayllo 254796PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA R.A. Nº 401-2003/MDV-ALC.- Designan al Gerente de Infor- mática como funcionario responsable del portal de transparen-cia de la municipalidad 254797 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPÓN - CHULUCANAS R.A. Nº 1074-2003-MPM-CH-A.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 254797 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY R.A. Nº 427-2003-MPH-A.- Designan Auxiliar Coactivo de la municipalidad 254798