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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (22/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G36/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 22 de noviembre de 2003 Trabajo y Promoción del Empleo, Transportes y Comunicacio- nes, y Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones yEncargado de la Cartera deComercio Exterior y Turismo AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación HANS FLURY ROYLE Ministro de Energía y Minas FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer yDesarrollo Social CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento yEncargado de la Cartera de Producción ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud JESÚS ALVARADO HIDALGO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 21941 DEFENSA /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G2D /G72/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G41/G67/G72/G65/G2D /G67/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G4E/G61/G76/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1699-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003Visto el Oficio P.500-2630 del Director General del Per- sonal de la Marina, de fecha 22 de octubre del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones la departicipar y fomentar la implementación de políticas y acuer-dos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y defensa nacional tiene directa relación con los temas de política exterioren el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ámbitoregional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico;Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementaciónde políticas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinadosa garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus activida-des en el marco del accionar conjunto e interoperativo, en ob-servancia de los estándares internacionales en la misión cons-titucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Naciones Uni-das y la Organización de Estados Americanos, reviste impor-tancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que essugerida por el Consejo de Seguridad Hemisférica de la OEA; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructura- ción Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Reso-lución Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del2002, incluye un Capítulo relacionado a “Aspectos de Polí-tica Exterior en relación a la Defensa Nacional” en el quese hace referencia entre otros a la importancia de un siste-ma colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, hareducido al mínimo indispensable las autorizaciones de via-je del Personal Subalterno para que presten servicios enlas Agregadurías de Defensa y/o Navales acreditadas enel extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores deéste, en toda negociación y gestión que competa a su es-pecialización, debiendo cumplir además las instruccionesque les impartan, entre las que deben destacarse las se-ñaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al Técnico 1ro. Sad. Mario CCACCYA Custodio, para quepreste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajadadel Perú en los Estados Unidos de América, por el períodode UN (1) año, a partir del 1 de febrero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SGde fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-lan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civilde las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en MisiónDiplomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Técnico 1ro.Sad. Mario CCACCYA Custodio, CIP 00780339, para quepreste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajadadel Perú en los Estados Unidos de América, por el períodode UN (1) año, a partir del 1 de febrero del 2004. Artículo 2º.- El citado Técnico pasará a revistar en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra delPerú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condicionesadecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, que- da facultado para variar la fecha de inicio y/o término de laMisión Diplomática, sin exceder el período total estableci-do. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21720 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/GFA/G65 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G6E/G64/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G20/G4E/G61/G2D /G76/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1702-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003